DECRETO 3128 DE 2007

Decretos 2007

DECRETO 3128 DE  2007    

(agosto 17)    

por el cual se delegan unas funciones constitucionales.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el  artículo 196 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Presidente de la  República se trasladará el día 19 de agosto del presente año, a la ciudad de  Lima, Perú, con el fin de adelantar a la visita oficial al señor Presidente  Alan García, en solidaridad con las víctimas del terremoto ocurrido en ese  país;    

Que de conformidad con  las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en las  leyes, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, está habilitado para ejercer las  funciones constitucionales como Ministro Delegatario,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Por el  tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje  a que se refieren los considerandos del presente decreto, deléganse en el  Ministro de Hacienda y Crédito Público, doctor Oscar Iván Zuluaga Escobar, las  funciones legales y las correspondientes a las siguientes atribuciones  constitucionales:    

1. Artículos 129; 189,  con excepción de lo previsto en los numerales 1 y 2; 303, 304 y 314.    

2. Artículo 150, numeral  10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas  al Presidente de la República.    

3. Artículos 163, 165 y  166.    

4. Artículos 200 y 201.    

5. Artículos 213, 214 y  215.    

Artículo 2°. El presente  decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto  3114 del 17 de agosto de 2007.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a  17 de agosto de 2007.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

               

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