DECRETO 3119 DE 2008

Decretos 2008

DECRETO 3119 DE 2008    

(agosto 22)    

por el cual se  honra la memoria de la maestra Fanny Mikey.    

El Presidente de la República de Colombia, en  uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas  en el artículo 189 de la Constitución Política y  la Ley 4ª de 1913,    

CONSIDERANDO:    

Que el 16 de agosto de 2008 falleció en la  ciudad de Cali Fanny Mikey, una de las más grandes artistas y gestoras  culturales del país;    

Que la obra de Fanny Mikey como promotora y  empresaria del arte escénico y como profesional del teatro es un ejemplo de  compromiso con el desarrollo cultural del país en todas sus manifestaciones;    

Que gracias a la dedicación y perseverancia de  la maestra Fanny Mikey, Colombia es cada dos años el epicentro cultural del mundo,  a través del Festival Iberoamericano de Teatro;    

Que de ella, una colombiana por adopción y de  corazón, hay que decir que fue la mujer que más trabajó por el teatro en  Colombia;    

Que Fanny Mikey fue una gran actriz y una gran  empresaria, que supo liderar el proceso cultural de poner el arte dramático al  alcance popular;    

Que en 1998 el Ministerio de Cultura ya había  destacado la vida y obra de Fanny Mikey cuando le otorgó la Gran Orden al  Mérito Cultural, máximo reconocimiento de la entidad;    

Que el gobierno, mediante iniciativa  legislativa, tramitará ante el Congreso una ley de honores que exalte su vida y  su obra en beneficio de la cultura y el arte colombianos y la presente como  ejemplo para las presentes y futuras generaciones.    

DECRETA:    

Artículo 1°. El gobierno Nacional manifiesta  su profundo dolor por el fallecimiento de la maestra Fanny Mikel y expresa sus  condolencias y sentimientos de solidaridad a su hijo Daniel, su nieto Nicolás,  demás familiares y allegados.    

Artículo 2°. El Gobierno Nacional expresa su  más profundo dolor y se solidariza con el luto de los familiares de la maestra  Fanny Mikey.    

Artículo 3°. Copia del presente decreto se  hará llegar en nota de estilo a sus familiares.    

Artículo 4°. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su expedición.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 22 de agosto de 2008.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro del Interior y de Justicia,    

Fabio Valencia Cossio.    

La Viceministra de Cultura, encargada de las  funciones del despacho de la Ministra de Cultura,    

Martha Elena Bedoya  Rendón.    

               

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