DECRETO 2846 DE 2009

Decretos 2009

            DECRETO 2846 DE 2009     

(julio 31)    

por el cual se modifica la estructura del Banco  Agrario de Colombia S.A. y se determinan las  funciones de sus dependencias.    

Nota: Derogado por  el Decreto 4895 de 2011,  artículo 123.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de  sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el  artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y    

DECRETA:    

Artículo 1°. La estructura del Banco Agrario de Colombia S.A. será la siguiente:    

1. Asamblea General de Accionistas    

2. Junta Directiva    

3. Presidencia    

3.1 Secretaría General    

3.2 Oficina de Control Interno    

3.3 Gerencia para la Prevención de Lavado de Activos y  Financiación del Terrorismo    

3.4 Gerencia Nacional de Vivienda    

4. Vicepresidencia de Planeación y Desarrollo  Corporativo    

4.1 Gerencia de Direccionamiento Corporativo    

4.2 Gerencia de Programas de Gestión Comercial    

4.3 Gerencia de Programas de Gestión de Productos y  Servicios Bancarios    

4.4 Gerencia de Programas de Infraestructura e Información    

4.5 Gerencia de Programas de Gestión de Recursos    

5. Vicepresidencia Comercial    

5.1 Gerencia de Segmento Emprendedor    

5.2 Gerencia de Segmentos Colombia y Proyección    

5.3 Gerencia de Segmento Corporativo    

5.4 Gerencia de Convenios    

5.5 Gerencia de Productos    

5.6 Gerencia de Canales    

5.7 Gerencia de Servicio al Cliente    

5.8 Gerencias Regionales    

5.9 Gerencia de Unidad Sistema de Información Gerencial –  SIG, Gestión Balance Score Card  – BSC y Calidad    

6. Vicepresidencia Financiera    

6.1 Gerencia de Planeación y Control Financiero    

6.2 Gerencia de Tesorería    

6.3 Gerencia de Contabilidad e Impuestos    

7. Vicepresidencia Ejecutiva de Medios    

7.1 Vicepresidencia de Operaciones    

7.1.1 Gerencia de Programas Especiales    

7.1.2 Gerencia de Productos Pasivos    

7.1.3 Gerencia de Bancos de Segundo Piso    

7.1.4 Gerencia Central de Desembolsos y Activas    

7.1.5 Gerencia de Ingeniería de Procesos    

7.2. Vicepresidencia de Tecnología de la Información    

7.2.1 Gerencia de Soluciones de Tecnología de la  información    

7.2.2 Gerencia de Gestión del Servicio de Tecnología de la  información    

7.2.3 Gerencia de Desarrollo de Soluciones de Tecnología  de la Información    

7.2.4 Gerencia de Infraestructura de Tecnología de la  información    

7.3 Vicepresidencia Administrativa    

7.3.1 Gerencia de Transporte de Valores    

7.3.2 Gerencia de Gestión de Planta Física    

7.3.3 Gerencia Administrativa    

7.3.4 Gerencia de Contratos    

7.4 Oficina de Control Disciplinario Interno    

8. Vicepresidencia Jurídica    

8.1 Gerencia de Asesoría Jurídica    

8.2 Gerencia de Procesos Judiciales    

9. Vicepresidencia de Gestión Humana    

9.1 Gerencia Nacional de Selección    

9.2 Gerencia Nacional de Capacitación    

9.3 Gerencia Nacional de Compensación    

9.4 Gerencia Nacional de Desarrollo, Bienestar y Salud Ocupacional    

10. Vicepresidencia de Riesgos    

10.1 Gerencia de Administración de Riesgo Operativo    

10.2 Gerencia de Administración de Riesgo de Crédito    

10.3 Gerencia de Administración del Sistema de Gestión y  Seguridad de la Información -SGSI    

10.4 Gerencia de Administración del Riesgo de Mercado    

11. Vicepresidencia de Crédito y Cartera    

11.1 Gerencia de Fábrica de Crédito    

11.2 Gerencia de Administración de  Cartera y Cobro de Garantías    

 11.3 Gerencia de  Unidad Técnica    

11.4 Gerencia de Unidad Sistema de Información Gerencial –  SIG, Gestión Balance Score Card  – BSC y Calidad.    

Organos de Asesoría y Coordinación    

1. Comité de Presidencia    

2. Comité de Archivo    

3. Comité de Gestión de Activos y Pasivos    

4. Comité de Evaluación y Control de los Riesgos Físicos    

5. Comités para la Evaluación de la Cartera    

6. Comité de Conciliación y Defensa Judicial    

7. Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno    

8. Comité de Auditoría de la Junta Directiva    

Artículo 2°. Funciones del Presidente del Banco Agrario  de Colombia S.A. Son funciones del Presidente del  Banco Agrario de Colombia S.A. las siguientes:    

1. Ejercer la representación legal del Banco; no obstante,  la Junta Directiva podrá determinar las personas que pueden llevar la representación  legal del Banco, diferentes al Presidente, de conformidad con los estatutos.    

2. Ejecutar las decisiones de la Asamblea de Accionistas y  de la Junta Directiva.    

3. Diseñar los planes y programas que debe desarrollar el  Banco según su objeto social y las políticas del Gobierno Nacional acordes con  el mismo.    

4. Orientar las actividades tendientes a establecer la  visión, misión y objetivos del Banco, así como las relacionadas con la  determinación de las estrategias y metas correspondientes, de acuerdo con el  objeto social del Banco.    

5. Velar porque las actividades que se lleven a cabo en el  Banco cumplan lo dispuesto en la Constitución Política, en las leyes y en los  estatutos.    

6. Presentar para consideración de la Junta Directiva de  la Entidad, los proyectos de modificación o ajuste de la estructura del Banco,  así como las funciones y perfiles correspondientes a cada uno de los cargos que  la conforman.    

7. Presentar para estudio y aprobación de la Junta  Directiva, las escalas salariales aplicables a los trabajadores oficiales del  Banco.    

8. Vincular y desvincular a los trabajadores oficiales del  Banco, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. Esta facultad  puede ser delegada en el Vicepresidente de Gestión Humana.    

9. Administrar el talento humano al servicio de la  Entidad.    

10. Delegar en los funcionarios del Banco el ejercicio de  las funciones de su competencia, con observancia de las disposiciones legales  vigentes.    

11. Presentar a la Junta Directiva, al finalizar cada  ejercicio, el balance general y las cuentas e inventarios correspondientes.    

12. Fijar las políticas para la elaboración y control del  presupuesto del Banco.    

13. Presentar a la Junta Directiva para su estudio y  aprobación, el presupuesto anual de la Entidad y demás iniciativas que  considere convenientes para el funcionamiento y desarrollo del Banco.    

14. Promover el recaudo de los ingresos y ordenar los  gastos e inversiones, delegando facultades en otros trabajadores de la Entidad,  dentro del marco fijado por las políticas de la Junta Directiva.    

15. Orientar las acciones conducentes a la aprobación de  operaciones financieras y crediticias en las cuantías determinadas por la Junta  Directiva, con las limitaciones previstas en la ley y en los estatutos.    

16. Mantener informada a la Junta Directiva y someter a su  consideración, los informes que deban rendirse al Presidente de la República, o  ante organismos, entidades y autoridades que los soliciten.    

17. Convocar a la Asamblea General de Accionistas y a la  Junta Directiva, cuando las circunstancias así lo exijan.    

18. Orientar, administrar y reglamentar la gestión  administrativa y operativa del Banco.    

19. Crear los comités que la Junta Directiva le designe.    

20. Conformar los grupos internos de trabajo que permitan  efectividad en el control y en la gestión de la Entidad.    

21. Ejercer las demás funciones que la Constitución, la  ley, los estatutos y los reglamentos determinen.    

Artículo 3°. Funciones de la Secretaría General. Son  funciones de la Secretaría General:    

1. Ejercer la Secretaría de la Asamblea General de  Accionistas y de la Junta Directiva.    

2. Llevar conforme lo ordena la ley, los libros de actas  de Asamblea General de Accionistas y de Junta Directiva y autorizar las copias  que de ellas se expidan.    

3. Responder por el control de los asuntos que deban  llevarse o se deriven de las decisiones tomadas por la Asamblea General de  Accionistas o de la Junta Directiva, comunicando las decisiones adoptadas.    

4. Gestionar ante la Superintendencia Financiera de  Colombia, las Cámaras de Comercio y demás órganos competentes, los asuntos  relacionados con la inscripción de los trabajadores en quienes se delega la  representación legal de la Entidad.    

5. Coordinar la labor de la Secretaría de los Organos de Asesoría y Coordinación.    

6. Autenticar las copias de Actas, Resoluciones de  Presidencia y documentos pertinentes que lo requieran.    

7. Coordinar las respuestas a requerimientos presentados  por Organismos externos, autoridades o Entes de supervisión y control.    

8. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

9. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  Estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 4°. Funciones de la Oficina de Control  Interno. Son funciones de la Oficina de Control Interno:    

1. Velar por el cumplimiento de los objetivos institucionales  en forma eficiente y eficaz, a través de la optimización de los sistemas de  control interno, que minimicen los riesgos contables, operativos, tecnológicos,  administrativos, de mercado y de crédito, en cumplimiento de las normas legales  y reglamentarias sobre la materia.    

2. Proteger los recursos de la Entidad, buscando su  adecuada administración ante posibles riesgos que la afecten.    

3. Propender por que el sistema de control interno tenga  sus propios mecanismos de evaluación.    

4. Asesorar y apoyar al Presidente del Banco en la  definición de los Mapas de Riesgo y en las políticas referidas al diseño e  implementación de los sistemas de control que contribuyan a incrementar la  eficiencia y eficacia en las diferentes dependencias de la Entidad.    

5. Diseñar y establecer, en coordinación con las  diferentes dependencias del Banco, los criterios, métodos, procedimientos e  indicadores de eficiencia y los correctivos a que haya lugar en cada caso.    

6. Coordinar, implementar y fomentar sistemas de control  de gestión administrativa, financiera, de crédito y de resultados  institucionales.    

7. Realizar evaluaciones periódicas sobre la ejecución del  plan de acción así como del cumplimiento de las actividades propias de cada  dependencia y proponer las medidas preventivas y correctivas necesarias.    

8. Verificar el cumplimiento de los requisitos  administrativos y financieros, de acuerdo con los procedimientos y medidas de  control fiscal establecidos para los movimientos de fondos, valores y bienes de  la Entidad.    

9. Velar por la correcta ejecución de las operaciones,  convenios y contratos de la Entidad; vigilar cómo se invierten los fondos del  Banco e informar al Presidente cuando se presenten irregularidades en el manejo  de los mismos.    

10. Vigilar que la atención al cliente se realice de  conformidad con las normas legales vigentes, que se preste atención oportuna y  eficiente a las quejas y reclamos recibidos de los clientes y usuarios en  relación con la actividad del Banco y rendir a la Presidencia un informe  semestral sobre el particular.    

11. Diseñar, implementar y evaluar la Auditoría de los  Sistemas de la Entidad y establecer normas, estrategias, objetivos y metas para  efectuar un análisis de los resultados que permita adoptar medidas preventivas  y correctivas.    

12. Evaluar las posibles causas de las debilidades de  control detectadas en la Entidad e identificar las oportunidades de  mejoramiento, facilitando los planes de acción que se deben tener en cuenta  para lograr este propósito.    

13.  Proponer estrategias para la administración del personal de la gerencia y  ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las políticas y procedimientos  definidos por el Banco en materia de evaluación, capacitación, desarrollo del  recurso humano; y proponer la selección, promoción, contratación y traslado del  personal de su Gerencia.    

 14. Identificar  mejores prácticas en los procesos a su cargo y guiar su implementación.    

15. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

16. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 5°. Funciones de la Gerencia para la  Prevención del Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo. Son  funciones de la Gerencia para la Prevención del Lavado de Activos y  Financiación del Terrorismo:    

1. Liderar y gestionar el Sistema de Administración y  Riesgo para la Prevención del Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo –Sarlaft–.    

2. Controlar y verificar la aplicación de todos los  procedimientos establecidos por la ley, por las Entidades de inspección y  vigilancia y por el Banco, para evitar y prevenir el lavado de activos en la  Entidad.    

3. Velar por la aplicación de las normas y disposiciones  internas para salvaguardar los intereses del Banco.    

4. Mantener las políticas y los procesos del Banco dentro  del marco normativo que regula la materia.    

5. Aplicar y hacer aplicar los códigos o manuales que  correspondan por omisiones o excesos en la administración del Sistema de  Administración y Riesgo para la Prevención del Lavado de Activos y Financiación  del Terrorismo –Sarlaft–.    

6. Coordinar y gestionar los diferentes comités  relacionados con la administración del Sistema de Administración y Riesgo para  la Prevención del Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo –Sarlaft–.    

7. Mantener informada a la Alta Gerencia y a la Junta  Directiva sobre la oportuna y eficiente administración del Sistema de  Administración y Riesgo para la Prevención del Lavado de Activos y Financiación  del Terrorismo –Sarlaft–.    

8. Administrar las visitas de los Entes de Regulación y  Control.    

9. Efectuar los reportes de información a los Entes que  por ley o norma deben estar informados o los requieren.    

10. Evaluar y conceptuar las propuestas de los procesos y  procedimientos por las diferentes áreas del Banco en coordinación con la  gerencia de Ingeniería de procesos.    

11. Evaluar, analizar, conceptuar y asesorar a las áreas  del Banco para la incursión en nuevos negocios.    

12. Reportar a la Vicepresidencia Comercial, a la  Presidencia del Banco y a la Junta Directiva, las faltas que puedan comprometer  la responsabilidad de los funcionarios de la Entidad por el no cumplimiento de  las normas y procedimientos que conforman el Sistema Integral para la  Prevención del Lavado de Activos.    

13. Proponer estrategias para la administración del  personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

14. Diseñar un efectivo plan de capacitación sobre la  prevención del lavado de activos y evaluar permanentemente su desarrollo y  aplicación a todos los trabajadores del Banco.    

15. Desarrollar los Manuales de Procedimientos para la  Prevención del Lavado de Activos de acuerdo con las normas establecidas en el  Banco para tal fin y someterlos a consideración del Comité de Presidencia con  el fin de que, una vez realizada su evaluación, el Presidente pueda  presentarlos para estudio y aprobación de la Junta Directiva.    

16. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

17. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

18. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 6°. Funciones de la Gerencia Nacional de  Vivienda. Son funciones de la Gerencia Nacional de Vivienda:    

1. Planear, coordinar y controlar la administración de los  subsidios de Vivienda Rural y el manejo de los programas de vivienda diseñados  por el Gobierno Nacional, de acuerdo con los lineamientos que establezcan la  Junta Directiva y la Presidencia de la Entidad. Supervisar las estrategias y  actividades que permitan el cumplimiento de los objetivos fijados en el  programa Vivienda de Interés Social Rural.    

2. Coordinar, de acuerdo con las directrices de la  Presidencia del Banco, las relaciones interinstitucionales con la Presidencia  de la República, Ministerios, entidades territoriales, Acción Social y demás  entidades, Organizaciones No Gubernamentales y organismos internacionales, en  lo relacionado con programas de vivienda rural.    

3. Compilar las normas legales y reglamentarias que rigen la  administración del subsidio de vivienda de familiar rural y garantizar su  documentación y difusión a los usuarios.    

4. Planear, coordinar y supervisar las estrategias y  actividades que permitan el cumplimiento de los objetivos de los programas de  vivienda rural.    

5. Definir y coordinar las estrategias de comunicación e  imagen institucional del programa de acuerdo con las políticas del Alto  Gobierno.    

6. Responder por la gestión y el logro de los resultados a  corto, mediano y largo plazo, en concordancia con las metas fijadas con los  organismos aportantes de los recursos del subsidio para el programa de Vivienda  de Interés Social Rural.    

7. Coordinar con los organismos aportantes del subsidio  las metodologías normativas para la administración y programas de la política  social del Estado.    

8. Dirigir, coordinar y administrar la ejecución de los  recursos de los programas a cargo de la Gerencia, de acuerdo con las políticas  del Gobierno Nacional y el Estatuto Orgánico del Presupuesto.    

9. Supervisar y evaluar la gestión de los trabajos de los  programas de Vivienda de Interés Social Rural, en los proyectos en ejecución y  orientar la solución de los problemas que se presenten.    

10. Responder por la adjudicación de los subsidios del  Programa de Vivienda de Interés Social, controlar su ejecución, terminación,  entrega final y liquidación.    

11. Proponer estrategias para la administración del  personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

12. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

13. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

14. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 7°. Vicepresidencia de Planeación y Desarrollo  Corporativo. La Vicepresidencia de Planeación y Desarrollo Corporativo es  la dependencia encargada de liderar los procesos de modernización y  competitividad del Banco Agrario, a través de la formulación y gestión del plan  estratégico y el diseño de programas, planes y proyectos estratégicos, que le  permitan a la entidad ser el principal socio del agro colombiano.    

Artículo 8°. Funciones de la Vicepresidencia de  Planeación y Desarrollo Corporativo. Son funciones de la Vicepresidencia de  Planeación y Desarrollo Corporativo:    

1. Asesorar, proponer, dirigir y evaluar las actividades  tendientes a asesorar a la Junta Directiva, a la Presidencia y a los demás órganos  de dirección administrativa, en el diseño, desarrollo, implementación, control  y ajuste, dentro del marco legal, de la formulación de planes y proyectos  estratégicos, que permitan al Banco el cumplimiento de sus objetivos y su  mejoramiento continuo.    

2. Proponer y desarrollar políticas y estrategias para  propender por la ejecución y control de los procesos de planeación estratégica  y gestión de proyectos del Banco.    

3. Formular y proponer a la presidencia del Banco planes,  programas, proyectos, objetivos y metas de desarrollo que persigan el  cumplimiento de la misión y los objetivos institucionales definidos por la  Junta Directiva y la presidencia del Banco en pro de  la competitividad.    

4. Coordinar la formulación y diseño de planes de  modernización, identificar y diseñar iniciativas innovadoras para el Banco y  propender por que el Banco sea cada vez más competitivo y eficiente.    

5. Planear, dirigir y controlar las actividades de  planeación estratégica y gestión de programas, con el fin de optimizar la  consecución y el uso de los recursos y asegurar la orientación al cumplimiento  de los objetivos del Banco.    

6. Gestionar ante la Junta Directiva la aprobación de los  planes estratégicos, planes tácticos, programas y proyectos del Banco.    

7.  Propender por el cumplimiento de las políticas definidas por la Vicepresidencia  de Riesgos en los procesos y procedimientos bajo su responsabilidad.    

 8. Coordinar e  identificar las mejores prácticas en los procesos a su cargo y guiar su  implementación garantizando la mejora continua.    

9. Dirigir la administración del personal de la  Vicepresidencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos emitidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Vicepresidencia.    

10. Presentar oportunamente los informes que le sean  solicitados por el Presidente sobre las actividades desarrolladas en su  Vicepresidencia.    

11. Atender oportuna y adecuadamente los requerimientos de  la Revisoría Fiscal y los presentados por las entidades de Control Externo e  impartir los correctivos sobre el particular.    

12. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

13. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 9°. Gerencia de Direccionamiento Corporativo. La  Gerencia de Direccionamiento Corporativo es la encargada de diseñar planes,  programas y proyectos que propendan por la articulación del modelo de negocio  según el direccionamiento estratégico definido por la alta dirección del Banco desde  una visión integral y por proceso y que propenda por la innovación y  mejoramiento de los procesos a su cargo a través del diseño de programas  innovadores.    

Artículo 10. Funciones de la Gerencia de Programas de  Direccionamiento Corporativo. Son funciones de la Gerencia de Programas de  Direccionamiento Corporativo:    

1. Diseñar planes, programas y proyectos que propendan por  la innovación, el enfoque hacia resultados, cultura de servicio al cliente  interno y externo, competitividad y cultura de planeación estratégica en  coordinación con las diferentes áreas del Banco relacionadas con los procesos a  su cargo.    

2. Diseñar planes, programas y proyectos que propendan por  el mejoramiento continuo de la entidad en temas de gestión de políticas,  planeación estratégica, presupuestal, riesgos y proyectos en coordinación con  las diferentes áreas del Banco relacionadas con los procesos a su cargo.    

3. Diseñar planes de modernización, identificar y diseñar  iniciativas innovadoras para el Banco y propender por que el Banco sea cada vez  más competitivo y eficiente en los temas de gestión de políticas, planeación  estratégica, presupuestal, riesgos y proyectos en coordinación con las  diferentes áreas del Banco relacionadas con los procesos a su cargo.    

4. Diseñar estrategias en temas relacionados con gestión  de políticas, planeación estratégica, presupuestal, riesgos y proyectos que  ayuden a articular el modelo de negocio del Banco frente a los lineamientos  estratégicos trazados por la Junta Directiva y la Presidencia del Banco.    

5. Hacer seguimiento al correcto desarrollo y cumplimiento  de los planes programas y proyectos diseñados por la gerencia y ejecutados por  las Vicepresidencias relacionadas con los procesos a su cargo.    

6. Analizar y proponer herramientas, metodologías e  información necesaria para el desarrollo de los proyectos ejecutados por las  diferentes Vicepresidencias pero diseñados por la gerencia.    

7. Analizar y proponer herramientas, metodologías e  información necesaria para que sea posible realizar de manera eficaz los  procesos de planeación estratégica del Banco.    

8. Ejecutar actividades de inteligencia de mercados que le  sirvan a la alta dirección para definir los lineamientos estratégicos del  Banco.    

9. Ejecutar las sesiones de trabajo para la definición de  planes tácticos que permitan llevar a cabo las estrategias y objetivos  definidos por la alta dirección del Banco y que garanticen el logro de las  metas trazadas.    

10. Comunicar las estrategias y planes de acción definidos  por el Banco a todos los interesados a nivel interno y externo.    

11. Revisar la alineación estratégica de los planes,  programas y proyectos tácticos y del portafolio de proyectos que emprenda el  Banco.    

12. Hacer seguimiento al cumplimiento del plan estratégico  del Banco a través de la gestión integral de tableros de control.    

13. Comunicar oportunamente el avance y cumplimiento de  los planes estratégicos a todos los interesados.    

14. Ejecutar todas las actividades de la dependencia de  acuerdo con las políticas definidas por la Vicepresidencia de riesgos.    

15. Proponer estrategias para la administración del  personal de la Vicepresidencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento  de las políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de  evaluación, capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección,  promoción, contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

16. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

17. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

18. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 11. Gerencia de Programas de Gestión  Comercial. La Gerencia de Programas de Gestión Comercial es la dependencia  encargada de diseñar planes, programas y proyectos que propendan por la  articulación del modelo de negocio según el direccionamiento estratégico  definido por la alta dirección y mejoren los estándares de competitividad del  Banco en procesos de gestión comercial y de canales.    

Artículo 12. Funciones de la Gerencia de Programas de  Gestión Comercial. Son funciones de la Gerencia de Programas de Gestión  Comercial:    

1. Diseñar planes, programas y proyectos que propendan por  el mejoramiento continuo de la entidad y competitividad en temas de gestión  comercial y de canales en coordinación con las diferentes áreas del Banco  relacionadas con los procesos a su cargo.    

2. Diseñar planes de modernización, identificar y diseñar  iniciativas innovadoras para el Banco y propender por que el Banco sea cada vez  más competitivo y eficiente en los temas de gestión comercial y de canales en  coordinación con las diferentes áreas del Banco relacionadas con los procesos a  su cargo.    

3. Diseñar estrategias en temas relacionados con la  gestión comercial y canales que ayuden a articular el modelo de negocio del Banco  frente a los lineamientos estratégicos trazados por la Junta Directiva y la  Presidencia del Banco.    

4. Hacer seguimiento al correcto desarrollo y cumplimiento  de los planes programas y proyectos diseñados por la gerencia y ejecutados por  las Vicepresidencias relacionadas con la gestión comercial y canales.    

5. Analizar y proponer herramientas, metodologías e  información necesaria para el desarrollo de los proyectos ejecutados por las  diferentes Vicepresidencias pero diseñados por la gerencia en temas de gestión  comercial y canales.    

6. Crear y mantener el ambiente e infraestructura para  soportar la práctica estandarizada de gerencia de programas, planes y  proyectos, a través de la definición de políticas, procedimientos e  indicadores.    

7. Recibir y validar las iniciativas de las áreas y apoyar  la estructuración de programas, planes y proyectos según la metodología de  gestión del Banco.    

8. Clasificar y priorizar los programas, planes y  proyectos, según su relevancia estratégica, de acuerdo con la metodología  definida por el Banco.    

9. Coordinar la ejecución de los programas, planes y  proyectos, facilitando la interacción entre las áreas, a través de la ejecución  de reuniones de seguimiento y la presentación de informes de avance.    

10. Propender por la optimización de los recursos  asignados a los programas, planes y proyectos, asegurando su enfoque en  iniciativas prioritarias.    

11. Identificar y gestionar riesgos asociados a los  programas, planes y proyectos de su frente.    

12. Divulgar y facilitar las mejores prácticas entre los  gerentes ejecutores de programas, planes y proyectos.    

13. Ejecutar todas las actividades de la dependencia de  acuerdo con las políticas definidas por la Vicepresidencia de Riesgos.    

14. Proponer estrategias para la administración del  personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

15. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

16. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

17. Ejercer  las demás funciones que señalen la ley, los estatutos, los reglamentos y las  que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.    

 Artículo 13. Gerencia  de Programas de Gestión de Productos y Servicios Bancarios. La Gerencia de  Programas de Gestión de Productos y Servicios Bancarios es la encargada de  diseñar planes, programas y proyectos que propendan por la articulación del  modelo de negocio según el direccionamiento estratégico definido por la alta  dirección y mejoren los estándares de competitividad del Banco en la gestión de  crédito.    

Artículo 14. Funciones de la Gerencia de Programas de  Gestión de Productos y Servicios Bancarios. Son funciones de la Gerencia de  Programas de Gestión de Productos y Servicios Bancarios:    

1. Diseñar planes, programas y proyectos que propendan por  el mejoramiento continuo de la entidad y competitividad en gestión de crédito  en coordinación con las diferentes áreas del Banco relacionadas con los  procesos a su cargo.    

2. Diseñar planes de modernización, identificar y diseñar  iniciativas innovadoras para el Banco y propender por que el Banco sea cada vez  más competitivo y eficiente en la gestión de crédito en coordinación con las  diferentes áreas del Banco relacionadas con los procesos a su cargo.    

3. Diseñar estrategias en temas relacionados con la  gestión de crédito que ayuden a articular el modelo de negocio del Banco frente  a los lineamientos estratégicos trazados por la Junta Directiva y la  Presidencia del Banco.    

4. Hacer seguimiento al correcto desarrollo y cumplimiento  de los planes, programas y proyectos diseñados por la gerencia y ejecutados por  las Vicepresidencias relacionadas a la gestión de crédito.    

5. Analizar y proponer herramientas, metodologías e  información necesaria para el desarrollo de los proyectos ejecutados por las  diferentes Vicepresidencias pero diseñados por la gerencia en temas de gestión  de crédito.    

6. Crear y mantener el ambiente e infraestructura para  soportar la práctica estandarizada de gerencia de programas, planes y proyectos,  a través de la definición de políticas, procedimientos e indicadores.    

7. Recibir y validar las iniciativas de las áreas y apoyar  la estructuración de programas, planes y proyectos según la metodología de  gestión del Banco.    

8. Clasificar y priorizar los programas, planes y  proyectos según su relevancia estratégica, de acuerdo con la metodología  definida por el Banco.    

9. Coordinar la ejecución de los programas, planes y  proyectos, facilitando la interacción entre las áreas, a través de la ejecución  de reuniones de seguimiento y la presentación de informes de avance.    

10. Propender por la optimización de los recursos  asignados a los programas, planes y proyectos, asegurando su enfoque en  iniciativas prioritarias.    

11. Identificar y gestionar riesgos asociados a los  programas, planes y proyectos de su frente.    

12. Divulgar y facilitar las mejores prácticas entre los  gerentes ejecutores de programas, planes y proyectos.    

13. Ejecutar todas las actividades de la dependencia de acuerdo  con las políticas definidas por la Vicepresidencia de riesgos.    

14. Proponer estrategias para la administración del  personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

15. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

16. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

17. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 15. Gerencia de Programas de Infraestructura e  Información. La Gerencia de Programas de Infraestructura e Información es  la dependencia encargada de diseñar planes, programas y proyectos que propendan  por la articulación del modelo de negocio según el direccionamiento estratégico  definido por la alta dirección, que propendan por un enfoque hacia resultados y  cultura de servicio al cliente interno y mejoren los estándares de  competitividad del Banco en procesos de gestión de procesamiento y  conectividad, gestión de soluciones de tecnología, gestión de soporte a  usuarios de tecnología de la información, gestión de información gerencial y  para entes de control, gestión de la mejora continua, gestión de control  interno, gestión de productos pasivos y gestión de servicios bancarios.    

Artículo 16. Funciones de la Gerencia de Programas de  Infraestructura e Información. Son funciones de la Gerencia de Programas de  Información:    

1. Diseñar planes, programas y proyectos que propendan por  el mejoramiento continuo de la entidad y competitividad en temas de gestión de  procesamiento y conectividad, gestión de soluciones de tecnología, gestión de  soporte a usuarios de tecnología de la información, gestión de información  gerencial y para entes de control, gestión de la mejora continua, gestión de  control interno, gestión de productos pasivos y gestión de servicios bancarios  en coordinación con las diferentes áreas del Banco relacionadas con los  procesos a su cargo.    

2. Diseñar planes de modernización, identificar y diseñar iniciativas  innovadoras para el Banco y propender por que el Banco sea cada vez más  competitivo y eficiente en los temas de gestión de procesamiento y  conectividad, gestión de soluciones de tecnología, gestión de soporte a  usuarios de tecnología de la información, gestión de información gerencial y  para entes de control, gestión de la mejora continua, gestión de control  interno, gestión de productos pasivos y gestión de servicios bancarios en  coordinación con las diferentes áreas del Banco relacionadas con los procesos a  su cargo.    

3. Diseñar estrategias en temas relacionados con gestión  de procesamiento y conectividad, gestión de soluciones de tecnología, gestión  de soporte a usuarios de tecnología de la información, gestión de información  gerencial y para entes de control, gestión de la mejora continua, gestión de  control interno, gestión de productos pasivos y gestión de servicios bancarios  que ayuden a articular el modelo de negocio del Banco frente a los lineamientos  estratégicos trazados por la Junta Directiva y la Presidencia del Banco.    

4. Hacer seguimiento al correcto desarrollo y cumplimiento  de los planes, programas y proyectos diseñados por la gerencia y ejecutados por  las Vicepresidencias relacionadas la gestión de procesamiento y conectividad, gestión  de soluciones de tecnología, gestión de soporte a usuarios de tecnología de la  información, gestión de información gerencial y para entes de control, gestión  de la mejora continua, gestión de control interno, gestión de productos pasivos  y gestión de servicios bancarios.    

5. Analizar y proponer herramientas, metodologías e  información necesaria para el desarrollo de los proyectos ejecutados por las  diferentes Vicepresidencias pero diseñados por la gerencia en temas de gestión  de procesamiento y conectividad, gestión de soluciones de tecnología, gestión  de soporte a usuarios de tecnología de la información, gestión de información  gerencial y para entes de control, gestión de la mejora continua, gestión de  control interno, gestión de productos pasivos y gestión de servicios bancarios.    

6. Crear y mantener el ambiente e infraestructura para  soportar la práctica estandarizada de gerencia de programas, planes y  proyectos, a través de la definición de políticas, procedimientos e  indicadores.    

7. Recibir y validar las iniciativas de las áreas y apoyar  la estructuración de programas, planes y proyectos según la metodología de  gestión del Banco.    

8. Clasificar y priorizar los programas, planes y  proyectos según su relevancia estratégica, de acuerdo con la metodología  definida por el Banco.    

9. Coordinar la ejecución de los programas, planes y  proyectos, facilitando la interacción entre las áreas, a través de la ejecución  de reuniones de seguimiento y la presentación de informes de avance.    

10. Propender por la optimización de los recursos  asignados a los programas, planes y proyectos, asegurando su enfoque en  iniciativas prioritarias.    

11. Identificar y gestionar riesgos asociados a los  programas, planes y proyectos de su frente.    

12. Divulgar y facilitar las mejores prácticas entre los  gerentes ejecutores de programas, planes y proyectos.    

13. Ejecutar todas las actividades de la dependencia de  acuerdo con las políticas definidas por la Vicepresidencia de riesgos.    

14. Proponer estrategias para la administración del  personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

15. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

16. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

17. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo  17. Gerencia de Programas de Gestión de Recursos. La Gerencia de  Programas de Gestión de Recursos es la dependencia encargada de diseñar planes,  programas y proyectos que propendan por la articulación del modelo de negocio,  según el direccionamiento estratégico definido  por la alta dirección, con enfoque hacia resultados y cultura de servicio al  cliente interno y mejoren los estándares de competitividad del Banco en  procesos de gestión de capital humano, gestión de contratación, gestión  logística, gestión documental, gestión de seguridad bancaria, gestión jurídica,  gestión del efectivo, gestión de recursos financieros, gestión de registro y  control contable, gestión de impuestos, gestión de comunicaciones y gestión de  control disciplinario.    

Artículo 18. Funciones de la Gerencia de Programas de  Gestión de Recursos. Son funciones de la Gerencia de Programas de Gestión  de Recursos:    

1. Diseñar planes, programas y proyectos que propendan por  el mejoramiento continuo de la entidad y competitividad en temas de gestión de  capital humano, gestión de contratación, gestión logística, gestión documental,  gestión de seguridad bancaria, gestión jurídica, gestión del efectivo, gestión  de recursos financieros, gestión de registro y control contable, gestión de  impuestos, gestión de comunicaciones y gestión de control disciplinario en  coordinación con las diferentes áreas del Banco relacionadas con los procesos a  su cargo.    

2. Diseñar planes de modernización, identificar y diseñar  iniciativas innovadoras para el Banco y propender por que el Banco sea cada vez  más competitivo y eficiente en los temas de gestión de capital humano, gestión  de contratación, gestión logística, gestión documental, gestión de seguridad  bancaria, gestión jurídica, gestión del efectivo, gestión de recursos  financieros, gestión de registro y control contable, gestión de impuestos,  gestión de comunicaciones y gestión de control disciplinario en coordinación  con las diferentes áreas del Banco relacionadas con los procesos a su cargo.    

3. Diseñar estrategias en temas relacionados con gestión  de capital humano, gestión de contratación, gestión logística, gestión  documental, gestión de seguridad bancaria, gestión jurídica, gestión del  efectivo, gestión de recursos financieros, gestión de registro y control  contable, gestión de impuestos, gestión de comunicaciones y gestión de control  disciplinario que ayuden a articular el modelo de negocio del Banco frente a  los lineamientos estratégicos trazados por la Junta Directiva y la Presidencia  del Banco.    

4. Hacer seguimiento al correcto desarrollo y cumplimiento  de los planes programas y proyectos diseñados por la gerencia y ejecutados por  las Vicepresidencias relacionadas la gestión de capital humano, gestión de  contratación, gestión logística, gestión documental, gestión de seguridad  bancaria, gestión jurídica, gestión del efectivo, gestión de recursos  financieros, gestión de registro y control contable, gestión de impuestos,  gestión de comunicaciones y gestión de control disciplinario.    

5. Analizar y proponer herramientas, metodologías e  información necesaria para el desarrollo de los proyectos ejecutados por las  diferentes Vicepresidencias pero diseñados por la gerencia en temas de gestión  de capital humano, gestión de contratación, gestión logística, gestión  documental, gestión de seguridad bancaria, gestión jurídica, gestión del  efectivo, gestión de recursos financieros, gestión de registro y control  contable, gestión de impuestos, gestión de comunicaciones y gestión de control  disciplinario.    

6. Crear y mantener el ambiente e infraestructura para  soportar la práctica estandarizada de gerencia de programas, planes y  proyectos, a través de la definición de políticas, procedimientos e  indicadores.    

7. Recibir y validar las iniciativas de las áreas y apoyar  la estructuración de programas, planes y proyectos según la metodología de  gestión del Banco.    

8. Clasificar y priorizar los programas, planes y  proyectos según su relevancia estratégica, de acuerdo con la metodología  definida por el Banco.    

9. Coordinar la ejecución de los programas, planes y  proyectos, facilitando la interacción entre las áreas, a través de la ejecución  de reuniones de seguimiento y la presentación de informes de avance.    

10. Propender por la optimización de los recursos  asignados a los programas, planes y proyectos, asegurando su enfoque en  iniciativas prioritarias.    

11. Identificar y gestionar riesgos asociados a los  programas, planes y proyectos de su frente.    

12. Divulgar y facilitar las mejores prácticas entre los  gerentes ejecutores de programas, planes y proyectos.    

13. Ejecutar todas las actividades de la dependencia de  acuerdo con las políticas definidas por la Vicepresidencia de riesgos.    

14. Proponer estrategias para la administración del  personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

15. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

16. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

17. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 19. Vicepresidencia Comercial. La  Vicepresidencia Comercial del Banco Agrario de Colombia S.A.  es la dependencia encargada de definir estrategias comerciales para lograr un  adecuado posicionamiento de la Entidad en el mercado, acrecentando su imagen y  logrando objetivos de rentabilidad y crecimiento, mediante el ofrecimiento de  una gama completa de productos y servicios financieros que satisfagan las  necesidades integrales de cada segmento de clientes.    

Artículo 20. Funciones de la Vicepresidencia Comercial.  Son funciones de la Vicepresidencia Comercial:    

1. Dirigir, coordinar y controlar las responsabilidades de  su competencia, para el logro efectivo de los resultados del Plan Estratégico  del Banco.    

2. Definir las estrategias comerciales del Banco, para  lograr su adecuado posicionamiento en el mercado, las cuales deben extenderse a  la gestión comercial de las Gerencias Regionales, Gerencias Zonales,  Direcciones Zonales y Agencias.    

3. Asesorar a los órganos Directivos del Banco, en el  desarrollo y mantenimiento de estrategias comerciales que garanticen mercados  objetivos acordes con la visión y misión de la Entidad.    

4. Definir las políticas y estrategias del Banco para  lograr su adecuado posicionamiento en el mercado y desarrollar mecanismos de  evaluación permanente de las mismas.    

5. Proponer planes y programas tendientes al mejoramiento  de las relaciones comerciales de la Entidad.    

6. Definir un plan estratégico comercial que permita al  Banco cumplir efectivamente su objeto en el sector agropecuario y desarrollar  una Banca Relacional.    

7. Establecer las políticas y estrategias requeridas para  el desarrollo de procesos de segmentación de mercados que permitan orientar la  labor comercial del Banco.    

8. Diseñar estrategias relacionadas con la definición de  metas comerciales y la evaluación de su cumplimiento para las diferentes  dependencias adscritas a la Vicepresidencia Comercial, acordes con procesos de  segmentación de mercados previamente elaborados para tal fin.    

9. Coordinar, conjuntamente con la Vicepresidencia  Administrativa las políticas y estrategias para la asignación y recolección de  numerario y valores en las Agencias del Banco, velando por la minimización del  riesgo y por la rentabilidad.    

10. Definir estrategias para la realización de Convenios  con el sector público y con el privado, que obedezcan a realidades tecnológicas  y operativas de la Institución.    

11. Orientar las acciones de evaluación de la rentabilidad  de los productos y servicios ofrecidos por el Banco.    

12. Determinar la continuación de la prestación de  servicios de Convenios, evaluando las circunstancias de orden comercial, social  o de riesgos relacionadas con su realización.    

13. Dirigir y orientar las acciones requeridas para el  desarrollo de nuevos productos y servicios que satisfagan requerimientos  comerciales o sociales, en coordinación con la Vicepresidencia de Operaciones y  Vicepresidencia de Tecnología de la Información.    

14. Velar por el cumplimiento de las normas externas e  internas del Banco tanto por parte de los trabajadores asignados a la  Vicepresidencia Comercial, como en la Dirección General, en las Gerencias  Regionales, Gerencias Zonales.    

15. Establecer estrategias de control para minimizar  riesgos de fraude en las acciones comerciales que se realizan en las Agencias.    

16. Establecer las estrategias y dirigir los procesos  relacionados con los mecanismos de control permanente que deben aplicarse para impedir  que la Entidad sea utilizada en actividades de lavado de activos.    

17. Velar porque las actividades comerciales de las  Agencias cuenten con los soportes operativos y contables requeridos y en su  debida oportunidad.    

18.  Identificar, solicitar y gestionar la asignación de cargos para la red de  oficinas de acuerdo a los resultados de los estudios de productividad y cargas  de trabajo emitidos por la Gerencia de Ingeniería de procesos, y los estudios  que genere la gerencia de planeación y control financiero; haciendo seguimiento  a los compromisos de cada oficina.    

 19. Coordinar las  necesidades publicitarias relacionadas con el portafolio de productos y  servicios, y velar porque las campañas publicitarias y su ejecución se ajusten  a las aprobaciones legales y presupuestales del Banco.    

20. Dirigir la relación de la Entidad con agencias de  publicidad y medios de comunicación.    

21. Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales  vigentes en aspectos relacionados con publicidad y prensa (derechos de autor,  Superintendencia Financiera, por ejemplo).    

22. Responder por la dirección y coordinación de  convocatoria a ruedas de prensa que soliciten las directivas de la Entidad y el  cubrimiento periodístico de los eventos especiales.    

23. Atender la correspondencia dirigida a la Presidencia  relacionada con ofertas de patrocinio de eventos, pauta publicitaria y  entrevistas.    

24. Coordinar y autorizar las participaciones comerciales  de la entidad en eventos de interés comercial que realicen los gremios, empresas  privadas o entidades de orden gubernamental.    

25. Propender por el cumplimiento de las políticas  definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos  bajo su responsabilidad.    

26. Coordinar e identificar las mejores prácticas en los  procesos a su cargo y guiar su implementación garantizando la mejora continua.    

27. Dirigir la administración del personal de la  Vicepresidencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Vicepresidencia.    

28. Presentar oportunamente los informes que le sean  solicitados por el Presidente sobre las actividades desarrolladas en su  Vicepresidencia.    

29. Atender oportuna y adecuadamente los requerimientos de  la Revisoría Fiscal y los presentados por las entidades de Control Externo e  impartir los correctivos sobre el particular.    

30. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

31. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 21. Gerencia de Segmento Emprendedor. La  Gerencia de Segmento Emprendedor es la dependencia encargada de diseñar y  ejecutar la estrategia comercial del segmento Emprendedor, dirigiendo su fuerza  de ventas (Fuerza de ventas especializada), para ofrecer servicios financieros  adecuados al segmento Emprendedor.    

Artículo 22. Funciones de la Gerencia de Segmento  Emprendedor. Son funciones de la Gerencia de Segmento Emprendedor:    

1. Diseñar e implementar la estrategia comercial para el  segmento Emprendedor.    

2. Ejecutar el presupuesto de ventas de productos.    

3. Evaluar mercados, competencia y características de  productos y servicios relacionados con el segmento.    

4. Dirigir a la fuerza de ventas especializada para el  segmento.    

5. Diseñar, coordinar, y desarrollar campañas  promocionales para el segmento Emprendedor en compañía de la Gerencia de  Productos.    

6. Monitorear el nivel de riesgo de sus clientes y diseñar  estrategias de mitigación de riesgos.    

7. Evaluar el posicionamiento del Banco Agrario en el  Segmento.    

8. Evaluar la rentabilidad del segmento y cumplir metas de  rentabilidad.    

9. Evaluar el desempeño de la fuerza de ventas  especializada.    

10. Proponer empaquetamiento de productos.    

11. Capacitar a la fuerza de ventas en productos, canales,  estrategias comerciales, herramientas, entre otros.    

12. Propender por el cumplimiento de las metas en materia  de vinculación de clientes.    

13. Proponer estrategias para la administración del personal  de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las políticas  y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación, capacitación,  desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción, contratación y  traslado del personal de su Gerencia.    

14. Propender por el cumplimiento de las políticas  definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos  bajo su responsabilidad.    

15. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

16. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

17. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 23. Gerencia de Segmentos Colombia y  Proyección. La Gerencia de Segmentos Colombia y Proyección es la encargada  de diseñar y ejecutar la estrategia de los segmentos Colombia y Proyección,  coordinando con los gerentes regionales el cumplimiento de metas comerciales.  Así mismo, diseñar una gama completa de productos para los segmentos asignados  y garantizar su efectividad, rentabilidad y cumplimiento de metas comerciales.    

Artículo 24. Funciones de la Gerencia de Segmentos  Colombia y Proyección. Son funciones de la Gerencia de Segmentos Colombia y  Proyección:    

1. Diseñar e implementar la estrategia comercial para los  segmentos Colombia y Proyección.    

2. Ejecutar el presupuesto de ventas del segmento con la mezcla  definido de productos.    

3. Evaluar mercados, competencia y características de  productos y servicios y convenios.    

4. Diseñar, coordinar y desarrollar campañas promocionales  para los segmentos Colombia y Proyección en compañía de la Gerencia de Productos.    

5. Monitorear el nivel de riesgo de sus clientes.    

6. Evaluar el posicionamiento del Banco en los segmentos  Colombia y Proyección.    

7. Evaluar la rentabilidad de producto, servicios,  convenios y clientes.    

8. Evaluar el desempeño de las Regiones, Zonas, Oficinas y  portafolios de clientes.    

9. Monitorear el cumplimiento de metas.    

10. Proponer empaquetamiento de productos.    

11. Coordinar el diseño de productos para los segmentos  Colombia y Proyección, con la gerencia de Productos.    

12. Fijar niveles de servicio para los segmentos Colombia  y proyección (productos, convenios).    

13. Reunirse periódicamente con los gerentes regionales y  gerentes zonales para definir tácticas comerciales.    

14. Diseñar e identificar capacitación a la fuerza de ventas  en productos, canales, estrategias comerciales, herramientas, entre otros.    

15. Diseñar, desarrollar y coordinar campañas de ventas a  nivel nacional para sus segmentos.    

16. Desarrollar y mantener buenas relaciones con gremios de  los segmentos asignados.    

17. Proponer estrategias para la administración del  personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

18. Propender por el cumplimiento de las políticas  definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos  bajo su responsabilidad.    

19. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

20. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

21. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 25. Gerencia de Segmento Corporativo. La  Gerencia de Segmento Corporativo es la dependencia encargada de diseñar y  ejecutar la estrategia comercial del segmento Corporativo, liderando su fuerza  de ventas (Gerentes Regionales y Gerentes de Cuenta), para ofrecer un servicio  integral a las empresas del segmento a través del diseño de productos,  convenios y servicios para el segmento Corporativo.    

Artículo  26. Funciones de la Gerencia de Segmento Corporativo. Son funciones de  la Gerencia de Segmento Corporativo:    

1. Diseñar e implementar la estrategia  comercial para empresas del segmento Corporativo.    

2. Ejecutar el presupuesto de ventas del  segmento con la mezcla de productos definido.    

3. Evaluar mercados, competencia y  características de productos y convenios.    

4. Proponer parámetros de servicio y  rentabilidad de productos y convenio.    

5. Dirigir a la fuerza de ventas especializada  para el segmento.    

6. Diseñar, coordinar y desarrollar campañas  promocionales para el segmento Corporativo en compañía de la Gerencia de  Productos.    

7. Monitorear el nivel de riesgo de sus  clientes.    

8. Evaluar el posicionamiento del Banco  Agrario en el segmento Corporativo.    

9. Evaluar la rentabilidad de producto,  clientes y convenios.    

10. Evaluar desempeño de las Regiones y  Gerentes de Cuenta.    

11. Monitorear el cumplimiento de metas.    

12. Monitorear las empresas del segmento  Corporativo e identificar oportunidades de negocio.    

13. Coordinar el diseño de productos y  convenios para el segmento Corporativo, con la Gerencia de Productos y la  Gerencia de Convenios.    

14. Capacitar a la fuerza de ventas en  productos, canales, estrategias comerciales, herramientas, entre otros.    

15. Proponer estrategias para la  administración del personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el  cumplimiento de las políticas y procedimientos definidos por el Banco en  materia de evaluación, capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la  selección, promoción, contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

16. Propender por el cumplimiento de las  políticas definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos  bajo su responsabilidad.    

17. Identificar mejores prácticas en los  procesos a su cargo y guiar su implementación.    

18. Responder por la utilización racional y  efectiva del presupuesto asignado a la dependencia.    

19. Ejercer las demás funciones que señalen la  ley, los estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la  naturaleza de la dependencia.    

Artículo 27. Gerencia de Convenios. La  Gerencia de Convenios tiene como misión velar por la efectividad y rentabilidad  de los convenios ofrecidos por el Banco, así como su correcta estructuración,  puesta en marcha y funcionamiento de los mismos.    

Artículo 28. Funciones de la Gerencia de  Convenios. Son funciones de la Gerencia de Convenios:    

1. Definir parámetros para medir efectividad  de los convenios.    

2. Diseñar estrategias para garantizar la  efectividad comercial y operativa de los convenios.    

3. Propender por el cumplimiento de las metas  comerciales de convenios por tipo de convenio.    

4. Evaluar mercados, competencia y  características de la operatividad de los convenios.    

5. Monitorear la implementación y  estructuración de convenios.    

6. Monitorear la rentabilidad de convenios.    

7. Monitorear el cumplimiento de acuerdos  comerciales de convenios con el cliente.    

8. Coordinar y hacer seguimiento a la solución  de problemas operativos de los convenios.    

9. Liderar estructuración y diseño de  convenios.    

10. Asesorar a la fuerza comercial como  especialista de producto en convenios.    

11. Identificar necesidades de capacitación a  la fuerza de ventas para montaje, estructuración y operatividad de los  convenios.    

12. Desarrollar planes de capacitación para la  fuerza de ventas.    

13. Proponer estrategias para la  administración del personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el  cumplimiento de las políticas y procedimientos definidos por el Banco en  materia de evaluación, capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la  selección, promoción, contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

14. Propender por el cumplimiento de las  políticas definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y  procedimientos bajo su responsabilidad.    

15. Identificar mejores prácticas en los  procesos a su cargo y guiar su implementación.    

16. Responder por la utilización racional y  efectiva del presupuesto asignado a la dependencia.    

17. Ejercer las demás funciones que señalen la  ley, los estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la  naturaleza de la dependencia.    

Artículo 29. Gerencia de Productos. La  Gerencia de Productos es la dependencia encargada de asesorar, diseñar e  implementar productos para cada segmento de clientes del Banco y garantizar la  efectividad, rentabilidad y operatividad de los mismos. Liderar, diseñar y  ejecutar las campañas de promoción, mercadeo y comunicaciones en coordinación  con la Vicepresidencia de Planeación y Desarrollo Corporativo, para mejorar el  posicionamiento del Banco en el mercado, promover el desarrollo de los negocios  y lograr el posicionamiento de marca.    

Artículo 30. Funciones de la Gerencia de  Productos. Son funciones de la Gerencia de Productos:    

1. Desarrollar nuevos productos y  mantenimiento a los existentes de acuerdo con los lineamientos de la alta  dirección.    

2. Ejecutar actividades de Inteligencia de  mercado para determinar las oportunidades de implementación de mejoras en  productos, servicios y esquemas competitivos.    

3. Asesorar, coordinar y ejecutar las  necesidades publicitarias relacionadas con el portafolio de productos y  servicios, y velar porque su ejecución se ajuste a las aprobaciones legales y  presupuestales del Banco.    

4. Manejar la relación con las agencias de  publicidad.    

5. Actualizar permanentemente la información publicada  en la web sobre productos y servicios del Banco se  mantenga actualizada.    

6. Diseñar campañas masivas para penetrar el  segmento Colombia y cumplir con metas del segmento.    

7. Dirigir y supervisar las publicaciones  institucionales y coordinar la producción de audiovisuales y medios impresos  dirigidos a la fuerza comercial.    

8. Proponer estrategias para la administración  del personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de  las políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

9. Propender por el cumplimiento de las  políticas definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y  procedimientos bajo su responsabilidad.    

10. Identificar mejores prácticas en los  procesos a su cargo y guiar su implementación.    

11. Responder por la utilización racional y  efectiva del presupuesto asignado a la dependencia.    

12. Velar por la buena imagen del Banco a  nivel nacional y el posicionamiento de la marca.    

13. Ejercer las demás funciones que señalen la  ley, los estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la  naturaleza de la dependencia.    

Artículo 31. Gerencia de Canales. La  Gerencia de Canales es la dependencia encargada de desarrollar canales que  faciliten la interacción de los clientes con el Banco y hagan más rentable y  eficiente las interacciones y diseñar las estrategias necesarias para el cumplimiento  de metas transaccionales y niveles de servicio acordados como propuesta de  valor para el cliente.    

Artículo 32. Funciones de la Gerencia de  Canales. Son funciones de la Gerencia de Canales:    

1. Identificar necesidades de montaje de  nuevos canales, reforzar o desmontar los actuales.    

2. Diseñar la estrategia para garantizar transaccionalidad, eficiencia de canales y metas de  rentabilidad.    

3. Definir parámetros para medir eficiencia de  canales.    

4. Proponer plan de trabajo de mantenimiento y  promoción de canales.    

5. Proponer metas de cumplimiento  transaccional y niveles de servicio de canales.    

6. Definir políticas de utilización y administración de canales.    

 7. Diseñar planes de  mejoramiento para canales.    

8. Hacer seguimiento al cumplimiento de metas  transaccionales, al cumplimiento de políticas de administración y utilización  de canales y a los indicadores de eficiencia y rentabilidad.    

9. Definir propuesta de valor de canales y servicios para  cada segmento de cliente.    

10. Identificar necesidades de los clientes frente a  funcionalidades de los canales en conjunto con los gerentes segmento.    

11. Monitorear los planes de aperturas, cierres y  modificación de horarios de canales.    

12. Hacer la evaluación de canales en términos de generación  de valor o pérdida de valor de canales.    

13. Administrar y coordinar el funcionamiento de los  canales del Banco.    

14. Diseñar e implementar campañas para promocionar los  canales.    

15. Establecer metas transaccionales por canal.    

16. Hacer visitas periódicas a los canales y verificar  óptimo cumplimiento de los mismos.    

17. Desarrollar planes de capacitación para utilización o  promoción de canales.    

18. Fijar niveles de servicio frente a funcionalidad y  utilización de canales.    

19. Coordinar el funcionamiento de todos los canales con  el área de tecnología.    

20. Proponer estrategias para la administración del  personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

21. Propender por el cumplimiento de las políticas  definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos  bajo su responsabilidad.    

22. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

23. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

24. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 33. Gerencia de Servicio al Cliente. La  Gerencia de Servicio al Cliente tiene como misión identificar fuentes  generadoras de quejas y reclamos y comunicarlas a la Vicepresidencia Comercial  y a las demás vicepresidencias para dar solución a la fuente generadora del  problema. Coordinar y supervisar la solución de quejas y reclamos en los  niveles de servicio acordados y promover la cultura de servicio al cliente.    

Artículo 34. Funciones de la Gerencia de Servicio al  Cliente. Son funciones de la Gerencia de Servicio al Cliente:    

1. Negociar estándares de servicio y compromisos de  desempeño entre las áreas.    

2. Anticipar necesidades de capacitación de personal  operativo, comercial y de servicios.    

3. Definir políticas y niveles de quejas y reclamos.    

4. Monitorear quejas y reclamos.    

5. Evaluar calidad del servicio prestado a los clientes.    

6. Monitorear cumplimiento de estándares de servicio al  cliente y compromisos de desempeño.    

7. Realizar estudios, encuestas y medición de indicadores  de satisfacción al cliente.    

8. Mantener contacto con los canales de contacto con el  cliente (oficinas, fábricas de crédito, Call Center, Corresponsales no bancarios, cajero electrónico  etc.).    

9. Identificar cuellos de botella en los procesos claves  de atención al cliente.    

10. Recomendar ajustes de procesos para garantizar el  mejoramiento continuo de los procesos y procedimientos que de cara al cliente  afectan el servicio.    

11. Diseñar capacitaciones de atención al cliente para  oficinas.    

12. Desarrollar programas de monitoreo de servicio  (cliente fantasma).    

13. Mantener contacto con el defensor del cliente y  ayudarlo a buscar soluciones.    

14. Hacer informes mensuales de servicio al cliente  (indicadores de satisfacción, cumplimiento de estándares de servicio).    

15. Apoyar a mercadeo en la realización de eventos.    

16. Apoyar en campañas de televentas  a través del Call Center.    

17. Proponer estrategias para la administración del  personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

18. Propender por el cumplimiento de las políticas  definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos  bajo su responsabilidad.    

19. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

20. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

21. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 35. Gerencia Regional. La Gerencia  Regional es la encargada de ejecutar la estrategia comercial de la Vicepresidencia  Comercial frente a cada segmento de clientes del Banco a nivel regional,  liderando la fuerza de ventas de la red de oficinas, las gerencias zonales y  los gerentes de cuenta.    

Artículo 36. Funciones de la Gerencia Regional. Son  funciones de la Gerencia Regional:    

1. Identificar las campañas de ventas y concursos  potenciales en la regional.    

2. Implementar la estrategia comercial local.    

3. Cumplir el presupuesto de ventas por segmentos,  producto, zonas y oficinas.    

4. Coordinar capacitaciones para la fuerza de ventas.    

5. Identificar oportunidades o amenazas e informar  propuestas de canales.    

6. Monitorear imagen y servicio en las oficinas.    

7. Apoyar y motivar a los gerentes zonales, gerentes de  cuenta y de oficinas.    

8. Retroalimentar a la Vicepresidencia Comercial para  compartir mejores prácticas.    

9. Identificar necesidades de la red.    

10. Proponer estrategias para la administración del  personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

11. Propender por el cumplimiento de las políticas  definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos  bajo su responsabilidad.    

12. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

13. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

14. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 37. Gerencia de Unidad Sistema de Información  Gerencial – SIG, Gestión Balance Score Card – BSC y Calidad. La  Gerencia de Unidad Sistema de Información Gerencial, Gestión Balance Score Card y Calidad es la  dependencia encargada de unificar la información de la Vicepresidencia  Comercial de manera que se identifique el desempeño de cada una de las áreas y  hacer seguimiento a los indicadores de gestión de la Vicepresidencia Comercial.    

Artículo 38. Funciones de la Gerencia de Unidad Sistema  de Información Gerencial – SIG, Gestión Balance Score  Card- BSC y Calidad. Son  funciones de la Gerencia de Unidad Sistema de Información Gerencial, Gestión  Balance Score Card y  Calidad:    

1. Medir indicadores de gestión a las gerencias.    

2. Apoyar en la elaboración y seguimiento del presupuesto    

3. Planear y diseñar, de acuerdo con los requerimientos de  las áreas de la Vicepresidencia Comercial, los informes requeridos.    

4. Realizar reportes de seguimiento de las gerencias.    

5. Controlar ejecución presupuestal.    

6. Monitorear indicadores de las gerencias.    

7. Comunicar informes a la Vicepresidencia Comercial y sus  gerencias nacionales, regionales, zonales y de oficinas.    

8.  Obtener información del sistema.    

 9. Obtener información  de las gerencias.    

10. Realizar informes estadísticos.    

11. Calcular indicadores de gestión para las gerencias.    

12. Realizar informes estadísticos periódicos de la  Vicepresidencia Comercial.    

13. Comunicar informes estadísticos a las gerencias y a  las vicepresidencias.    

14. Administrar la base de datos de clientes del Banco.    

15. Consolidar información de metas comerciales,  presupuesto de funcionamiento, inversión e indicadores de gestión.    

16. Proponer estrategias para la administración del  personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

17. Propender por el cumplimiento de las políticas  definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos  bajo su responsabilidad.    

18. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

19. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

20. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 39. Vicepresidencia Financiera. La  Vicepresidencia Financiera tiene como misión velar por la rentabilidad de la  operación y el portafolio, por el adecuado manejo contable y tributario de la  entidad y evaluar económica y financieramente los procesos de contratación.    

Artículo 40. Funciones de la Vicepresidencia  Financiera. Son funciones de la Vicepresidencia Financiera:    

1. Orientar, dirigir y evaluar las actividades tendientes  a asesorar a la Junta Directiva, a la Presidencia y a los demás órganos de  Dirección Administrativa, en el diseño, desarrollo, implantación, control y  ajuste, dentro del marco legal, de las políticas, estrategias y procedimientos  financieros que permitan al Banco el cumplimiento de sus objetivos.    

2. Proponer, desarrollar y controlar, las políticas  financieras del Banco, de acuerdo con las normas sobre la materia y  considerando los aspectos que minimicen el riesgo financiero.    

3. Elaborar, proponer, controlar y evaluar, las políticas  y estrategias en materia de presupuesto, análisis financiero, contabilidad,  impuestos y tesorería nacional e internacional.    

4. Prestar la asesoría económica y de servicios  financieros que demande la Entidad para lograr sus objetivos a corto, mediano y  largo plazo.    

5. Ordenar, evaluar y controlar la elaboración de los  informes relacionados con los aspectos de orden financiero y contable exigidos  por Organismos gubernamentales o por Entes de Control.    

6. Orientar mecanismos de control permanente que faciliten  la aplicación de medidas que impidan que la Entidad sea utilizada en  actividades de lavado de activos.    

7. Coordinar e identificar las mejores prácticas en los  procesos a su cargo y guiar su implementación garantizando la mejora continua.    

8. Dirigir la administración del personal de la gerencia y  ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las políticas y procedimientos  definidos por el Banco en materia de evaluación, capacitación, desarrollo del  recurso humano. Proponer la selección, promoción, contratación y traslado del  personal de su Vicepresidencia.    

9. Propender por el cumplimiento de las políticas  definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos  bajo su responsabilidad.    

10. Presentar oportunamente los informes que le sean  solicitados por el Presidente sobre las actividades desarrolladas en su  Vicepresidencia.    

11. Atender oportuna y adecuadamente los requerimientos de  la Revisoría Fiscal y los presentados por las entidades de Control Externo e  impartir los correctivos sobre el particular.    

12. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

13. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 41. Gerencia de Planeación y Control  Financiero. La Gerencia de Planeación y Control Financiero se encarga de  velar por la elaboración de análisis impacto de la normatividad, la competencia  y su entorno, la evaluación de los procesos de contratación y la elaboración y  control del presupuesto.    

Artículo 42. Funciones de la Gerencia de Planeación y  Control Financiero. Son funciones de la Gerencia de Planeación y Control  Financiero:    

1. Orientar la ejecución de estudios que permitan  determinar el comportamiento financiero de la Entidad a nivel nacional,  departamental, regional y en oficinas, con el fin de mejorar los resultados  financieros.    

2. Ejecutar las actividades de planeación relacionadas con  estudios macroeconómicos, con estudios que soporten la apertura y cierre de  oficinas y con la evaluación económica y financiera de proyectos de inversión,  de acuerdo con las políticas del Banco y las directrices del Comité de  Presidencia y de la Vicepresidencia Financiera.    

3. Coordinar y evaluar la elaboración de informes y  estudios financieros que faciliten a la Vicepresidencia Financiera y a las  demás dependencias de la Entidad, la toma de decisiones.    

4. Proponer estrategias para la administración del  personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

5. Propender por el cumplimiento de las políticas  definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos  bajo su responsabilidad.    

6. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

7. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

8. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 43. Gerencia de Tesorería. La Gerencia de  Tesorería tiene como misión maximizar la rentabilidad del portafolio, minimizar  el riesgo en las inversiones y generar ingresos financieros cumpliendo las  metas propuestas en el plan de negocios.    

Artículo 44. Funciones de la Gerencia de Tesorería. Son  funciones de la Gerencia de Tesorería:    

1. Desarrollar el proceso de Gestión de Recursos  Financieros a través de la planeación, organización, dirección y control de las  actividades propias de la dependencia.    

2. Dirigir, supervisar y evaluar, la ejecución y  resultados de los programas en materia de regulación de encaje, de  administración del portafolio de inversiones, administración de la liquidez y  emisión y suscripción de bonos y acciones, buscando maximizar la rentabilidad y  seguridad, en condiciones de mercado dado un nivel de riesgo previamente  definido por las diferentes instancias de decisión del Banco.    

3. Definir y supervisar la ejecución de las estrategias  que permitan optimizar los resultados en la administración del portafolio y en  la administración de la liquidez del Banco, que minimicen el riesgo en las  inversiones, para obtener mayor rentabilidad y seguridad en las operaciones, y  permitan alcanzar las metas definidas en el Plan Estratégico del Banco.    

4. Definir estrategias y procesos de negociación con  límites debidamente establecidos y controlables, para tomar posiciones que  contribuyan al mejoramiento del Estado de Pérdidas y Ganancias de la Entidad.    

5. Definir y supervisar la ejecución de estrategias que  permitan una adecuada diversificación del portafolio de inversiones mediante la  realización de operaciones en moneda legal o moneda extranjera en condiciones  de mercado.    

6. Dirigir y evaluar la estructuración y desarrollo de  nuevos productos financieros o sistemas de negociación en términos normativos,  financieros, operativos, de riesgos y contables que contribuyan a maximizar la  rentabilidad o minimizar los riesgos del portafolio, y coordinar su  implementación una vez sean aprobados por las instancias decisorias.    

7. Proponer estrategias para la administración del  personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

8. Velar  por la correcta aplicación de políticas y normas institucionales de Tesorería y  absolver las consultas de ellas derivadas.    

 9. Propender por el  cumplimiento de las políticas definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en  los procesos y procedimientos bajo su responsabilidad.    

10. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

11. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

12. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 45. Gerencia de Contabilidad e Impuestos. La  Gerencia de Contabilidad e Impuestos tiene como misión realizar la correcta  aplicación contable sobre los estados de resultados, aplicar los procesos  tributario acorde con las disposiciones legales vigentes y realizar los  reportes requeridos por los entes de control.    

Artículo 46. Funciones de la Gerencia de Contabilidad e  Impuestos. Son funciones de la Gerencia de Contabilidad e Impuestos:    

1. Desarrollar el proceso administrativo en el área  contable a través de la planeación, organización, dirección y control de las  actividades propias de la dependencia.    

2. Responder por la preparación, análisis, evaluación,  control y presentación oportuna de los estados financieros básicos y  complementarios del Banco que las autoridades fiscales y de control soliciten.    

3. Responder por las Declaraciones Tributarias del Banco  de acuerdo con los requerimientos de ley.    

4. Diseñar y dirigir los procesos contables del Banco,  observando las políticas y las disposiciones legales que regulan el objeto  social de la Entidad.    

5. Suministrar en forma oportuna, la información requerida  para la toma de decisiones financieras y de gestión administrativa.    

6. Diseñar y dirigir los procesos requeridos para el pago  de los impuestos correspondientes al Banco, de acuerdo con las disposiciones  vigentes sobre la materia.    

7. Supervisar que se desarrolle el control contable sobre  los componentes que participan en la producción contable, desde la parametrización de los diferentes módulos, pasando por las  funcionalidades de las pantallas de las terminales de caja, la selección de las  transacciones y causales que realizan las oficinas, la integralidad de las  cargas de los movimientos procesados, hasta llegar al resultado consolidado de  los Estados Financieros, para verificar la integridad de las cifras contables.    

8. Supervisar que se realicen los análisis técnicos  propios del ejercicio de la Contaduría Pública, que ratifiquen u objeten la  calidad de los resultados contables obtenidos, para ordenar los ajustes y  correcciones si es el caso.    

9. Supervisar la elaboración y presentación de las  declaraciones tributarias de la entidad, para cumplir con las disposiciones  legales sobre la materia.    

10. Coordinar el análisis de las cuentas que acumula la  contabilidad y acordar las medidas requeridas para su adecuada preparación y  presentación, con las dependencias de la Dirección General y las Gerencias  Regionales.    

11. Proponer estrategias para la administración del  personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

12. Propender por el cumplimiento de las políticas  definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos  bajo su responsabilidad.    

13. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

14. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

15. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 47. Vicepresidencia Ejecutiva de Medios. La  Vicepresidencia Ejecutiva de Medios orienta y canaliza la ejecución y control  de las políticas, estrategias y funciones de las Vicepresidencias Administrativa,  de Operaciones, de Tecnología y la Oficina de Control Disciplinario, con el fin  de proveer a las diferentes áreas del Banco los recursos necesarios para su  adecuada y efectiva operación, asegurando el correcto procesamiento de las  transacciones originadas de la operación bancaria. Con este fin, velará por  alcanzar y mantener un adecuado nivel tecnológico, que permita satisfacer las  necesidades de los servicios de tecnología tanto para los clientes internos,  como para los clientes externos del Banco. Dentro de su actuación, la  Vicepresidencia propenderá por la ejecución de medidas y acciones necesarias de  Control Disciplinario dispuestas por la ley.    

Artículo 48. Funciones de la Vicepresidencia Ejecutiva  de Medios. Son funciones de la Vicepresidencia Ejecutiva de Medios:    

1. Diseñar los planes y programas que debe desarrollar el  Banco acorde con su objeto social y las políticas del Gobierno Nacional en  materia de la gestión administrativa, operativa, tecnológica y de control  disciplinario.    

2. Orientar estratégicamente las políticas y procesos de  operación bancaria de su administración y de su gestión tecnológica.    

3. Generar políticas y estrategias para garantizar la  adecuada planeación, organización, dirección y control, así como el  aseguramiento que todas las transacciones originadas de la operación bancaria  se procesen según las políticas y normas vigentes tanto internas como de otras  entidades regulatorias.    

4. Generar las políticas y estrategias que permitan mantener  un nivel tecnológico, para que la Institución pueda ser competente en la  prestación de servicios a clientes internos y externos y que contribuya  eficientemente a la toma acertada de decisiones, para el cumplimiento de los  objetivos de la Entidad.    

5. Generar políticas y estrategias que garanticen la  infraestructura necesaria para contribuir en la ejecución y logro de resultados  del Plan Estratégico de las áreas a su cargo.    

6. Implementar mecanismos de interrelación entre las  vicepresidencias de operaciones, tecnología y administrativa, y con las demás  Vicepresidencias, para optimizar los recursos administrados por la operación  del Banco, respondiendo por el normal funcionamiento de la operación bancaria.    

7. Suministrar información oportuna y confiable a los  entes autorizados.    

8. Propender por la optimización de los procesos, por el  mejoramiento continuo, liderando los procesos de rediseño, implementación y  análisis de cargas de trabajo para garantizar el adecuado funcionamiento de la  Entidad.    

9. Dirigir, supervisar y evaluar la gestión de los  Vicepresidentes de Tecnología, de operaciones, Administrativo y la Oficina de  Control Disciplinario.    

10. Administrar a nivel nacional la operación de los  productos bancarios, así como los resultados a nivel operativo, tecnológico y  administrativo.    

11. Dirigir, coordinar, delegar y controlar los procesos  de gestión de administración del efectivo, transporte de valores,  administración de planta física, gestión logística y procesos de contratación.    

12. Dirigir, coordinar, delegar y controlar los procesos  de gestión de Bancos de Segundo Piso, programas especiales y convenios,  desembolsos y operaciones activas, operaciones pasivas e ingeniería de  procesos.    

13. Dirigir, coordinar, delegar y controlar los procesos  de gestión de infraestructura de TI, soluciones de TI, desarrollo de soluciones  de TI y gestión de servicios de TI.    

14. Propender por la adecuada relación, operación,  seguimiento y cumplimiento de los acuerdos de niveles de servicio de las operaciones  y programas relacionados con los Bancos de Segundo Piso.    

15. Coordinar a nivel Nacional la función y gestión  disciplinaria en el Banco.    

16. Proponer las políticas para la proyección de las  necesidades presupuestales para las Vicepresidencias de Operaciones, Tecnología  y Administrativa así como la de la Oficina de control disciplinario.    

17. Presentar para su estudio y aprobación el presupuesto  anual de la Vicepresidencia ejecutiva junto con sus dependencias que la  componen.    

18. Coordinar e identificar las mejores prácticas en los  procesos a su cargo y guiar su implementación garantizando la mejora continua.    

19. Dirigir la administración del personal de la  Vicepresidencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Vicepresidencia.    

20. Presentar los informes que le sean solicitados por el  Presidente sobre las actividades desarrolladas en su Vicepresidencia, dentro de  los términos establecidos.    

21. Atender oportuna y adecuadamente los requerimientos de  la Revisoría Fiscal y los presentados por las entidades de Control Externo e  impartir los correctivos sobre el particular.    

22. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

23. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo  49. Vicepresidencia de Operaciones. La Vicepresidencia de Operaciones  tiene como misión soportar la propuesta de valor del Banco, propendiendo por la   eficiencia y la calidad de sus procesos,  mantener la adecuada documentación de procesos y procedimientos, soportar  operativamente los convenios y los programas especiales de gobierno, asegurar  que se cumplan los requisitos necesarios para el desembolso, gestionar el  proceso para cumplir tiempos límite requeridos por el Banco, asegurar que se  cumplan las promesas de servicio con los Bancos de Segundo Piso y las entidades  garantes y redefinir e implementar procesos eficientes que contribuyan a  prestar servicios con alta calidad.    

Artículo 50. Funciones de la Vicepresidencia de  Operaciones. Son funciones de la Vicepresidencia de Operaciones:    

1. Orientar estratégicamente las políticas y procesos de  operación bancaria.    

2. Coordinar y asegurar que las transacciones operativas  bancarias, sean recibidas, procesadas y conciliadas diariamente.    

3. Proponer, coordinar y evaluar, mecanismos de control y  de seguimiento de las diferentes dependencias de la Vicepresidencia y con las  demás Vicepresidencias, para responder por el normal funcionamiento de la  operación bancaria.    

4. Suministrar información oportuna y confiable a los  entes autorizados que sea gestionada por la Vicepresidencia.    

5. Propender por el mejoramiento continuo de la operación,  buscando procesos eficientes y seguros.    

6. Evaluar e implementar la optimización de los procesos  operativos.    

7. Planear, organizar, dirigir y controlar los programas,  procesos, tareas, operaciones y actividades relacionadas con la prestación de  los servicios bancarios, con el fin de que se cuente en la Entidad con un procesamiento  que le permita una alta competitividad en el sector financiero, acorde con un  excelente servicio.    

8. Procesar oportunamente la información sobre las  operaciones bancarias de acuerdo con la normatividad y procedimientos  establecidos, verificando la calidad de la misma con el fin de facilitar la  toma de decisiones acertadas y cumpliendo con los niveles de servicio  establecidos.    

9. Dirigir, supervisar y evaluar la gestión de los Centros  de Operación Bancaria – COBS.    

10. Orientar, coordinar y supervisar el mejoramiento de la  prestación de los servicios bancarios, mediante la implementación de planes y  programas que permitan agilizar y asegurar las operaciones.    

11. Administrar a nivel nacional los productos bancarios y  verificar y controlar los resultados de los mismos.    

12. Responder y manejar en forma efectiva la información  referida a los Títulos Valores que sustentan las operaciones bancarias.    

13. Coordinar y controlar las distintas operaciones de  venta de Títulos, REPOS, Pactos de Recompra, Traspasos por endosos e  interbancarios, según la orden de trabajo producida por la Gerencia de  Tesorería.    

14. Planear, dirigir y controlar en coordinación con las  dependencias de la Entidad, la elaboración de estudios de cargas de trabajo  bajo un enfoque por procesos y proponer ajustes a la estructura organizacional  buscando la competitividad y optimización del modelo operativo que garantice el  cumplimiento de la estrategia definida por el Banco.    

15. Especificar los servicios externos que deban  contratarse para el soporte de la operación Bancaria y realizar la evaluación  técnica de los servicios a contratar en temas a su cargo.    

16. Responder por la gestión y el logro de los resultados  operativos de los Convenios suscritos por la Entidad y de los programas  especiales de acuerdo con los niveles de servicio definidos con el cliente y la  Vicepresidencia Comercial.    

17. Coordinar el seguimiento y evaluación de los proyectos  dirigidos por la Vicepresidencia con el fin de recomendar medidas de ajuste.    

18. Manejar y garantizar la efectividad de la relación y  cumplimiento de acuerdos de niveles de servicio con los Bancos de Segundo Piso.    

19. Orientar, coordinar y dirigir funcionalmente la elaboración  de diagnósticos y proyecciones referentes a la actividad Operativa, responder y  mantener permanente contacto con todas las dependencias para estudios de  productividad y cargas de trabajo bajo el enfoque por procesos.    

20. Establecer las directrices y propender por la adecuada  contabilización de las operaciones bancarias.    

21. Dirigir la administración del personal de la  Vicepresidencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos dictados por la Vicepresidencia de Gestión Humana en  materia de evaluación, capacitación, desarrollo del recurso humano.    

22. Propender por el cumplimiento de las políticas  definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos  bajo su responsabilidad.    

23. Coordinar e identificar las mejores prácticas en los  procesos a su cargo y guiar su implementación garantizando la mejora continua.    

24. Presentar oportunamente los informes que le sean  solicitados por el Presidente sobre las actividades desarrolladas en su  Vicepresidencia.    

25. Atender oportuna y adecuadamente los requerimientos de  la Revisoría Fiscal y los presentados por las entidades de Control Externo e  impartir los correctivos sobre el particular.    

26. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

27. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 51. Gerencia de Programas Especiales. La  Gerencia de Programas Especiales tiene como misión propender porque los  resultados de la operación de Programas Especiales, cumplan con los objetivos  de calidad y tiempos de respuesta fijados para cada proceso, en consideración a  las estrategias del plan de negocios establecido por la Dirección del Banco,  permitiendo a la institución un alto nivel competitivo en el sector y mejorar  la calidad del servicio.    

Artículo 52. Funciones de la Gerencia de Programas Especiales.  Son funciones de la Gerencia de Programas Especiales:    

1. Coordinar, supervisar y evaluar las responsabilidades  de su competencia, de acuerdo con las directrices impartidas por la  Vicepresidencia, para la ejecución efectiva de los programas adoptados por el  Banco.    

2. Planear y controlar los procesos de programas  especiales con las áreas adscritas a la Gerencia y los Centros de Operación  Bancaria.    

3. Propender porque los resultados de los procesos  generados de las operaciones de convenios se cumplan dentro de los tiempos  definidos por el Banco.    

4. Monitorear los procesos de operaciones de convenios que  se atienden desde las Regionales y oficinas, identificando deficiencias y  propendiendo por el cumplimiento de los estándares definidos por el Banco.    

5. Coordinar las actividades que realizan los funcionarios  que administran operativamente los módulos del sistema correspondiente, para  garantizar el óptimo funcionamiento de los mismos.    

6. Propender por que los aplicativos utilizados en el área  están funcionando correctamente según las necesidades de la misma y cumpliendo  con las normas legales establecidas para el manejo de los productos  administrados.    

7. Propender por que los procedimientos y aplicaciones  funcionan correctamente, cumplen con las normas y políticas del Banco y con las  necesidades del área, de las dependencias y de las oficinas.    

8. Cumplir con los criterios definidos en la realización  de pruebas sobre las nuevas funcionalidades o ajustes al sistema.    

9. Brindar soportes operativos y funcionales de los  productos pasivos e inversiones administrados por el área.    

10. Propender por que las falencias detectadas por los  entes de control internos y externos sean superadas.    

11. Responder oportunamente a los requerimientos efectuados  por las áreas y oficinas del Banco, clientes y entes de control internos y  externos.    

12. Coordinar que el soporte que requieren las áreas y  oficinas se brinde en forma eficiente y oportuna.    

13. Asignar, de acuerdo con la naturaleza de los cargos,  las actividades y tareas específicas para el desarrollo efectivo y oportuno de  los diferentes procesos, procedimientos y trámites ejecutados en el área.    

14. Ejercer la supervisión de los contratos de servicios  (Outsourcing) que le asigne el Banco para su control, tendiendo a obtener los  resultados y calidades requeridos en la contratación.    

15. Planificar y asignar las actividades del grupo a su  cargo tendientes a mantener actualizados y aprobados los manuales de procesos y  procedimientos del área.    

16. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

17. Administrar los riesgos inherentes a los procesos de  operación bancaria.    

18.  Proponer estrategias para la administración del personal de la gerencia y  ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las políticas y procedimientos  definidos por el Banco en materia de evaluación, capacitación, desarrollo del  recurso  humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

19. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

20. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

21. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los estatutos,  los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la  dependencia.    

Artículo 53. Gerencia de Productos Pasivos. La  Gerencia de Productos Pasivos tiene como misión propender por que los  resultados de la operación de productos pasivos cumpla con los objetivos de  calidad y tiempos de respuesta fijados para cada proceso, en consideración a  las estrategias del plan de negocios establecido por la Dirección del Banco, permitiendo  a la institución un alto nivel competitivo en el sector.    

Artículo 54. Funciones de la Gerencia de Productos  Pasivos. Son funciones de la Gerencia de Productos Pasivos:    

1. Coordinar, supervisar y evaluar las responsabilidades  de su competencia, de acuerdo con las directrices impartidas por la  Vicepresidencia, para la ejecución efectiva de los programas adoptados por el  Banco.    

2. Planear, dirigir y controlar los procesos de las áreas  adscritas a la Gerencia y de los COB.    

3. Cumplir con los tiempos definidos por el Banco para los  procesos generados de las operaciones pasivas e inversiones.    

4. Monitorear los procesos de operaciones pasivas,  Inversiones y Canales que se atienden desde las Regionales y oficinas,  identificando deficiencias y propendiendo el cumplimiento de los estándares  definidos por el Banco.    

5. Administrar la operación de los productos bancarios  pasivos de cuentas corrientes, ahorros, giros, plazo fijo, cheques de gerencia,  depósitos especiales, entre otros.    

6. Administrar la plataforma de las oficinas que operan  fuera de línea, rechazos operativos.    

7. Coordinar las actividades que realizan los funcionarios  que administran operativamente los módulos del sistema correspondiente, para  garantizar su óptimo funcionamiento.    

8. Propender por que los aplicativos utilizados en el área  están funcionando correctamente según las necesidades de la misma y cumpliendo  con las normas legales establecidas para el manejo de los productos  administrados.    

9. Propender por que los procedimientos y aplicaciones  funcionan correctamente, cumplen con las normas y políticas del Banco y con las  necesidades del área, de las dependencias y de las oficinas.    

10. Cumplir con los criterios definidos para la  realización de pruebas sobre las nuevas funcionalidades o ajustes al sistema.    

11. Brindar soportes operativos y funcionales de los  productos pasivos e inversiones administrados por el área.    

12. Obtener la información requerida que permita analizar  los recursos de liquidez que posee la Entidad.    

13. Coordinar el cruce efectivo de información proveniente  de los depósitos de valores.    

14. Garantizar que las falencias detectadas por los entes  de control internos y externos sean superadas.    

15. Responder oportunamente a los requerimientos  efectuados por las áreas y oficinas del Banco, clientes y entes de control  internos y externos.    

16. Coordinar que el soporte que requieren las áreas y  oficinas se brinde en forma eficiente y oportuna.    

17. Asignar, de acuerdo con la naturaleza de los cargos,  las actividades y tareas específicas para el desarrollo efectivo y oportuno de  los diferentes procesos, procedimientos y trámites ejecutados en el área.    

18. Ejercer la supervisión de los contratos de servicios  (Outsourcing) que le asigne el Banco para su control, tendiendo a obtener los  resultados y calidades requeridos en la contratación.    

19. Planificar y asignar las actividades del grupo a su  cargo tendientes a mantener actualizados y aprobados los manuales de procesos y  procedimientos del área.    

20. Administrar los riesgos inherentes a los procesos de  operación bancaria.    

21. Prestar soporte operativo efectivo en todos los  procesos ejecutados por la red de oficinas a través de los centros de operación  bancaria.    

22. Proponer estrategias para la administración del  personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

23. Propender por el cumplimiento de las políticas  definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos  bajo su responsabilidad.    

24. Identificar mejores prácticas en los procesos a su cargo  y guiar su implementación.    

25. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

26. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los estatutos,  los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la  dependencia.    

Artículo 55. Gerencia de Bancos de Segundo Piso. La  Gerencia de Bancos de Segundo Piso es la dependencia encargada de orientar y  gestionar mecanismos de control permanente que aseguren el cumplimiento de los  procesos y procedimientos eficientemente definidos para el Banco y los Bancos  de Segundo Piso, para garantizar la adecuada prestación de productos y  servicios bancarios.    

Artículo 56. Funciones de la Gerencia de Bancos de  Segundo Piso. Son funciones de la Gerencia de Bancos de Segundo Piso:    

1. Coordinar, supervisar y evaluar las responsabilidades  de su competencia, de acuerdo con las directrices impartidas por la  Vicepresidencia, para la ejecución efectiva de los programas adoptados por el  Banco.    

2. Realizar las operaciones de redescuento de acuerdo con  las políticas, procedimientos y normas acordados con los Bancos de Segundo  Piso.    

3. Propender por que los resultados de los procesos  generados de las operaciones de banca de segundo piso, se cumplan dentro de los  tiempos definidos por el Banco y los acuerdos de niveles de servicio con los  Bancos de Segundo Piso.    

4. Coordinar la implementación de programas especiales con  los Bancos de Segundo Piso, previo a la salida a producción para garantizar al  interior del Banco el adecuado soporte operativo para su implementación.    

5. Monitorear los procesos de garantías especiales e  Incentivo Capitalización Rural se atienden, identificando deficiencias y propendiendo  el cumplimiento de los estándares definidos por el Banco y las normas  establecidas.    

6. Propender por que los aplicativos utilizados en el área  están funcionando correctamente según las necesidades de la misma y cumpliendo  con las normas legales establecidas para el manejo de los productos  administrados.    

7. Brindar soporte operativo y funcional de las  operaciones con Bancos de Segundo Piso.    

8. Garantizar que las falencias detectadas por los entes  de control internos y externos sean superadas y exista cultura de mejoramiento  continuo.    

9. Responder oportunamente a los requerimientos efectuados  por las áreas y oficinas del Banco, clientes y entes de control internos y  externos.    

10. Coordinar que el soporte que requieren las áreas y  oficinas se brinde en forma eficiente y oportuna.    

11. Asignar, de acuerdo con la naturaleza de los cargos,  las actividades y tareas específicas para el desarrollo efectivo y oportuno de  los diferentes procesos, procedimientos y trámites ejecutados en el área.    

12. Ejercer la supervisión de los contratos de servicios  (Outsourcing) que le asigne el Banco para su control, tendiendo a obtener los  resultados y calidades requeridos en la contratación.    

13. Planificar y asignar las actividades del grupo a su  cargo tendientes a mantener actualizados y aprobados los manuales de procesos y  procedimientos del área.    

14. Administrar los riesgos inherentes a los procesos de  operación bancaria.    

15. Propender por que los procedimientos y aplicaciones  funcionan correctamente, cumplen con las normas y políticas del Banco y con las  necesidades del área, de las dependencias y de las oficinas.    

16. Cumplir con los criterios definidos para la  realización de pruebas sobre las nuevas funcionalidades o ajustes al sistema.    

17. Proponer  estrategias para la administración del personal de la gerencia y ejecutar,  ordenar y verificar el cumplimiento de las políticas y procedimientos definidos  por el Banco en materia de evaluación, capacitación, desarrollo del recurso  humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

18. Propender por el cumplimiento de las políticas  definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos  bajo su responsabilidad.    

19. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

20. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

21. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 57. Gerencia Central de Desembolsos y Activas.  La Gerencia Central de Desembolsos y Activas es la dependencia encargada de  cumplir con calidad y tiempos de respuesta oportunos en los resultados de las  operaciones de desembolso y activas, en consideración a las estrategias del  plan de negocios establecido por la Dirección del Banco, permitiendo a la  institución un alto nivel competitivo en el sector.    

Artículo 58. Funciones de la Gerencia Central de  Desembolsos y Activas. Son funciones de la Gerencia Central de Desembolsos  y Activas:    

1. Coordinar, supervisar y evaluar las responsabilidades  de su competencia, de acuerdo con las directrices impartidas por la Vicepresidencia,  para la ejecución efectiva de los programas adoptados por el Banco.    

2. Cumplir con los tiempos definidos por el Banco en los  resultados de los procesos generados por la central de desembolsos.    

3. Coordinar las actividades que realizan los funcionarios  que administran operativamente los módulos del sistema correspondientes, para  propender por el óptimo funcionamiento de los mismos.    

4. Propender por que los aplicativos utilizados en el área  funcionen correctamente según las necesidades de la misma y cumplan con las  normas legales establecidas para el manejo de los productos administrados.    

5. Administrar correcta y efectivamente la custodia de  garantías.    

6. Administrar correctamente el módulo de cartera  operativa, al igual que los procesos operativos que se relacionen.    

7. Propender porque los procedimientos y aplicaciones  funcionan correctamente, cumplen con las normas y políticas del Banco y con las  necesidades del área, de las dependencias y de las oficinas.    

8. Cumplir con los criterios definidos para la realización  de pruebas sobre las nuevas funcionalidades o ajustes al sistema.    

9. Brindar a los usuarios soporte operativo y funcional  sobre las operaciones de la central de desembolsos de acuerdo a los tiempos  definidos.    

10. Coordinar con los centros de operación bancaria la  ejecución de los procesos que se realizan en el módulo de cartera desde las  regionales.    

11. Propender por que las falencias detectadas por los  entes de control internos y externos sean superadas.    

12. Responder oportunamente a los requerimientos  efectuados por las áreas y oficinas del Banco, clientes y entes de control  internos y externos.    

13. Coordinar que el soporte que requieren las áreas y  oficinas se brinde en forma eficiente y oportuna.    

14. Asignar de acuerdo con la naturaleza de los cargos,  las actividades y tareas específicas para el desarrollo efectivo y oportuno de  los diferentes procesos, procedimientos y trámites ejecutados en el área.    

15. Ejercer la supervisión de los contratos de servicios  (Outsourcing) que le asigne el Banco para su control, tendiendo a obtener los  resultados y calidades requeridos en la contratación.    

16. Planificar y asignar las actividades del grupo a su  cargo tendientes a mantener actualizados y aprobados los manuales de procesos y  procedimientos del área.    

17. Administrar los riesgos inherentes a los procesos de  operación bancaria.    

18. Proponer estrategias para la administración del  personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

19. Propender por el cumplimiento de las políticas  definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos  bajo su responsabilidad.    

20. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

21. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

22. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 59. Gerencia de Ingeniería de Procesos. La  Gerencia de Ingeniería de Procesos es la dependencia encargada de promover la  estructuración, rediseño y mejoramiento continuo de los procesos y  procedimientos del Banco, para que las áreas ejecutoras y dueñas de procesos,  puedan generar valor agregado adicional a los mismos. Así mismo, medir  técnicamente las cargas de trabajo de la estructura del Banco, bajo el enfoque  por procesos.    

Artículo 60. Funciones de la Gerencia de Ingeniería de  Procesos. Son funciones de la Gerencia de Ingeniería de Procesos:    

1. Orientar estratégicamente las políticas y procesos de  la operación bancaria.    

2. Suministrar información oportuna y confiable a los  entes autorizados, relacionada con la administración del proceso de la Mejora  Continua.    

3. Propender por el mejoramiento continuo de la operación,  buscando procesos eficientes y seguros.    

4. Planear, organizar, dirigir y controlar los programas,  procesos, tareas y actividades relacionadas con el rediseño de procesos, con el  fin de propender por la calidad y productividad de los procesos que le permitan  al Banco alta competitividad en el sector financiero, acorde con un excelente  servicio.    

5. Evaluar e implementar la optimización de los procesos  operativos.    

6. Orientar, coordinar y supervisar el mejoramiento de la  prestación de los servicios bancarios, mediante la implementación de planes y  programas que permitan agilizar y asegurar las operaciones.    

7. Planear, dirigir y controlar, en coordinación con las  dependencias de la Entidad, la elaboración de estudios sobre procesos y  estructura organizacional, empleando metodologías acordes con los avances  tecnológicos.    

8. Orientar, coordinar y dirigir funcionalmente la  elaboración de diagnósticos y proyecciones referentes a la actividad Operativa.    

9. Analizar y conceptuar bajo un enfoque de procesos la  asignación, actualización y habilitación de nuevos roles a funcionarios en el  sistema.    

10. Responder y mantener permanente contacto con todas las  dependencias para estudios de Calidad y Servicio de la Entidad.    

11. Monitorear constantemente los indicadores de gestión  de los procesos.    

12. Orientar, dirigir y diseñar las responsabilidades de  la planta de cargos y actualización de la estructura organizacional, basados en  los procesos del Banco.    

13. Coordinar y supervisar al interior del Banco, que toda  la normatividad cumpla con la formalización, divulgación y documentación de los  procesos y procedimientos, así como el aseguramiento de que la reglamentación  cumpla con los estándares de calidad y mejora continua.    

14. Controlar y hacer seguimiento a los Indicadores de  Eficiencia, Eficacia y Efectividad de los procesos.    

15. Proponer estrategias para la administración del  personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las políticas  y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación, capacitación,  desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción, contratación y  traslado del personal de su Gerencia.    

16. Propender por el cumplimiento de las políticas  definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos  bajo su responsabilidad.    

17. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

18. Responder por la utilización racional y efectiva del presupuesto  asignado a la dependencia.    

19. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo  61. Vicepresidencia de Tecnología de la Información. La Vicepresidencia  de Tecnología de la Información es la dependencia encargada de proveer al Banco  de la tecnología e información óptima para la prestación de sus servicios y  agilidad y seguridad en sus procesos y operaciones; proveer a todos los usuarios  la información procesada en medios electrónicos en forma ágil y oportuna;  planear y ejecutar los desarrollos en aplicativos de acuerdo con los  requerimientos de los  usuarios; planear y  controlar la capacidad necesaria para la adecuada operación del Banco;  administrar la plataforma tecnológica del Banco, y generar oferta de servicio  mediante el liderazgo en la implementación de nuevas soluciones que contribuyan  a cumplir los planes estratégicos del Banco.    

Artículo 62. Funciones de la Vicepresidencia de  Tecnología de la Información. Son funciones de la Vicepresidencia de  Tecnología de la Información:    

1. Proponer las políticas, estrategias y programas sobre  los temas de tecnología de información que se requieran implementar en el Banco  para el logro efectivo de sus propósitos.    

2. Proponer, coordinar y evaluar, mecanismos de  coordinación entre las diferentes dependencias de la Vicepresidencia de  Tecnología de la Información y con las demás Vicepresidencias, para responder  por la efectiva utilización de la tecnología de información.    

3. Realizar las acciones requeridas, en tecnología  informática, para el desarrollo de nuevos productos y servicios, en  coordinación con la Vicepresidencia Comercial.    

4. Orientar mecanismos de control permanente que faciliten  la aplicación de medidas que impidan que la Entidad sea utilizada en  actividades de lavado de activos.    

5. Identificar y garantizar mecanismos preventivos y  correctivos en el campo de la seguridad informática.    

6. Coordinar e identificar las mejores prácticas en los  procesos a su cargo y guiar su implementación garantizando la mejora continua.    

7. Dirigir la administración del personal de la  Vicepresidencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Vicepresidencia.    

8. Propender por el cumplimiento de las políticas  definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos  bajo su responsabilidad.    

9. Presentar oportunamente los informes que le sean  solicitados por el Presidente sobre las actividades desarrolladas en su  Vicepresidencia.    

10. Atender oportuna y adecuadamente los requerimientos de  la Revisoría Fiscal y los presentados por las entidades de Control Externo e  impartir los correctivos sobre el particular.    

11. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

12. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 63. Gerencia de Soluciones de Tecnologías de  Información. La Gerencia de Soluciones de Tecnologías de Información tiene  por objeto definir e implementar las estrategias y planes para atender la  demanda de software en el Banco, con el propósito de garantizar una apropiada  prestación del servicio, generar requerimientos y certificar desarrollos de calidad  que estén acordes con las necesidades y especificaciones de las áreas usuarias.    

Artículo 64. Funciones de la Gerencia de Soluciones de  Tecnologías de Información. Son funciones de la Gerencia de Soluciones de  Tecnologías de Información:    

1. Diseñar la estrategia para atender la demanda de  software, que presenten las diferentes áreas del Banco, implementarla y  controlar su cumplimiento en aras de apoyar los objetivos estratégicos y  tácticos de la Entidad.    

2. Participar en el diseño de la plataforma tecnológica de  la Entidad, involucrada en el Plan Estratégico Global, que proporcione al Banco  y sus clientes, información confiable y oportuna, que agilice sus operaciones y  facilite la toma de decisiones, para el cumplimiento de los objetivos de la Entidad.    

3. Planificar, en coordinación con las demás áreas de la  Vicepresidencia y áreas Usuarias, la capacidad para atender la demanda de  software y de su mantenimiento.    

4. Realizar desarrollos controlados y seguros de las  aplicaciones, definiendo parámetros necesarios en la elaboración de  especificaciones funcionales y pruebas de aplicativos, como fases previas a su  entrada en producción.    

5. Contribuir a la modernización de la Entidad,  participando activamente en el diseño de sistemas que mejoren la eficiencia y  efectividad de los procesos, orientando a la Institución hacia el mejor uso de  los recursos tecnológicos y de las herramientas de computación con que cuenta.    

6. Dirigir y controlar las intervenciones del área, en  materia del software que soporta los procesos del Banco, con la finalidad de  evaluar el impacto del cambio, en lo referente a recursos disponibles y  necesarios, que garanticen las implementaciones dentro de parámetros de  racionalidad y rentabilidad.    

7. Adelantar proyectos, junto con las dependencias de la  Vicepresidencia de Tecnología, tendientes a la búsqueda de innovaciones  tecnológicas de los diferentes productos y servicios de la Entidad.    

8. Supervisar y controlar que las actividades planificadas  se desarrollen oportunamente y con la calidad requerida, con el fin de  garantizar que los procesos por modernizar y mejorar tengan el resultado  esperado.    

9. Coordinar y controlar el proceso de Gestión de la  Demanda de software y del proceso de pruebas del mismo, con el objeto de cumplir  los planes y compromisos.    

10. Detectar requerimientos de automatización que se  generen por la implementación de cambios, con la finalidad de tramitar su  ejecución y garantizar la implementación efectiva de los mismos.    

11. Supervisar la preparación de especificaciones  funcionales, velando porque se ajusten a las metodologías aprobadas al interior  del Banco y que efectivamente respondan a las necesidades del Usuario.    

12. Supervisar el diseño y ejecución de pruebas del  software, con el fin de garantizar la operatividad eficiente y controlada al  instalarla en producción.    

13. Propender porque la organización utilice al máximo los  aplicativos y las herramientas tecnológicas con que cuenta.    

14. Ayudar a las áreas Usuarias a construir el presupuesto  en materia de software que cada una de ellas requiere como dueñas de procesos.    

15. Coordinar los procesos y las actividades a cargo de la  Gerencia, garantizando la prestación de los servicios comprometidos con las  áreas usuarias.    

16. Propender por el cumplimiento de las políticas  definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos  bajo su responsabilidad.    

17. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

18. Administrar el Recurso Humano asignado a la Gerencia a  su cargo, en lo concerniente al cumplimiento de las políticas de Recursos  Humanos, en materia de selección, contratación, capacitación, evaluación y  desarrollo, con el fin de mantener el clima organizacional apropiado.    

19. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

20. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 65. Gerencia de Gestión del Servicio de  Tecnologías de Información. La Gerencia de Gestión del Servicio de  Tecnologías de Información es la encargada de definir e implementar estrategias  de soporte y monitoreo de servicios a usuarios para garantizar una apropiada  prestación y disponibilidad de los servicios de Tecnologías de Información y de  Comunicaciones (TIC) para que el Banco tenga disponibles los servicios y pueda  atender oportuna y eficazmente a los clientes externos.    

Artículo 66. Funciones de la Gerencia de Gestión del  Servicio de Tecnologías de Información. Son funciones de la Gerencia de  Gestión del Servicio de Tecnologías de Información:    

1. Diseñar estrategias de atención de solicitudes de  usuarios, para brindar oportuna solución a los requerimientos.    

2. Cumplir con los estándares de calidad de servicio y los  tiempos definidos en la gestión que se realiza a través de las mesas de  servicio (soporte técnico, soporte oficinas en línea, soporte a usuarios, entre  otros).    

3. Participar en el diseño de procesos y procedimientos  que proporcionen al cliente interno, información confiable y oportuna, que  agilice la solución a sus solicitudes.    

4. Planificar la capacidad para atender la demanda de  requerimientos.    

5. Generar indicadores que les permitan, tanto a la  Vicepresidencia de Tecnología como a los usuarios, tomar decisiones sobre la  atención de requerimientos.    

6. Brindar soporte de primer nivel a las peticiones de los  usuarios.    

7. Gestionar la continuidad de los servicios de Tecnología  de información y los planes de contingencia respectivos.    

8. Supervisar y controlar que las actividades planificadas  se desarrollen oportunamente y con la calidad requerida, con el fin de  garantizar que los procesos tengan el resultado esperado.    

9. Gestionar y controlar el proceso de seguridad de acceso  a los servicios de Tecnología de información.    

10.  Coordinar los procesos y las actividades a cargo de la Gerencia, garantizando la  prestación de los servicios comprometidos con las áreas usuarias.    

11. Elaborar, obtener aprobación y controlar  el presupuesto de funcionamiento de la Gerencia.    

12. Proponer estrategias para la  administración del personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el  cumplimiento de las políticas y procedimientos definidos por el Banco en  materia de evaluación, capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la  selección, promoción, contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

13. Propender por el cumplimiento de las  políticas definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y  procedimientos bajo su responsabilidad.    

14. Identificar mejores prácticas en los  procesos a su cargo y guiar su implementación.    

15. Responder por la utilización racional y  efectiva del presupuesto asignado a la dependencia.    

16. Ejercer las demás funciones que señalen la  ley, los estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la  naturaleza de la dependencia.    

Artículo 67. Gerencia de Desarrollo de  Soluciones de Tecnologías de Información. La Gerencia de Desarrollo de  Soluciones de Tecnologías de Información es la dependencia encargada de diseñar  e implementar estrategias para el funcionamiento y actualización eficaz y  eficiente de la arquitectura aplicativa y de datos del Banco, a través de  desarrollos de calidad que mantengan al Banco Agrario de Colombia competitivo  dentro del marco tecnológico del mercado y que garantice la satisfacción,  maximizando la experiencia de atención a sus clientes.    

Artículo 68. Funciones de la Gerencia de  Desarrollo de Soluciones de Tecnologías de Información. Son funciones de la  Gerencia de Desarrollo de Soluciones de Tecnologías de Información:    

1. Diseñar y responder por la arquitectura  aplicativa y de datos del Banco.    

2. Proveer soluciones de Tecnología de  información oportunas y eficientes, acordes con las necesidades del negocio.    

3. Participar en la planificación e  implementación de soluciones tecnológicas del Banco, controlando la aplicación  de los recursos necesarios para tal efecto.    

4. Diseñar programas de adquisición de  software de acuerdo con los requerimientos de las diferentes dependencias, de  tal forma que les permita desarrollar efectivamente sus responsabilidades.    

5. Asesorar en la formulación de políticas  generales de la Institución, en lo relacionado con el desarrollo e implantación  de nuevos sistemas y automatización de procesos.    

6. Controlar que la aplicación de las  soluciones tecnológicas en el Banco permita la realización efectiva de las  operaciones bancarias y financieras requeridas por la Entidad.    

7. Definir, proponer, evaluar y conceptuar los  requerimientos para la selección de las soluciones de sistemas que el Banco  debe implementar de acuerdo con las directrices de la Vicepresidencia de  Tecnología.    

8. Participar en los procesos de evaluación y  selección de la solución tecnológica que se adecue a las necesidades del Banco,  de acuerdo con las políticas que la Vicepresidencia de Tecnología haya definido  para tal efecto.    

9. Coordinar la implementación y montaje de  soluciones de software adquiridas por el Banco y nuevas funcionalidades en el  sistema integrado bancario, canales electrónicos y otros sistemas existentes en  el Banco.    

10. Formular los requerimientos técnicos de  los desarrollos automatizados.    

11. Participar en el proceso mejoramiento de  la Gestión de la Demanda Informática del Banco, metodología de pruebas e  implementación de mejores prácticas.    

12. Apoyar a los usuarios en la definición de  los procedimientos del nuevo software que se ponga en producción.    

13. Liderar y coordinar el equipo humano del  área y propender por su desarrollo personal y profesional.    

14. Elaborar, obtener aprobación y controlar  el presupuesto de Gastos e Inversiones en Tecnología respecto a las  responsabilidades de la Gerencia.    

15. Velar por el estricto cumplimiento de los  contratos de servicios, mantenimiento y actualización de las respectivas  pólizas de cumplimiento.    

16. Dirigir el estudio, diseño y elaboración  de términos de referencia, pliegos de condiciones para el desarrollo de  sistemas con empresas externas.    

17. Proponer estrategias para la  administración del personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el  cumplimiento de las políticas y procedimientos definidos por el Banco en  materia de evaluación, capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la  selección, promoción, contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

18. Propender por el cumplimiento de las  políticas definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y  procedimientos bajo su responsabilidad.    

19. Identificar mejores prácticas en los  procesos a su cargo y guiar su implementación.    

20. Responder por la utilización racional y  efectiva del presupuesto asignado a la dependencia.    

21. Ejercer las demás funciones que señalen la  ley, los estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la  naturaleza de la dependencia.    

Artículo 69. Gerencia de Infraestructura de  Tecnologías de Información. La Gerencia de Infraestructura de Tecnologías  de Información es la dependencia encargada de implementar estrategias que  propendan por el apropiado funcionamiento de la infraestructura, la protección  de los datos y sus plataformas, el procesamiento eficaz y eficiente de la  información a través de la actualización y el soporte eficaz y eficiente de la  arquitectura de infraestructura del Banco, para que las áreas prestadoras de  servicio atiendan oportuna y eficazmente a usuarios finales y a los clientes  externos.    

Artículo 70. Funciones de la Gerencia de  Infraestructura de Tecnologías de Información. Son funciones de la Gerencia  de Infraestructura de Tecnologías de Información:    

1. Planear, dirigir y controlar disponibilidad  de la Red de la Entidad y el correcto funcionamiento de Sistemas en Línea,  Redes Nacionales o redes con entidades con las cuales se efectúe intercambio de  información o prestación de servicios.    

2. Diseñar y evaluar la nueva arquitectura  tecnológica del Banco, relacionada con sistemas de base, redes locales y  comunicaciones, atendiendo las políticas y directrices establecidas para tal  efecto por los órganos Directivos de la Entidad.    

3. Planear, dirigir y controlar la  actualización de los estándares de la Entidad para la adquisición del hardware  y del software genérico para su distribución y control.    

4. Efectuar evaluación periódica de los  niveles de control y seguridades y fortalecerlos para garantizar el  funcionamiento de la Plataforma Tecnológica.    

5. Proveer a los usuarios, la información  procesada por medios electrónicos, en forma ágil, oportuna y confiable, bajo  estrictos estándares de control y seguridad y atendiendo las disposiciones  reglamentarias sobre la materia.    

6. Planear, dirigir y controlar el  procesamiento centralizado de la información.    

7. Procesar oportunamente la información  incluso en casos fortuitos o de fuerza mayor y responder por este procesamiento  cuando la situación requiera aplicarlo.    

8. Planear, dirigir y controlar la  actualización tecnológica, la optimización y seguridad en la administración de  los sistemas de información operativos basados en archivos o bases de datos,  entre otros.    

9. Hacer seguimiento a los contratos de  outsourcing de sistemas y tecnología que el Banco suscriba y controlar los  acuerdos de niveles de servicio.    

10. Controlar y responder por el estricto  cumplimiento técnico de los contratos de adquisición, servicios y mantenimiento  de hardware y software, de acuerdo con las normas establecidas en el Banco  sobre la materia y atendiendo los requerimientos de operatividad de la Entidad.    

11. Participar en el diseño y mantenimiento de  la plataforma tecnológica del Banco, que proporcione a la Entidad y a sus  clientes, la información oportuna que agilice sus operaciones y requerimientos  y facilite la toma de decisiones para el cumplimiento efectivo de los objetivos  trazados.    

12. Planear, dirigir y controlar los proyectos  de tecnología que se requieran para el efectivo desarrollo, actualización y  mantenimiento de los sistemas y aplicaciones de las diferentes dependencias de  la Entidad y prestarles la asesoría requerida.    

13. Investigar y evaluar el desarrollo de  tecnologías de punta, con el fin de diseñar e implementar soluciones  automatizadas, aplicables para el Banco, que disminuyan los tiempos de proceso  y los costos en el manejo de información de la Entidad.    

14. Proporcionar los equipos de cómputo  requeridos para la normal operación del Banco, de acuerdo con la planeación y  el presupuesto aprobado.    

15. Proponer estrategias para la  administración del personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el  cumplimiento de las políticas y procedimientos definidos por el Banco en  materia de evaluación, capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la  selección, promoción, contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

16. Propender por el cumplimiento de las políticas definidas por  la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos bajo su responsabilidad.    

 17. Identificar  mejores prácticas en los procesos a su cargo y guiar su implementación.    

18. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

19. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 71. Vicepresidencia Administrativa. La  Vicepresidencia Administrativa es la dependencia encargada de administrar la  gestión logística y documental, coordinar las actividades de adquisición de  pólizas de seguros, velar por la seguridad institucional y coordinar las  actividades relacionadas con el proceso de contratación del Banco y administrar  los activos fijos, mediante la implementación de procedimientos simples y  estandarizados con un enfoque de servicio a las áreas.    

Artículo 72. Funciones de la Vicepresidencia  Administrativa. Son funciones de la Vicepresidencia Administrativa:    

1. Asesorar a la Junta Directiva, a la Presidencia y demás  órganos de Dirección Administrativa del Banco, en asuntos administrativos.    

2. Proponer y desarrollar políticas y estrategias que  garanticen una baja estructura de gastos dentro de los estándares de calidad,  oportunidad y servicio.    

3. Dirigir y orientar el proceso de contratación del  Banco, de acuerdo con lo dispuesto en el manual de contratación de la entidad y  en las normas vigentes sobre la materia.    

4. Proponer y desarrollar políticas en materia de  adecuaciones y administración de bienes inmuebles y normalización de activos y  velar por la aplicación correcta de las políticas aprobadas por la Junta  Directiva y la Presidencia del Banco.    

5. Definir políticas relacionadas con el suministro de  útiles y elementos de oficina.    

6. Diseñar conjuntamente con la Vicepresidencia de  Operaciones, las políticas y estrategias para la asignación y recolección de  numerario y valores en las oficinas del Banco, velando por la minimización del  riesgo y por la rentabilidad.    

7. Velar por la protección de los bienes propios e  intereses patrimoniales del Banco.    

8. Orientar las políticas y el desarrollo de los planes y  programas de Seguridad Bancaria.    

9. Velar por que se adopten e implementen las acciones  tendientes a la organización de la gestión documental en el Banco de acuerdo  con lo determinado por las normas del Archivo General de la Nación y demás  reglamentaciones sobre la materia.    

10. Propender por la aplicación de los mecanismos de  control que impidan que la Entidad sea utilizada en actividades de lavado de  activos.    

11. Diseñar la política y proponer estrategias que  establezcan un control en el proceso de transporte de numerario, en  coordinación con la Gerencia de productos pasivos.    

12. Velar por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

13. Dirigir la administración del personal de la  Vicepresidencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos dictados por la Presidencia y la Vicepresidencia de  Gestión Humana en materia de evaluación, capacitación, desarrollo del recurso  humano. Proponer la selección, promoción, contratación y traslado del personal  de su Vicepresidencia.    

14. Velar por el cumplimiento de las reglamentaciones  internas y la efectividad de los controles administrativos, en la ejecución de  las actividades de la Vicepresidencia.    

15. Atender oportuna y adecuadamente los requerimientos de  la Revisoría Fiscal y los presentados por las entidades de Control Externo e  impartir los correctivos sobre el particular.    

16. Propender por el cumplimiento de las políticas  definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos  bajo su responsabilidad.    

17. Coordinar la ejecución e implementación de las  recomendaciones realizadas por la oficina de control interno, estudios técnicos  de cargas de trabajo y recomendaciones de la gerencia de ingeniería de procesos  en la evaluación de procesos y procedimientos.    

18. Coordinar e identificar las mejores prácticas en los  procesos a su cargo y guiar su implementación garantizando la mejora continua.    

19. Dirigir la administración del personal de la gerencia  y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las políticas y  procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación, capacitación,  desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción, contratación y  traslado del personal de su Vicepresidencia.    

20. Presentar oportunamente los informes que le sean  solicitados por el Presidente sobre las actividades desarrolladas en su  Vicepresidencia.    

21. Atender oportuna y adecuadamente los requerimientos de  la Revisoría Fiscal y los presentados por las entidades de Control Externo e  impartir los correctivos sobre el particular.    

22. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

23. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 73. Gerencia de Transporte de Valores. La  Gerencia de Transporte de Valores tiene por misión la administración eficiente  y oportuna del aprovisionamiento de efectivo a la red de Oficinas y la  administración estratégica y la generación de estrategias para obtener  rentabilidad a partir de la gestión del efectivo.    

Artículo 74. Funciones de la Gerencia de Transporte de  Valores. Son funciones de la Gerencia de Transporte de Valores:    

1. Aprovisionar efectivo a la red de Oficinas, cajeros,  Corresponsales no bancarios cajas extendidas y convenios, eficiente y  oportunamente, mediante herramientas que le permita estimar el nivel de  efectivo requerido por cada uno de ellos.    

2. Generar políticas, procesos y procedimientos de  administración del efectivo.    

3. Diseñar modelos para el adecuado pronóstico y  optimización del efectivo del que debe disponer la red de oficinas.    

4. Diseñar estrategias para la rentabilización de la  gestión del efectivo.    

5. Establecer los controles requeridos que permitan  administrar eficientemente el efectivo.    

6. Proponer estrategias para la administración del  personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

7. Ejecutar todas las actividades de la dependencia de  acuerdo con las políticas definidas por la Vicepresidencia de Riesgos.    

8. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

9. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

10. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 75. Gerencia de Gestión de Planta Física. La  Gerencia de Gestión de Planta Física es la dependencia encargada de mantener en  condiciones óptimas de funcionamiento las oficinas del Banco, en los aspectos  físicos, eléctricos y de condiciones ambientales. Velar por la optimización de  costos en la administración de activos fijos, propios o en arrendamiento para  la adecuada prestación del servicio bancario.    

Artículo 76. Funciones de la Gerencia de Gestión de  Planta Física. Son funciones de la Gerencia de Gestión de Planta Física:    

1. Mantener en condiciones óptimas de funcionamiento las  oficinas del Banco en todos los aspectos que se requieren para el adecuado y oportuno  cumplimiento de la operación bancaria.    

2. Orientar adecuadamente la administración de recursos  físicos de la Entidad.    

3. Cumplir con los niveles de servicio acordados con las  áreas usuarias.    

4. Proponer estrategias para la administración del  personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

5. Propender por el cumplimiento de las políticas  definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos  bajo su responsabilidad.    

6. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

7. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

8.  Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los estatutos, los reglamentos  y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 77. Gerencia Administrativa. La  Gerencia Administrativa es la dependencia encargada de planear, dirigir y  coordinar, todas las actividades relativas a la seguridad de la Operación  Bancaria, administrar la gestión documental, suministrar y gestionar muebles y  equipos de oficina junto con su mantenimiento, aprovisionar a las diferentes  áreas de útiles, elementos de oficina, aseo y cafetería, impresión y  fotocopiado, administrar las pólizas de seguros y gastos de viaje.    

Artículo 78. Funciones de la Gerencia  Administrativa. Son funciones de la Gerencia Administrativa:    

1. Asesorar a la organización especialmente al  Vicepresidente Administrativo en todo lo concerniente con asuntos propios de su  cargo.    

2. Mantener procesos claros, eficientes y  estandarizados para proveer los servicios administrativos a su cargo.    

3. Suministrar oportunamente las provisiones e  implementos de oficina.    

4. Asesorar, coordinar, dirigir y planear  todas las políticas de seguridad de Operación Bancaria.    

5. Administrar los documentos, transporte de  documentos y elementos.    

6. Comprar los muebles y equipos de oficina y  coordinar su mantenimiento.    

7. Realizar el aprovisionamiento de útiles,  elementos de oficina, aseo y cafetería, impresión y fotocopiado a las  diferentes áreas del Banco.    

8. Administrar las Pólizas de seguros.    

9. Administrar de Gastos de Viaje.    

10. Administrar los bienes recibidos en dación  en pagos.    

11. Mantener medios de comunicación,  oportunos, suficientes y eficientes, telefonía fija local y de larga distancia,  celular e I/P, a las áreas organización.    

12. Ejercer autocontrol de la gestión que le  ha sido encomendada de tal forma que la realice efectivamente y minimizando los  posibles riesgos.    

13. Establecer estrategias que permitan  desarrollar planes y programas para la prestación de los servicios de  comunicación telefónica, aseo y cafetería, mantenimiento y correspondencia y  orientar la aplicación de métodos de control en el gasto.    

14. Entregar oportunamente la correspondencia  en el Banco.    

15. Coordinar, supervisar y garantizar la  gestión documental del Banco de acuerdo con lo determinado por las normas que  le apliquen.    

16. Cumplir con los niveles de servicio  acordados con las áreas usuarias.    

17. Proponer estrategias para la  administración del personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el  cumplimiento de las políticas y procedimientos definidos por el Banco en  materia de evaluación, capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la  selección, promoción, contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

18. Propender por el cumplimiento de las  políticas definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y  procedimientos bajo su responsabilidad.    

19. Identificar mejores prácticas en los  procesos a su cargo y guiar su implementación.    

20. Responder por la utilización racional y  efectiva del presupuesto asignado a la dependencia.    

21. Ejercer las demás funciones que señalen la  ley, los estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la  naturaleza de la dependencia.    

Artículo 79. Gerencia de Contratos. La  Gerencia de Contratos es la dependencia encargada de administrar en forma  integral, eficiente, oportuna y segura el proceso de contratación, para la  compra o arrendamiento de bienes o la prestación de servicios, en consonancia  con el marco normativo que rige al Banco.    

Artículo 80. Funciones de la Gerencia de  Contratos. Son funciones de la Gerencia de Contratos:    

1. Coordinar, controlar y asegurar el proceso de  contratación del Banco acorde con las necesidades presentadas por las  diferentes áreas, dentro del marco normativo establecido por el Banco.    

2. Implementar indicadores de desempeño para  evaluar su capacidad de gestión.    

3. Controlar y coordinar el proceso de  contratación, para la compra de bienes o la prestación de servicios, de acuerdo  con las políticas emitidas por el Banco y la normatividad legal.    

4. Cumplir con los niveles de servicio  acordados con las áreas usuarias.    

5. Proponer estrategias para la administración  del personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de  las políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

6. Propender por el cumplimiento de las  políticas definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y  procedimientos bajo su responsabilidad.    

7. Identificar mejores prácticas en los procesos  a su cargo y guiar su implementación.    

8. Responder por la utilización racional y  efectiva del presupuesto asignado a la dependencia.    

9. Ejercer las demás funciones que señalen la  ley, los estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la  naturaleza de la dependencia.    

Artículo 81. Oficina de Control  Disciplinario Interno. Son funciones de la Oficina de Control Disciplinario  Interno:    

1. Coordinar y ejecutar a nivel nacional, la  función disciplinaria en el Banco.    

2. Adelantar la indagación preliminar e  investigar y fallar en primera instancia, sobre los procesos disciplinarios  contra los servidores públicos del Banco.    

3. Tramitar los informes y quejas sobre  conductas disciplinables de los servidores públicos de la Entidad.    

4. Preparar los informes sobre asuntos  disciplinarios requeridos por la Procuraduría General de la Nación, la Fiscalía  General de la Nación, la Contraloría General de la República y demás Organismos  de control.    

5. Llevar el registro de las sanciones disciplinarias  impuestas a los servidores públicos del Banco.    

6. Compilar las normas legales, conceptos,  jurisprudencia y doctrina relacionados con la actividad disciplinaria y velar  por su actualización, difusión y capacitación.    

7. Responder por la utilización racional y  efectiva del presupuesto asignado a la dependencia.    

8. Proponer estrategias para la administración  del personal de la Oficina y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de  las políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Oficina.    

9. Propender por el cumplimiento de las  políticas definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y  procedimientos bajo su responsabilidad.    

10. Identificar mejores prácticas en los  procesos a su cargo y guiar su implementación.    

11. Ejercer las demás funciones que señalen la  ley, los estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la  naturaleza de la dependencia.    

Artículo 82. Vicepresidencia Jurídica. La  Vicepresidencia Jurídica es la dependencia encargada de acompañar y ejecutar  las orientaciones estratégicas del Banco, asesorar a las áreas del Banco en  asuntos jurídicos, coordinar la defensa de los intereses del Banco, en las  diferentes acciones en que se pueda ver involucrado activa o pasivamente,  mediante la implementación de procesos idóneos que aseguren la eficiencia,  eficacia, oportunidad, agilidad a través de un sistema de información  gerencial, confiable y ágil, con orientación a indicadores de gestión y  resultado, minimizando el riesgo jurídico.    

Artículo 83. Funciones de la  Vicepresidencia Jurídica. Son funciones de la Vicepresidencia Jurídica:    

1. Defender los intereses y representar al  Banco en los asuntos y procesos que se promuevan en su contra, o que este deba  promover para ese efecto con excepción de los procesos a cargo de la  Vicepresidencia de Crédito y Cartera.    

2. Asesorar a la Junta Directiva, a la  Presidencia y a los demás órganos Directivos en los asuntos jurídicos que  permitan asegurar que el Banco y sus trabajadores, cumplan con todos los  requisitos legales a los que están obligados.    

3. Vincular y hacer seguimiento y control a  los abogados externos a cargo de la Vicepresidencia.    

4. Diseñar, Implementar y ejecutar los  indicadores estratégicos y de proceso para todas las actividades que se  realicen en la Vicepresidencia.    

5. Asesorar a la Presidencia y a las demás  dependencias del Banco en la interpretación de las normas constitucionales,  legales, estatutarias y reglamentarias que rijan la actividad del Banco.    

6. Asesorar y coordinar funcionalmente, la ejecución de los  programas adoptados y el despacho correcto y oportuno de los asuntos de  competencia de los asesores jurídicos regionales y asesorar a las demás  dependencias del Banco que tengan a su cargo el ejercicio de funciones  jurídicas.    

 7. Compilar las normas  legales, los conceptos, la jurisprudencia y doctrina relacionados con la  actividad del Banco y velar por su actualización y difusión.    

8. Coordinar el desarrollo de las investigaciones que en  el campo jurídico se requieran.    

9. Estudiar y conceptuar sobre los proyectos de ley,  decretos, acuerdos, resoluciones y demás actos que deba expedir o proponer el  Banco que sean sometidos a su consideración.    

10. Evaluar y dar viabilidad jurídica a los procesos de  contratación, minutas de contratos y convenios que se adelanten en el Banco.    

11. Orientar la actuación del Banco y diseñar la  estrategia jurídica de acompañamiento a los propósitos generales del Banco y  del Estado.    

12. Desarrollar, implementar y hacerle seguimiento al plan  estratégico de la Vicepresidencia, garantizando su realización dentro de las  políticas generales establecidas en el Plan Estratégico del Banco.    

13. Resolver las consultas jurídicas presentadas por las  distintas dependencias del Banco, por Organismos públicos y privados y por  clientes y usuarios, de conformidad con las normas que rigen los servicios y  funciones del Banco en forma ágil y oportuna.    

14. Definir las políticas sobre administración jurídica y  riesgo legal al interior del Banco y servir de soporte de las actuaciones y  decisiones que adopte el Banco, con la calidad, oportunidad y agilidad  necesarias para que dichas acciones siempre se encuentren conforme al marco  legal vigente y conduzcan a la prestación eficiente de sus servicios, un mejor  desempeño administrativo y una adecuada defensa de los intereses del Banco.    

15. Preparar las normas internas relacionadas con las  actividades a cargo de la Vicepresidencia Jurídica que se deriven de las  disposiciones de los organismos reguladores estatales para someterlas a  aprobación de la Presidencia del Banco.    

16. Analizar y conceptuar las modificaciones a nuevos  procesos y procedimientos que puedan afectar jurídicamente a la entidad.    

17. Proponer estrategias para la administración del  personal de la Vicepresidencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento  de las políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de  evaluación, capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección,  promoción, contratación y traslado del personal de su Vicepresidencia.    

18. Propender por el cumplimiento de las políticas  definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos  bajo su responsabilidad.    

19. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la Vicepresidencia.    

20. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la Vicepresidencia.    

Artículo 84. Gerencia de Asesoría Jurídica. La  Gerencia de Asesoría Jurídica es la dependencia encargada de brindar asesoría,  acompañamiento y soporte legal en desarrollo de temas de Operación Bancaria,  Función Pública, Gestión Fiscal, Contratación, Vivienda, Derecho Laboral y  demás temas que requieran las áreas del Banco.    

Artículo 85. Funciones de la Gerencia de Asesoría  Jurídica. Son funciones de la Gerencia de Asesoría Jurídica:    

1. Asesorar, acompañar y proporcionar el soporte legal a  las áreas del Banco en el desarrollo de Operación Bancaria, Función pública,  Gestión Fiscal, Defensa de los intereses del Banco, Contratación y Vivienda, y  Derecho Laboral.    

2. Resolver las consultas jurídicas presentadas por las  distintas dependencias del Banco, por Organismos públicos y privados y por  clientes y usuarios, de conformidad con las normas que rigen los servicios y  funciones del Banco, en forma ágil y oportuna.    

3. Propender por la satisfacción del cliente interno  cumpliendo con los acuerdos de niveles de servicio.    

4. Proponer estrategias para la administración del  personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

5. Propender por el cumplimiento de las políticas  definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos  bajo su responsabilidad.    

6. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

7. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

8. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 86. Gerencia de Procesos Judiciales. La  Gerencia de Procesos Judiciales es la dependencia encargada de coordinar la  defensa de los intereses del Banco en las diferentes acciones en que se pueda  ver involucrado activa o pasivamente a través de procesos eficientes de seguimiento  y control a los abogados externos.    

Artículo 87. Funciones de la Gerencia de Procesos  Judiciales. Son funciones de la Gerencia de Procesos Judiciales:    

1. Coordinar la defensa de los intereses del Banco, en las  diferentes acciones en que se pueda ver involucrado activa o pasivamente.    

2. Defender los intereses y representar al Banco en los  asuntos y procesos que se promuevan en su contra, o que este deba promover para  ese efecto, con excepción de los procesos a cargo de la Vicepresidencia de Crédito  y Cartera.    

3. Realizar seguimiento y control a las actuaciones de los  abogados externos.    

4. Proponer estrategias para la administración del  personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las políticas  y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación, capacitación,  desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción, contratación y  traslado del personal de su Gerencia.    

5. Propender por el cumplimiento de las políticas  definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos  bajo su responsabilidad.    

6. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

7. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

8. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 88. Vicepresidencia de Gestión Humana. La  Vicepresidencia de Gestión Humana es la dependencia encargada de emitir  políticas y directrices para potencializar el talento humano como un factor  determinante que le permita al Banco maximizar los resultados y cumplir con la  misión y objetivos estratégicos.    

Artículo 89. Funciones de la Vicepresidencia de Gestión  Humana. Son funciones de la Vicepresidencia de Gestión Humana:    

1. Asesorar a la Junta Directiva, a la Presidencia y demás  órganos de Dirección Administrativa del Banco, en asuntos de Gestión humana.    

2. Asesorar a la Dirección del Banco en las estrategias  necesarias para el buen desarrollo del talento interno.    

3. Diseñar estrategias para modelar la cultura  organizacional hacia los objetivos deseados.    

4. Definir las políticas que permitan establecer un modelo  integral para el desarrollo del personal de la entidad.    

5. Establecer políticas que faciliten una administración  eficiente de la fuerza laboral del Banco.    

6. Proponer y coordinar políticas y estrategias que  conduzcan a establecer un clima organizacional apropiado en la entidad.    

7. Diseñar y administrar una política de compensación que  esté acorde a las exigencias del Banco.    

8. Definir políticas y estrategias para la realización de la  evaluación del desempeño, así como la organización para un sistema de estímulos  al desempeño efectivo de los trabajadores del Banco.    

9. Definir políticas y direccionar la aplicación de normas  y el desarrollo de actividades que conduzcan al logro de la salud ocupacional,  el bienestar social laboral de los trabajadores y la gestión ambiental de  acuerdo con las normas establecidas al respecto.    

10. Brindar al personal los mecanismos adecuados para  apoyar el mejoramiento de la productividad y el desempeño del trabajo.    

11. Orientar al talento humano hacia el logro de los  objetivos corporativos del Banco.    

12. Generar compromiso del talento humano frente al  cumplimiento de las metas establecidas por el Banco.    

13.  Preparar al talento humano para que se adapte y asuma los cambios  organizacionales que se producen en la entidad.    

 14. Crear y hacer  seguimiento a los niveles de servicio del área, buscando que estos sean de alta  calidad.    

15. Proponer los planes y programas de capacitación para  los trabajadores del Banco y los mecanismos de evaluación de resultados y  desarrollar, supervisar y evaluar el Programa de Evaluación de Desempeño.    

16. Promover el mejoramiento de la calidad de vida y la  protección y servicio social de los trabajadores de la Entidad.    

17. Realizar la interventoría de  los contratos suscritos por el Banco con las Empresas Temporales que  suministran personal a la Entidad.    

18. Realizar la interventoría y  acompañamiento de la ejecución de los contratos de Selección de Personal suscritos  por el Banco.    

19. Propender por el cumplimiento de las políticas  definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos  bajo su responsabilidad.    

20. Direccionar la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

21. Presentar oportunamente los informes que le sean  solicitados por el Presidente sobre las actividades desarrolladas en su  Vicepresidencia.    

22. Atender oportuna y adecuadamente los requerimientos de  la Revisoría Fiscal y los presentados por las entidades de Control Externo e  impartir los correctivos sobre el particular.    

23. Dirigir y supervisar la generación de publicaciones  institucionales y coordinar la producción de audiovisuales y medios impresos  que se requieran para ejecutar el plan de comunicaciones internas.    

24. Coordinar e identificar las mejores prácticas en los  procesos a su cargo y guiar su implementación garantizando la mejora continua.    

25. Dirigir la administración del personal de la  Vicepresidencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Vicepresidencia.    

26. Presentar oportunamente los informes que le sean  solicitados por el Presidente sobre las actividades desarrolladas en su  Vicepresidencia.    

27. Atender oportuna y adecuadamente los requerimientos de  la Revisoría Fiscal y los presentados por las entidades de Control Externo e  impartir los correctivos sobre el particular.    

28. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

29. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 90. Gerencia Nacional de Selección. La  Gerencia Nacional de Selección es la dependencia encargada de velar que las  áreas cuentan con el personal idóneo de acuerdo con los perfiles definidos.    

Artículo 91. Funciones de la Gerencia Nacional de  Selección. Son funciones de la Gerencia Nacional de Selección:    

1. Asignar de acuerdo con la naturaleza de los cargos las  funciones específicas para el desarrollo de las diferentes operaciones y  trámites que se realizan en la Gerencia.    

2. Planear, dirigir, supervisar y controlar la  actualización y uso de la Planta de Personal de la Entidad en coordinación con  los estudios proporcionados por la gerencia de ingeniería de procesos.    

3. Asesorar y responder por la estructura de cargos,  estructura de títulos, descripción y análisis de los cargos, y estructura  salarial.    

4. Planear, dirigir, supervisar y controlar el desarrollo  de los procesos de reclutamiento, selección, contratación.    

5. Dirigir y desarrollar el análisis correspondiente para  la definición del Perfil del empleado de la Entidad y los perfiles de cada uno  de los cargos de la Planta de Personal.    

6. Supervisar que la contratación de los empleados con la  Entidad, se ajuste a las normas legales e internas de la Entidad, cuando no se  ejecute a través de terceros.    

7. Contratar personal oportunamente y con los perfiles  adecuados.    

8. Proponer estrategias para la administración del  personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

9. Propender por el cumplimiento de las políticas  definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos  bajo su responsabilidad.    

10. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

11. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

12. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 92. Gerencia Nacional de Capacitación. La  Gerencia Nacional de Capacitación es la dependencia encargada de orientar los  planes de capacitación técnica para el adecuado desempeño de los funcionarios  en su cargo.    

Artículo 93. Funciones de la Gerencia Nacional de  Capacitación. Son funciones de la Gerencia Nacional de Capacitación:    

1. Planear, dirigir, supervisar y controlar el desarrollo  del proceso de inducción, entrenamiento, capacitación.    

2. Dirigir, desarrollar y mantener el programa de  inducción para los nuevos empleados y de reinducción cuando sea necesario.    

3. Diagnosticar, ejecutar y supervisar, el programa de  Capacitación de la Entidad, verificando que este se ajuste a las necesidades  personales, técnicas y profesionales de los empleados, y que contribuyan a la  obtención de los objetivos de la Entidad, formulados en su Plan Estratégico.    

4. Diseñar planes de desarrollo del talento humano y  ejecutarlos.    

5. Proponer estrategias para la administración del  personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

6. Propender por el cumplimiento de las políticas  definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos  bajo su responsabilidad.    

7. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

8. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

9. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 94. Gerencia Nacional de Compensación. La  Gerencia Nacional de Compensación es la dependencia encargada de diseñar,  desarrollar, implementar y controlar una estrategia de compensación y  beneficios de la Entidad que retribuya en forma justa el aporte de los  empleados a la Entidad y sea competitiva en el mercado.    

Artículo 95. Funciones de la Gerencia Nacional de  Compensación. Son funciones de la Gerencia Nacional de Compensación:    

1. Diseñar, estructurar y mantener un esquema de pago  equitativo y competitivo, para los colaboradores del Banco, que integre las  tendencias del mercado y que permita administrar eficientemente las políticas  de compensación de la organización.    

2. Coordinar las actividades para el levantamiento de la descripción  y valoración de cargos, con base en las responsabilidades y funciones.    

3. Diseñar programas de remuneración y recompensas.    

4. Diseñar esquemas de evaluación por competencias y  remuneración por resultados.    

5. Rediseñar y mantener vigente de acuerdo con las  tendencias del mercado, el sistema de compensación variable para que impulse el  logro de las metas a través de pagos por resultados, que permitan motivar en  mejor forma el buen desempeño y la retención de los mejores talentos.    

6. Alinear la compensación total con el desempeño  individual, los resultados del negocio y la cultura laboral.    

7. Establecer los controles requeridos para la inclusión  en la nómina de las novedades de personal y realizar supervisión permanente a  su aplicación efectiva.    

8. Aplicar las normas y procedimientos requeridos para  efectuar los pagos de nómina y prestaciones sociales de los trabajadores y  definir los sistemas de control y verificación de los mismos.    

9. Controlar los procesos administrativos y demás asuntos  laborales que se generen en la Entidad.    

10.  Proponer estrategias para la administración del personal de la gerencia y  ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las políticas y procedimientos  de  finidos por el Banco en materia de  evaluación, capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección,  promoción, contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

11. Propender por el cumplimiento de las políticas  definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos  bajo su responsabilidad.    

12. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

13. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

14. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 96. Gerencia Nacional de Desarrollo, Bienestar  y Salud Ocupacional. La Gerencia Nacional de Desarrollo, Bienestar y Salud  Ocupacional es la dependencia encargada de planear, organizar, dirigir y  controlar las actividades relacionadas con los programas de bienestar,  recreación, cultura, salud ocupacional, higiene y seguridad industrial  dirigidos a los funcionarios. Establecer políticas y desarrollar programas en  materia de gestión ambiental y responsabilidad social. Planear, el diseño,  implementación y evaluación de estrategias de comunicación internas.    

Artículo 97. Funciones de la Gerencia Nacional de  Desarrollo, Bienestar y Salud Ocupacional. Son funciones de la Gerencia  Nacional de Desarrollo, Bienestar y Salud Ocupacional:    

1. Asesorar a la Vicepresidencia de Gestión Humana, en la  formalización e implantación de políticas, normas y procedimientos que aseguren  el adecuado desarrollo de los recursos humanos de la Entidad.    

2. Planear, dirigir, supervisar y controlar el desarrollo  de los procesos de evaluación y desarrollo.    

3. Liderar, desarrollar y mantener el programa de  evaluación del desempeño, orientado al desarrollo de los empleados y un mayor  aporte por parte de ellos a la Entidad.    

4. Coordinar y supervisar el programa de Salud Ocupacional  y seguridad que requiere la Entidad, para dar cumplimiento a lo establecido por  la ley y proporcionar bienestar y seguridad a los empleados.    

5. Mantener permanente comunicación con la Empresa  Administradora de Riesgos Profesionales, que atiende a la Entidad, con el fin  de obtener de ellos el asesoramiento y coordinación del programa de Salud  Ocupacional.    

6. Controlar el cumplimiento del Reglamento Interno de  Trabajo y de las normas relacionadas con el Desarrollo del Recurso Humano.    

7. Planear, dirigir y controlar el proceso de  comunicaciones internas que la Vicepresidencia genere para las diferentes  dependencias del Banco.    

8. Proponer estrategias para la administración del  personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

9. Propender por el cumplimiento de las políticas  definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos  bajo su responsabilidad.    

10. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

11. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

12. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 98. Vicepresidencia de Riesgos. La  Vicepresidencia de Riesgos es la dependencia encargada de orientar las  políticas bajo las cuales se debe regir el Banco de tal forma que apalanque la  administración estratégica del negocio, con definición de políticas que  permitan incursionar en nuevos negocios o profundizar en los actuales con una  administración eficiente de los riesgos.    

Artículo 99. Funciones de la Vicepresidencia de  Riesgos. Son funciones de la Vicepresidencia de Riesgos:    

1. Asesorar a los órganos directivos del Banco, en el  desarrollo y mantenimiento de estrategias que garanticen la administración de  los riesgos de mercado, crediticios y operacionales.    

2. Definir estrategias y políticas para garantizar la  seguridad informática del Banco.    

3. Proponer políticas, procedimientos y métodos de control  que conlleven a implantar un efectivo sistema integral para la prevención del  lavado de activos en el Banco.    

4. Efectuar oportunamente los reportes legales a las  Entidades de vigilancia y control y demás organismos del Estado que corresponda  de acuerdo con las normas establecidas para tal fin.    

5. Estructurar y desarrollar las políticas bajo las cuales  se debe regir el Banco en materia de riesgo para la Prevención y el Lavado de  Activos y Financiación del Terrorismo.    

6. Definir las políticas y estrategias del Banco para  lograr un adecuado control de los diferentes riesgos y desarrollar mecanismos  de evaluación permanente de las mismas.    

7. Dirigir, coordinar y controlar el proceso de análisis,  medición, evaluación y control de los riesgos inherentes a los negocios de  tesorería, de acuerdo con las políticas y límites establecidos por la Junta  Directiva para esta clase de operaciones.    

8. Dirigir, coordinar y controlar el proceso de análisis,  medición y evaluación de los riesgos financieros de Liquidez, Tasa de Interés y  Tasa de Cambio en el Banco.    

9. Dirigir, coordinar y controlar el proceso de análisis,  medición y evaluación de los riesgos de crédito en todos los productos del  portafolio del Banco.    

10. Dirigir, coordinar y controlar el proceso de análisis,  medición y evaluación de los riesgos operacionales que se presenten en el  Banco.    

11. Diseñar estrategias relacionadas con la medición del  riesgo del crédito que permita orientar la labor preventiva de administración  de cartera y gestión de cobranza.    

12. Planear, Dirigir y Diseñar, dentro del marco legal,  las estrategias y procesos de crédito que debe aplicar el Banco, de tal forma  que se cuente con una clara y segura reglamentación en la materia, que  garantice un buen control del riesgo crediticio.    

13. Proponer las estrategias y procedimientos de crédito  conducentes a reducir los riesgos crediticios, así como promover y canalizar  las iniciativas provenientes de las dependencias del Banco en relación con el  tema.    

14. Prestar asesoría a las dependencias de la Entidad en  relación con la correcta aplicación de las normas crediticias emitidas por la  Superintendencia Financiera y demás entes de financiación y control.    

15. Coordinar e identificar las mejores prácticas en los  procesos a su cargo y guiar su implementación garantizando la mejora continua.    

16. Dirigir la administración del personal de la  Vicepresidencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Vicepresidencia.    

17. Presentar oportunamente los informes que le sean  solicitados por el Presidente sobre las actividades desarrolladas en su  Vicepresidencia.    

18. Atender oportuna y adecuadamente los requerimientos de  la Revisoría Fiscal y los presentados por las entidades de Control Externo e  impartir los correctivos sobre el particular.    

19. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

20. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 100. Gerencia de Administración de Riesgo  Operativo. La Gerencia de Administración de Riesgo Operativo es la  dependencia encargada de desarrollar las políticas bajo las cuales se debe  regir el Banco en el tema de administración de riesgo operativo y de  continuidad del negocio, diseñar e implementar metodologías de administración  del riesgo operativo y gestionar el Sistema de Administración de Riesgo  Operativo – SARO, al interior de la organización. En el mismo sentido, debe  garantizar la continuidad del negocio ante eventos catastróficos, gestionando  en todos los niveles el plan de continuidad. Para el mismo propósito de su  misión desarrollará las políticas sobre monitoreo transaccional y de gestión de  logs, procesos, procedimientos, administrará los  modelos de segmentación y perfilamiento de clientes del sistema de monitoreo  transaccional.    

Artículo 101. Funciones de la Gerencia de  Administración de Riesgo Operativo. Son funciones de la Gerencia de  Administración de Riesgo Operativo:    

1. Liderar y gestionar el Sistema de Administración de  Riesgo Operativo en la Institución.    

2. Mantener  las políticas bajo las cuales se debe regir el Banco como estrategia de negocio  alineadas con el marco normativo que regula la materia.    

 3. Desarrollar e  implementar metodologías para la administración del riesgo operativo en el  Banco.    

4. Desarrollar y mantener las políticas para la  administración del Sistema de Administración de Riesgo Operativo – SARO.    

5. Dirigir, coordinar y controlar el proceso de análisis,  medición y evaluación de los riesgos operacionales que se presenten en el  Banco.    

6. Propender por la continuidad del negocio ante eventos  catastróficos, gestionando en todos los niveles el plan de continuidad.    

7. Propender por el adecuado, oportuno y eficiente proceso  de monitoreo transaccional y de gestión de logs.    

8. Evaluar y conceptuar las propuestas de los procesos y  procedimientos por las diferentes áreas del Banco en coordinación con la  gerencia de Ingeniería de procesos.    

9. Proveer herramientas de gestión de riesgo, diseñar e  implementar metodologías de gestión de riesgo y efectuar los procesos y  procedimientos conducentes a la aplicación de las políticas y normas internas y  externas apropiadas y suficientes, en el tema de Prevención de Lavado de  Activos y Financiación del Terrorismo.    

10. Evaluar, analizar, conceptuar y asesorar a las áreas  del Banco para la incursión en nuevos negocios.    

11. Proponer estrategias para la administración del  personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

12. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

13. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

14. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 102. Gerencia de Administración de Riesgo de  Crédito. La Gerencia de Administración de Riesgo de Crédito es la  dependencia encargada de orientar las políticas bajo las cuales se debe regir  el Banco como estrategia de negocio y proveer herramientas de gestión de riesgo  de tal forma que se optimice la relación riesgo rentabilidad e implemente  modelos de administración de riesgos. Igualmente, administrará el proceso de  calificación de cartera, elaborará tableros de monitoreo para los sectores foco  del Banco e identificará oportunidades de negocio.    

Artículo 103. Funciones de la Gerencia de  Administración de Riesgo de Crédito. Son funciones de la Gerencia de  Administración de Riesgo de Crédito:    

1. Mantener las políticas bajo las cuales se debe regir el  Banco como estrategia de negocio alineadas con el marco normativo que regula la  materia.    

2. Identificar oportunidades de negocio que le permitan a  la organización orientar y conducir su foco estratégico.    

3. Liderar y gestionar el Sistema de Administración de  Riesgo Crediticio.    

4. Gestionar políticas, procesos, modelos y herramientas  que permitan mantener una adecuada administración del riesgo crediticio.    

5. Proveer herramientas de gestión de riesgo de tal forma  que se optimice la relación riesgo rentabilidad.    

6. Implementar modelos de administración de riesgos de tal  forma que la Entidad se mantenga dentro del marco normativo que regula la  materia.    

7. Administrar el proceso de calificación de cartera,  generando acciones preventivas que permitan anticipar una posible  siniestralidad.    

8. Diseñar, desarrollar, evaluar y mantener dentro del  marco legal, las estrategias, procesos y procedimientos de crédito que debe  aplicar el Banco, de tal forma que se cuente con una clara y segura  reglamentación en la materia, que garantice un buen control del riesgo  crediticio.    

9. Dirigir, coordinar y controlar el proceso de análisis,  medición y evaluación de los riesgos de crédito en todos los productos del  portafolio del Banco.    

10. Diseñar estrategias relacionadas con la medición del  riesgo del crédito que permita orientar la labor preventiva de administración  de cartera.    

11. Diseñar, desarrollar, evaluar y mantener dentro del  marco legal, las estrategias y procedimientos de crédito que debe aplicar el  Banco, de tal forma que se cuente con una clara y segura reglamentación en la  materia, que garantice un buen control del riesgo crediticio.    

12. Evaluar y conceptuar las propuestas de los procesos y  procedimientos por las diferentes áreas del Banco en coordinación con la  gerencia de Ingeniería de procesos.    

13. Evaluar, analizar, conceptuar y asesorar a las áreas  del Banco para la incursión en nuevos negocios    

14. Proponer estrategias para la administración del  personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

15. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

16. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

17. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 104. Gerencia de Administración del Sistema de  Gestión y Seguridad de la Información – SGSI. La  Gerencia de Administración del Sistema de Gestión y Seguridad de la Información  – SGSI, es la dependencia encargada de administrar el  Sistema de Gestión de Seguridad de la Información, orientando las políticas al  cumplimiento de estándares internacionales para asegurar la confidencialidad,  integridad y disponibilidad de la información de los clientes. Para el mismo  efecto, gestionará la clasificación de la información lógica.    

Artículo 105. Funciones de la Gerencia de  Administración del Sistema de Gestión y Seguridad de la Información – SGSI. Son funciones de la Gerencia de Administración  del Sistema de Gestión y Seguridad de la Información – SGSI:    

1. Liderar y gestionar el Sistema de Gestión y Seguridad  de la Información.    

2. Mantener las políticas bajo las cuales se debe regir el  Banco como estrategia de negocio alineadas con el marco normativo que regula la  materia. Esta Gerencia tiene por misión gestionar el sistema de Gestión de  Seguridad de la Información, orientando las políticas al cumplimiento de  estándares internacionales para asegurar la confidencialidad, integridad y  disponibilidad de la información de los clientes. Para el mismo efecto,  gestionará la clasificación de la información lógica.    

3. Implementar y administrar herramientas de apoyo que fortalezcan  la gestión del Sistema de Gestión y Seguridad de la Información – SGSI.    

4. Evaluar y conceptuar las propuestas de los procesos y  procedimientos por las diferentes áreas del Banco en coordinación con la  gerencia de Ingeniería de procesos.    

5. Evaluar, analizar, conceptuar y asesorar a las áreas  del Banco para la incursión en nuevos negocios.    

6. Proponer estrategias para la administración del  personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

7. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

8. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

9. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 106. Gerencia de Administración del Riesgo de  Mercado. La Gerencia de Administración del Riesgo de Mercado es la  dependencia encargada de definir los lineamientos regulatorios, políticas y  procesos, definidos para la administración eficiente del riesgo de Mercado y  proveer herramientas de gestión de riesgo de tal forma que se optimice la  relación riesgo rentabilidad.    

Artículo 107. Funciones de la Gerencia de  Administración del Riesgo de Mercado. Son funciones de la Gerencia de Administración  del Riesgo de Mercado:    

1. Liderar y gestionar el Sistema de Administración de  Riesgo de Mercado.    

2. Mantener las políticas bajo las cuales se debe regir el  Banco como estrategia de negocio alineadas con el marco normativo que regula la  materia.    

3.  Propender por la aplicación de los lineamientos regulatorios, políticas y  procesos, definidos para la administración eficiente del riesgo de Mercado y  proveer herramientas de gestión de riesgo de tal forma que se optimice la  relación riesgo rentabilidad.    

4. Asesorar a los órganos directivos del  Banco, en el desarrollo y mantenimiento de estrategias que garanticen la  administración del riesgo de mercado.    

5. Definir las políticas y estrategias del  Banco para lograr un adecuado control del riesgo de mercado.    

6. Dirigir, coordinar y controlar el proceso  de análisis, medición, evaluación y control de los riesgos inherentes a los  negocios de tesorería, de acuerdo con las políticas y límites establecidos por  la Junta Directiva para esta clase de operaciones.    

7. Dirigir, coordinar y controlar el proceso  de análisis, medición y evaluación de los riesgos financieros de Liquidez, Tasa  de Interés y Tasa de Cambio en el Banco.    

8. Diseñar y hacer seguimiento al cumplimiento  de políticas para la administración del portafolio en la Tesorería.    

9. Evaluar y conceptuar las propuestas de los  procesos y procedimientos por las diferentes áreas del Banco en coordinación  con la gerencia de Ingeniería de procesos.    

10. Evaluar, analizar, conceptuar y asesorar a  las áreas del Banco para la incursión en nuevos negocios.    

11. Proponer estrategias para la  administración del personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el  cumplimiento de las políticas y procedimientos definidos por el Banco en  materia de evaluación, capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la  selección, promoción, contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

12. Identificar mejores prácticas en los  procesos a su cargo y guiar su implementación.    

13. Responder por la utilización racional y  efectiva del presupuesto asignado a la dependencia.    

14. Ejercer las demás funciones que señalen la  ley, los estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la  naturaleza de la dependencia.    

Artículo 108. Vicepresidencia de Crédito y  Cartera. La Vicepresidencia de Crédito y Cartera es la dependencia  encargada de prestar un servicio crediticio de la más alta calidad, teniendo en  cuenta los estándares de mercado y los indicadores de eficiencia y efectividad.  Ejercer la administración de la cartera de manera que se evidencien de manera  oportuna los problemas, gestionar la cartera de manera especializada por  segmentos cuando los pagos no se produzcan en forma normal.    

Artículo 109. Funciones de la  Vicepresidencia de Crédito y Cartera. Son funciones de la Vicepresidencia  de Crédito y Cartera:    

1. Orientar, dirigir y evaluar las actividades  tendientes a asesorar a la Junta Directiva, a la Presidencia y a los demás  órganos de Dirección Administrativa, en el diseño, desarrollo, implantación,  control y ajuste, dentro del marco legal, de las políticas, estrategias y  procedimientos de crédito y cartera.    

2. Fundamentar el ciclo del crédito en el  conocimiento del cliente y efectuar evaluaciones objetivas que indiquen  viabilidad económica, financiera, técnica y comercial.    

3. Ejercer una administración preventiva de la  cartera, que reconozca en forma oportuna los problemas y que incluya el manejo  especializado de la cobranza cuando el pago no se genere en forma normal.    

4. Proporcionar orientación para acceder a  líneas de crédito que apoyen efectivamente a los sectores de la economía,  especialmente al sector agropecuario, en sus actividades agrícolas, pecuarias,  pesqueras, forestales y agroindustriales y también a Entidades Territoriales,  bajo el concepto de proyectos integrales, técnica y financieramente viables.    

5. Proponer estrategias para que el Banco  mantenga una buena calidad de la cartera y consecuentemente un bajo nivel de  provisiones, fomentando en la Entidad una sólida cultura de crédito.    

6. Velar por la defensa de los intereses y la  debida representación del Banco, en los procesos que la Entidad adelante para  el cobro de las obligaciones a su favor.    

7. Asesorar a la Presidencia en el proceso de  selección de las Casas de Cobranza Especializada que contrate el Banco,  eligiendo las más convenientes para la Entidad de acuerdo con las políticas  trazadas para el manejo de la cartera con resultados eficaces, eficientes y  efectivos.    

8. Orientar mecanismos de control permanente  que faciliten la aplicación de medidas que impidan que la Entidad sea utilizada  en actividades de lavado de activos.    

9. Cumplir con los tiempos de proceso  establecidos para prestar un buen servicio al cliente.    

10. Generar e implementar estrategias de  prevención para el deterioro de la cartera y de recuperación para la cartera  vencida teniendo en cuenta la segmentación de clientes, con el fin de superar  el indicador de calidad de cartera del sistema financiero.    

11. Realizar seguimiento, control a las  actividades realizadas por los Coordinadores Operativos Regionales de Crédito.    

12. Administrar en forma eficiente los entes  externos que generen información de impacto en el proceso de crédito,  garantizando la oportunidad y calidad de los productos que estos generen.    

13. Ser fuente de información de crédito y  cartera del Banco.    

14. Generar informes que faciliten la toma de  decisiones.    

15. Contar con un sistema de información  gerencial que permita administrar eficientemente todos los recursos asignados  por el Banco.    

16. Coordinar e identificar las mejores  prácticas en los procesos a su cargo y guiar su implementación garantizando la  mejora continua.    

17. Dirigir la administración del personal de  la Vicepresidencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Vicepresidencia.    

18. Propender por el cumplimiento de las  políticas definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y  procedimientos bajo su responsabilidad.    

19. Presentar oportunamente los informes que  le sean solicitados por el Presidente sobre las actividades desarrolladas en su  Vicepresidencia.    

20. Atender oportuna y adecuadamente los  requerimientos de la Revisoría Fiscal y los presentados por las entidades de  Control Externo e impartir los correctivos sobre el particular.    

21. Responder por la utilización racional y  efectiva del presupuesto asignado a la dependencia.    

22. Ejercer las demás funciones que señalen la  ley, los estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la  naturaleza de la dependencia.    

Artículo 110. Gerencia de Fábrica de  Crédito. La Gerencia Nacional de Fábrica de Crédito es la dependencia  encargada de administrar el proceso de análisis y decisión de todas las  operaciones de crédito del Banco, con niveles de calidad de cartera acorde con  la tolerancia al riesgo, a través de procesos automatizados, teniendo en cuenta  los indicadores de eficiencia y efectividad.    

Artículo 111. Funciones de la Gerencia de  Fábrica de Crédito. Son funciones de la Gerencia Nacional de Fábrica de  Crédito:    

1. Realizar en forma centralizada el análisis  financiero y técnico de todas las operaciones de crédito del Banco que aseguren  la adecuada toma de decisiones incluyendo las normalizaciones de cartera.    

2. Cumplir con los tiempos de proceso  establecidos para prestar un buen servicio al cliente.    

3. Estandarizar los procesos y criterios de  decisión.    

4. Establecer indicadores de gestión y  resultado para cada una de las etapas de proceso teniendo en cuenta líneas de  producción diferenciadas para cada segmento de clientes.    

5. Dar retroalimentación permanente a las  Vicepresidencias de Riesgo y Comercial sobre las políticas establecidas y  decisiones comerciales.    

6. Realizar acuerdos de servicio con las áreas  usuarias de los procesos de crédito.    

7. Implementar mejoras permanentes a los  procesos con el fin de garantizar calidad, agilidad y eficiencia.    

8. Documentar y divulgar efectivamente a las  áreas del Banco sobre los procedimientos que deben gestionar los clientes para  solicitar incentivos y certificados de garantías entre otros haciendo especial  énfasis en el cumplimiento de los tiempos establecidos.    

9. Proponer estrategias para la administración  del personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de  las políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

10. Propender por el cumplimiento de las  políticas definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y  procedimientos bajo su responsabilidad.    

11. Identificar mejores prácticas en los  procesos a su cargo y guiar su implementación.    

12. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

 13. Ejercer las demás  funciones que señalen la ley, los estatutos, los reglamentos y las que  correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 112. Gerencia de Administración de Cartera y  Cobro de Garantías. La Gerencia Nacional de Administración de Cartera y  Cobro de Garantías es la dependencia encargada de administrar la cartera y el  cobro de garantías del Banco a través de la implementación de estrategias  diferenciales según la segmentación de clientes del Banco, manteniendo la  calidad de la cartera acorde con el sistema financiero.    

Artículo 113. Funciones de la Gerencia de  Administración de Cartera y Cobro de Garantías. Son funciones de la  Gerencia Nacional de Administración de Cartera y Cobro de Garantías:    

1. Generar e implementar estrategias de prevención para el  deterioro de la cartera y de recuperación para la cartera vencida, teniendo en  cuenta la segmentación de clientes, con el fin de mantener el indicador de  calidad de cartera acorde con el sistema financiero.    

2. Diseñar e implementar Programas Especiales de  recuperación cuando se requieran.    

3. Identificar razones de no pago de los clientes y  generar estrategias diferenciales acordes.    

4. Velar por el cobro oportuno y la recuperación de las  garantías, minimizando las pérdidas asociadas.    

5. Gestionar los indicadores de exposición de la cartera del  Banco.    

6. Realizar adecuado seguimiento y control a los entes  externos de cobranzas, estableciendo indicadores de gestión y resultado para  cada uno de ellos.    

7. Realizar los Comités de Castigo y presentar a la  Vicepresidencia de Crédito y Cartera la solicitud de los mismos para que esta  los analice y presente a la Junta Directiva.    

8. Realizar los estudios necesarios para operaciones de  venta de cartera.    

9. Administrar en forma eficiente los entes externos que  generen información de impacto en el proceso de crédito, garantizando la  oportunidad y calidad de los productos que estos generen.    

10. Propender por la cobertura de los controles de  inversión de acuerdo con la reglamentación vigente.    

11. Establecer acuerdos de servicio con las áreas que intervienen  en los procesos definidos.    

12. Almacenar la información generada por los entes  externos en bases de datos consolidadas de manera que cumplan con todos los  requisitos de seguridad de información establecidos por el Banco.    

13. Implementar un sistema de indicadores de gestión y  resultados para los entes externos, cuyo análisis servirá para la toma de  medidas administrativas.    

14. Proponer estrategias para la administración del  personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

15. Propender por el cumplimiento de las políticas  definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos  bajo su responsabilidad.    

16. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

17. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

18. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 114. Gerencia de Unidad Técnica. La  Gerencia de Unidad Técnica es la dependencia encargada de administrar  eficientemente la gestión realizada por los controladores de inversión,  avaluadores y abogados tarifarios y generar información que permita la toma de  decisiones a las Gerencias de Fábrica de Crédito y Administración de Cartera y  cobro de garantías.    

Artículo 115. Funciones de la Gerencia de Unidad  Técnica. Son funciones de la Gerencia de Unidad Técnica:    

1. Administrar en forma eficiente los entes externos que  generan información de impacto en el proceso de crédito garantizando la  oportunidad y calidad de los productos que estos generan.    

2. Diseñar e implementar los indicadores de proceso para  cada tipo de entes externos.    

3. Seleccionar los controladores de inversión, abogados  tarifarios, peritos, avaluadores, entre otros, a través de un proceso que  considere comités interdisciplinarios con información suministrada por parte de  los Coordinadores Operativos de Crédito.    

4. Realizar procesos de seguimiento y control a los entes externos  tanto en los tiempos como en los procesos, calidad y oportunidad.    

5. Realizar seguimiento periódico al correcto uso de la  información generada por el área.    

6. Implementar procesos que permitan realizar el  seguimiento y control a las actividades realizadas por los externos con el fin  de garantizar cumplimiento a los tiempos establecidos, calidad de la  información y oportunidad de la misma.    

7. Definir mecanismos eficientes de generación de alertas tempranas  con base a la información generada por el área.    

8. Establecer acuerdos de servicio con las áreas que  intervienen en el proceso, haciendo seguimiento a los mismos.    

9. Definir y proponer procedimientos que garanticen la  estandarización de los informes que presentan los terceros como soporte de las  actividades realizadas.    

10. Almacenar la información suministrada por los  profesionales externos en bases de datos que cumplan con las políticas de  seguridad informática establecidos por el Banco.    

11. Cumplir con la cobertura exigida de los controles de  inversión de acuerdo con la reglamentación vigente.    

12. Contar con un sistema de información que permita  administrar eficientemente todos los recursos asignados al área.    

13. Dar y recibir retroalimentación a las áreas del Banco  usuarias de su información.    

14. Proponer estrategias para la administración del  personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las  políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

15. Propender por el cumplimiento de las políticas  definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos  bajo su responsabilidad.    

16. Identificar mejores prácticas en los procesos a su  cargo y guiar su implementación.    

17. Responder por la utilización racional y efectiva del  presupuesto asignado a la dependencia.    

18. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los  estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza  de la dependencia.    

Artículo 116. Gerencia de Unidad Sistema de Información  Gerencial – SIG, Gestión Balance Score Card -BSC y Calidad. La Gerencia  de Unidad Sistema de Información Gerencial – SIG, Gestión Balance Score Card – BSC,  y Calidad de la Vicepresidencia de Crédito y Cartera es la dependencia  encargada de unificar la información de la Vicepresidencia de Crédito de manera  que se identifique el desempeño de cada una de las áreas y hacer seguimiento a  los indicadores de gestión de la Vicepresidencia.    

Artículo 117. Funciones de la Gerencia de Unidad  Sistema de Información Gerencial – SIG, Gestión Balance Score  Card – BSC, y Calidad. Son  funciones de la Gerencia de Unidad Sistema de Información Gerencial – SIG,  Gestión Balance Score Card  – BSC, y Calidad de la Vicepresidencia de Crédito y  Cartera:    

1. Administrar los indicadores estratégicos y de proceso de  cada una de las Gerencias de la Vicepresidencia de Crédito y Cartera.    

2. Ejercer control de gasto y ejecución al presupuesto  asignado a la Vicepresidencia.    

3. Administrar el proceso de Gestión de Calidad.    

4. Ser fuente oficial de información de Crédito y Cartera  del Banco.    

5.  Generar informes gerenciales que permitan la toma de decisiones para las  Gerencias de la Vicepresidencia.    

6. Propender por la calidad, oportunidad y  utilidad de los informes que faciliten la toma de decisiones.    

7. Administrar el Sistema de Información  Gerencial de Crédito y Cartera.    

8. Proponer estrategias para la administración  del personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de  las políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación,  capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción,  contratación y traslado del personal de su Gerencia.    

9. Propender por el cumplimiento de las  políticas definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y  procedimientos bajo su responsabilidad.    

10. Identificar mejores prácticas en los  procesos a su cargo y guiar su implementación.    

11. Responder por la utilización racional y  efectiva del presupuesto asignado a la dependencia.    

12. Ejercer las demás funciones que señalen la  ley, los estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la  naturaleza de la dependencia.    

Artículo 118. Organos  de Asesoría y Coordinación. Compete a los órganos de Asesoría y  Coordinación, las siguientes responsabilidades:    

1. Comité de Presidencia: Planear,  coordinar, evaluar y controlar la administración interna del Banco en orden al  cumplimiento efectivo de su objeto social.    

2. Comité de Archivo: Asesorar a los Organos de Dirección y Administración del Banco, en la  definición de políticas, programas de trabajo y toma de decisiones relacionadas  con la administración y manejo técnico de los archivos de la Entidad.    

3. Comité de Gestión de Activos y Pasivos: Apoyar  a la Junta Directiva y a la Presidencia del Banco, en la definición,  seguimiento y control de las políticas generales de la gestión de activos y  pasivos y la determinación de los límites para asumir riesgos.    

4. Comité de Evaluación y Control de los  Riesgos Físicos: Asesorar a la Presidencia del Banco en el establecimiento  de políticas para el manejo y control de los siniestros presentados en la  Entidad, tanto en sus bienes como en sus instalaciones y en la evaluación y  seguimiento sobre la aplicación de recomendaciones de las firmas auditoras y reaseguradoras  relacionadas con aspectos críticos del Banco.    

5. Comités para la Evaluación de Cartera: Evaluar  la cartera del Banco, en forma periódica, por intermedio del Comité Nacional de  Cartera y del Comité Regional de Cartera, con el fin de determinar su  calificación de conformidad con las normas vigentes.    

6. Comité de Conciliación y Defensa  Judicial: Actuar como sede previa de estudio, análisis y formulación de  políticas sobre prevención del daño y defensa de los intereses del Banco así  como de la aprobación de las Conciliaciones que debe firmar la Entidad y  determinación de procedencia de las acciones de repetición.    

7. Comité de Coordinación del Sistema de  Control Interno: Recomendar a la Presidencia del Banco pautas para la  determinación, implantación, adaptación y mejoramiento del Sistema de Control  Interno; evaluar el cumplimiento de metas de acuerdo con las políticas, planes  y programas trazados y recomendar los correctivos requeridos.    

8. Comité de Auditoría de la Junta  Directiva: Apoyar a la Junta Directiva en la toma de decisiones atinentes  al control interno y servir de enlace de comunicación entre la Junta Directiva,  la Administración y los Organismos Internos de Control, con el propósito de  realizar el análisis, la evaluación y el seguimiento a los procedimientos de  control utilizados por el Banco.    

Parágrafo. Corresponde a la Junta Directiva  del Banco Agrario de Colombia S.A. crear los Comités  y Comisiones que exijan las disposiciones legales y los demás que considere  necesarios para el buen funcionamiento de la Entidad, señalando su conformación  y funciones.    

Artículo 119. Vigencia y derogatorias. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 2679 de 2008.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 31 de julio de 2009.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,    

Andrés Darío Fernández Acosta.    

La Directora del Departamento Administrativo  de la Función Pública,    

Elizabeth Rodríguez Taylor.    

               

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