DECRETO 3115 DE 2009
(agosto 20)
por el cual se confiere la Orden del Mérito Solidario.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el Decreto 2559 de 2001, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo establecido en los artículos 1°, 2°, 58 y 333 de la Constitución Política de Colombia, es deber del Estado brindar promoción, fomento y educación en materia de Economía Solidaria.
Que el Decreto 2559 de 2001 dicta normas sobre condecoraciones para el sector solidario y faculta al Presidente de la República para otorgarlas.
Que el Comité Directivo del Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria – Dansocial, en sesión del día 14 de agosto de 2009, consideró oportuno otorgar “Orden del Mérito Solidario” en la categoría “Gran Cruz” a un ciudadano colombiano postulado por el Director de Dansocial por reunir los requisitos exigidos en el artículo 12 y numeral 1 del artículo 19 del Decreto 2559 de 2001.
DECRETA:
Artículo 1°. Confiérase la “Orden del Mérito Solidario” en la categoría “Gran Cruz” al doctor Gerardo Mora Navas, identificado con cédula de ciudadanía número 11251925 de Bogotá.
Artículo 2°. La condecoración a que se refiere el artículo anterior, será impuesta en el Congreso Nacional de la Asociación Nacional de Fondos de Empleados, Analfe, a celebrarse en la ciudad de Cartagena de Indias D. T y C.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 20 de agosto de 2009.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Director del Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria – Dansocial–,
Rosemberg Pabón Pabón.