DECRETO 3083 DE 2008
(agosto 22)
por el cual se aprueba a modificación de la planta de personal del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec.
Nota: Derogado por el Decreto 271 de 2010, artículo 8º.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública los estudios de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 obteniéndose concepto favorable de ese Departamento Administrativo;
Que para los fines del presente decreto la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, emitió concepto favorable de viabilidad presupuestal;
Que el Consejo Directivo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario -Inpec, en sesión del 10 de diciembre de 2007, mediante Acta número 16, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la ampliación de la planta de personal del Inpec.
DECRETA:
Artículo 1°. Crear en la Planta de personal del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, los siguientes cargos:
N° CARGOS
DENOMINACION DEL EMPLEO
CODIGO
GRADO
PLANTA GLOBAL
1.000 mil
Dragoneante
4114
11
Parágrafo. La planta de personal del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, de Dragoneante quedará conformada por nueve mil novecientos cuatro (9.904) cargos.
Artículo 2°. El Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura Interna, los planes, los programas y las necesidades del servicio.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de expedición y modifica en lo pertinente los Decretos 301 y 2319 de 1997, 557 y 1588 de 1998, 1595 y 1652 de 1999, 1265 de 2001, 1508 de 2002, 143 de 2003 y 2237 de 2006.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 22 de agosto de 2008.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Fabio Valencia Cossio.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.