DECRETO 2994 DE 2009

Decretos 2009

            DECRETO 2994 DE 2009     

(agosto 13)    

por el cual se  honra la memoria del doctor Guillermo Angulo Gómez.    

El Presidente de la  República, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial  las conferidas en el artículo 189 de la Constitución Política y  la Ley 4ª de 1913,    

CONSIDERANDO:    

Que ha fallecido en la  ciudad de Ibagué el eminente hombre público y figura insigne del Partido  Conservador, doctor Guillermo Angulo Gómez.    

Que la historia política de Colombia recordará  siempre que la vida y obra del doctor Guillermo Angulo Gómez, fueron expresión  de una erguida personalidad esculpida en la disciplina, la dignidad, el decoro  y la firmeza de carácter.    

3. Que el doctor Guillermo Angulo Gómez defendió  con denuedo los intereses públicos de su región y de la Patria toda. Fue  Concejal y Alcalde de Ibagué; Secretario de Educación del Tolima y  recientemente Presidente de la Junta de Turismo Municipal.    

Que el doctor Guillermo Angulo Gómez además  tuvo un meritorio desempeño como Representante a la Cámara, Senador, Presidente  de esta corporación, Ministro de Educación, Embajador y Presidente de la  Delegación de Colombia ante la Asamblea General de la Unesco.    

Que el doctor Guillermo Angulo Gómez, fue  figura preclara de una generación política definida como demócratas integrales.  Predicó con el ejemplo y con su inigualable oratoria, demostrando en todos su  actos consistencia, transparencia y un profundo compromiso patriótico.    

Que es deber del Gobierno exaltar el ejemplo  de los grandes de Colombia, a fin de que sea imitado y se convierta en norte y  guía para la Nación.    

Que el Gobierno Nacional lamenta la  desaparición del doctor Guillermo Angulo Gómez, y la pérdida de su presencia  bienhechora en el trabajo incansable por el progreso del país.    

DECRETA:    

Artículo 1°. El Gobierno Nacional manifiesta  su profundo dolor por el fallecimiento del doctor Guillermo Angulo Gómez y  expresa sus condolencias y sentimientos de solidaridad a su esposa Stella de  Angulo, sus hermanas Blanca y Alicia, demás familiares y allegados.    

Artículo 2°. El Gobierno Nacional expresa su  más profundo dolor y se solidariza con el luto de los familiares del doctor  Guillermo Angulo Gómez.    

Artículo 3°. Copia del presente decreto se  hará llegar en nota de estilo a sus familiares.    

Artículo 4°. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su expedición.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 13 de agosto de 2009.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro del Interior y de Justicia,    

Fabio Valencia Cossio.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *