DECRETO 3082 DE 2009

Decretos 2009

             DECRETO 3082 DE 2009    

(agosto 18)    

por el cual se da  cumplimiento a una sanción disciplinaria impuesta a la Gobernadora del  departamento del San Andrés, Providencia y Santa Catalina (Islas).    

Nota: Dejado sin  efectos por el Decreto 4347 de 2009.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el  artículo 172 de la Ley 734 de 2002, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Procurador  Segundo Delegado para la Contratación Estatal, mediante providencia de primera  instancia, calendada el veinte (20) de enero de 2009, proferida dentro de la  Investigación Disciplinaria número 165-118192, impuso sanción disciplinaria  consistente en destitución e inhabilidad general de doce (12) años, a la señora  Susanie Davis Bryan, identificada con cédula de ciudadanía número  39153678, en su condición de Gobernadora del departamento del Archipiélago de  San Andrés, Providencia y Santa Catalina, para la época de los hechos.    

Que mediante  providencia del veintiuno (21) de mayo de 2009, la Sala Disciplinaria de la Procuraduría  General de la Nación resolvió el recurso de apelación interpuesto por la  disciplinada, confirmando la sanción impuesta a la señora Susanie  Davis Bryan.    

Que según constancia  de fecha 3 de junio de 2009 suscrita por el Coordinador de la Unidad de  Contratación Estatal de la Procuraduría General de la Nación, el fallo se  encuentra debidamente ejecutoriado.    

Que conforme al  artículo 172 de la Ley 734 de 2002,  corresponde al Presidente de la República hacer efectivas las sanciones  disciplinarias que se impongan a los Gobernadores y Alcaldes de Distrito.    

Que la Sala de  Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en pronunciamiento del 28 de  julio de 1994, Radicación 624, conceptuó que los actos mediante los cuales el  Presidente de la República da cumplimiento a una sanción a instancias de  autoridad competente, son de ejecución y contra los mismos no cabe recurso  alguno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 del Código  Contencioso Administrativo.    

DECRETA:    

Artículo 1°. En  cumplimiento a lo dispuesto por la Sala Disciplinaria de la Procuraduría  General de la Nación, en fallo de primera instancia del 20 de enero de 2009,  confirmado por la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación,  proferido dentro de la Investigación Disciplinaria número 165-118192, hágase  efectiva la sanción impuesta a la señora Susanie Davis Bryan, identificada con  cédula de ciudadanía número 39153678, consistente en destitución e inhabilidad  general de doce (12) años, en su condición de Gobernadora del departamento del  Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, para la época de los  hechos.    

Artículo 2°. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y contra él no  procede recurso alguno, de conformidad con el artículo 49 del Código  Contencioso Administrativo.    

Comuníquese,  publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C.,  a 18 de agosto de 2009.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro del  Interior y de Justicia,    

Fabio Valencia Cossio.    

               

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