DECRETO 3108 DE 2007
(agosto 17)
por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2007.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República en virtud del artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 1110 de 2006, en la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2007, el cual se liquidó por medio del Decreto 4579 de 2006;
Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación;
Que el Gobierno de la República de Colombia a través de la Fiscalía General de la Nación, recibió del Gobierno de los Estados Unidos de América la suma de $389.191.500.00 de carácter no reembolsable, correspondientes al Programa de Reforma al Sector Justicia, para apoyar los desplazamientos y gastos de manutención y alojamiento de los servidores de la Subunidad de la OIT de la Unidad Nacional de Derechos Humanos y de sus Unidades de Apoyo, que se generen en desarrollo de las investigaciones para resolver los casos que competen a estas Subunidades de Fiscalía;
Que de conformidad con el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos de asistencia y cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen parte del Presupuesto de rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporan al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor. Su ejecución se realizará de conformidad con lo estipulado en los convenios o acuerdos internacionales que los originen y estarán sometidos a la vigilancia de la Contraloría General de la República;
Que el Tesorero de la Fiscalía General de la Nación, mediante oficio del 19 de junio de 2007, certifica que recibió de la Embajada de los Estados Unidos de América el valor de $389.191.500.00;
Que por lo anterior, es necesario adicionar el Presupuesto General de la Nación del año 2007,
DECRETA:
Artículo 1°. Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. Efectúase la siguiente adición en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2007, en la suma de trescientos ochenta y nueve millones ciento noventa y un mil quinientos pesos ($389.191.500.00), según el siguiente detalle:
RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
1. INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL 389.191.500.00
2. RECURSOS DE CAPITAL DE LA NACION 389.191.500.00
Artículo 2°. Presupuesto de Gastos. Efectúase la siguiente adición al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2007, en la suma de trescientos ochenta y nueve millones ciento noventa y un mil quinientos pesos ($389.191.500.00) según el siguiente detalle:
ADICIONES – PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
CONCEPTO
APORTE NACIONAL
RECURSOS PROPIOS
TOTAL
SECCION 290101
FISCALIA GENERAL DE LA NACION
A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
389.191.500.00
389.191.500.00
TOTAL PRESUPUESTO SECCION
389.191.500.00
389.191.500.00
Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 17 de agosto de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.