DECRETO 2859 DE 2009

Decretos 2009

            DECRETO 2859 DE 2009     

(julio 31)    

por el cual se  prorroga el plazo de liquidación de la Empresa Social del Estado Rita Arango  Alvarez del Pino en Liquidación.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las  conferidas por el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política,  el parágrafo 1° del artículo 2° de la Ley 1105 de 2006 y el  artículo 1° del Decreto 452 de 2008,  y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante el Decreto 452 de 2008,  se dispuso la supresión y liquidación de la Empresa Social del Estado Rita  Arango Alvarez del Pino, creada mediante Decreto ley 1750  de 2003, como una entidad pública descentralizada del nivel nacional, de  categoría especial adscrita al Ministerio de la Protección Social.    

Que el parágrafo 1°  del artículo 2° de la Ley 1105 de 2006, por  medio de la cual se modifica el Decreto ley 254 de  2000, sobre el procedimiento de liquidación de entidades públicas de la  Rama Ejecutiva del Orden Nacional señala que, en el acto que ordene la  supresión y liquidación de la respectiva entidad, se señalará el plazo para  realizar la liquidación de la misma, el cual será fijado teniendo en cuenta las  características de la entidad. Si la liquidación no concluye en dicho plazo, el  Gobierno podrá prorrogar el plazo fijado por acto administrativo debidamente  motivado.    

Que el inciso 2° del  artículo 1° del Decreto 452 de 2008  señaló que la liquidación de la Empresa Social del Estado Rita Arango Alvarez  del Pino en Liquidación, debería culminar a más tardar en un plazo de un (1)  año contado a partir de su entrada en vigencia, pudiendo ser prorrogable por el  Gobierno Nacional mediante acto administrativo debidamente motivado.    

Que mediante el  artículo 1° del Decreto 431 de 2009  se prorrogó el plazo para la culminación del proceso liquidatorio de la Empresa  Social del Estado Rita Arango Alvarez del Pino en Liquidación, hasta el 15 de  mayo de 2009.    

Que mediante el  artículo 1° del Decreto 1735 de 2009  se prorrogó el plazo para la culminación del proceso liquidatorio de la Empresa  Social del Estado Rita Arango Álvarez del Pino en Liquidación, hasta el 31 de  julio de 2009.    

Que mediante  Comunicación número 10381 del 15 de julio de 2009, la Sociedad Fiduagraria  S.A., en su condición de liquidadora de la Empresa Social del Estado Rita  Arango Alvarez del Pino en Liquidación, solicitó prorrogar el término para  concluir la liquidación hasta el treinta (30) de septiembre de 2009, con el fin  de: 1. Realizar la entrega de 1.148.975 Historias Clínicas a la entidad que  corresponda. 2. Culminar el trámite de normalización pensional, conforme a lo  previsto en los artículos 17 y 18 del Decreto 452 de 2008.  3. Expedir el decreto por medio del cual la Nación asume el pago del pasivo  laboral insoluto, conforme a lo previsto en el artículo 32 del Decreto ley 254 de  2000. 4. Aprobar por parte del Ministerio de la Protección Social del  Informe Final de la Liquidación y de la suscripción del acta final, conforme a  los artículos 36 y 38 del Decreto ley 254 de  2000.    

Que de acuerdo con lo  anterior, no es posible culminar el proceso de liquidación de la Empresa Rita  Arango Álvarez del Pino en Liquidación el treinta y uno (31) de julio de 2009,  razón por la cual se justifica su prórroga.    

En mérito de lo  expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Prorrogar  el plazo dispuesto para la liquidación de la Empresa Social del Estado Rita  Arango Alvarez del Pino en Liquidación, establecido en el artículo 1° del Decreto 1735 de 2009,  hasta el treinta (30) de septiembre de 2009.    

Parágrafo. En el  evento que los procesos que sustentan la prórroga establecida en el artículo 1°  de este decreto, puedan concluirse antes del término señalado, el Liquidador  procederá al cierre inmediato de la liquidación.    

Artículo 2°. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C.,  a 31 de julio de 2009.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de  Hacienda y Crédito Público,    

Oscar Iván Zuluaga Escobar.    

El Ministro de la  Protección Social,    

Diego Palacio Betancourt.    

La Directora del  Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Elizabeth Rodríguez Taylor.    

               

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