DECRETO 3114 DE 2007

Decretos 2007

DECRETO 3114 DE  2007    

(agosto 17)    

por el cual se  delegan unas funciones constitucionales.    

Nota: Derogado por el Decreto 3128 de 2007,  artículo 2º.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el  artículo 196 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Presidente de la  República se trasladará el día 19 de agosto del presente año, a la ciudad de  Lima, Perú, con el fin de acompañar en visita oficial al señor Presidente Alan  García, en solidaridad con las víctimas del terremoto;    

Que de conformidad con  las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en las leyes,  el Ministro del Interior y de Justicia, está habilitado para ejercer las  funciones constitucionales como Ministro Delegatario,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Por el  tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje  a que se refieren los considerandos del presente decreto, deléganse en el  Ministro del Interior y de Justicia, doctor Carlos Holguín Sardi, las funciones  legales y las correspondientes a las siguientes atribuciones constitucionales:    

1. Artículos 129; 189,  con excepción de lo previsto en los numerales 1 y 2; 303, 304 y 314.    

2. Artículo 150, numeral  10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias  concedidas al Presidente de la República.    

3. Artículos 163, 165 y  166.    

4. Artículos 200 y 201.    

5. Artículos 213, 214 y  215.    

Artículo 2°. El presente  decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a  17 de agosto de 2007.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

               

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