DECRETO 2961 DE 2008
(agosto 12)
por el cual se aclara el artículo 1° del Decreto 2131 de 2008.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 2131 del 16 de junio de 2008, se adicionó el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2008, habiéndose señalado por error en su artículo 1° la vigencia fiscal de “2005”, por lo cual se hace necesario hacer la siguiente aclaración,
DECRETA:
Artículo 1°. Aclárase el artículo 1° del Decreto 2131 de 2008, en el sentido de que la adición en el Presupuesto General de la Nación es para la vigencia fiscal de 2008.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 12 de agosto de 2008.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.