DECRETO 2807 DE 2007
(julio 24)
por el cual se modifica la Planta de Personal del Ministerio de Minas y Energía.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que mediante sentencia del 21 de octubre de 2004, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca Sala de Descongestión de la Sección Segunda Subsección B ordenó al Ministerio de Minas y Energía reintegrar al señor Luis Fernando López Pineda, en el empleo que desempeñaba al momento de su desvinculación o a otro de igual o similar categoría y remuneración;
Que el señor Luis Fernando López Pineda, al momento de su desvinculación, desempeñaba el cargo de Profesional Universitario Código 3020 Grado 13, ahora Código 2044 Grado 10 según Decreto 2489 de 2006;
Que en la planta de personal actual del Ministerio de Minas y Energía, establecida mediante Decreto 71 de enero de 2001, no existen cargos vacantes de carrera administrativa de Profesional Universitario Código 2044 Grado 10;
Que para dar cumplimiento al fallo proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, se requiere modificar la planta de personal del Ministerio de Minas y Energía, creando el cargo de Profesional Universitario Código 2044 Grado 10 en la Planta Global;
Que para efectos de modificar la Planta de Personal del Ministerio de Minas y Energía, se cuenta con el concepto de viabilidad presupuestal de Referencia 019398 del 8 de mayo de 2007 expedido por la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público;
Que por lo anterior,
DECRETA:
Artículo 1°. Créase en la Planta de Personal del Ministerio de Minas y Energía el siguiente cargo:
PLANTA GLOBAL
N° Cargos
Denominación del cargo
Código
Grado
1 (Uno)
Profesional Universitario
2044
10
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente el Decreto 71 del 17 de enero de 2001.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 24 de julio de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.
El Ministro de Minas y Energía,
Hernán Martínez Torres.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.