DECRETO 271 DE 2009

Decretos 2009

            DECRETO 271 DE 2009    

(enero 30)    

por el cual se  modifica el detalle del aplazamiento contenido en el Decreto  0004 del 2 de enero de 2009.    

El Ministro del Interior y de Justicia de la  República de Colombia delegatario de funciones Presidenciales mediante Decreto  162 del 22 de enero de 2009, en uso de sus facultades constitucionales y  legales, en especial las que le confirieren los artículos 76 y 77 del Estatuto  Orgánico del Presupuesto, y    

CONSIDERANDO:    

Que de conformidad con los artículos 76 y 77  del Estatuto Orgánico del Presupuesto, en cualquier mes del año fiscal, el  Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo de Ministros, podrá reducir o  aplazar total o parcialmente, las apropiaciones presupuestales, entre otros  cuando la coherencia macroeconómica así lo exija o cuando el Ministerio de  Hacienda y Crédito Público estimare que los recaudos del año puedan ser  inferiores al total de gastos y obligaciones contraídas que deban pagarse con  cargo a tales recursos. En tales casos el Gobierno podrá prohibir o someter a  condiciones especiales la asunción de nuevos compromisos y obligaciones;    

Que el Gobierno Nacional previo concepto del  Consejo de Ministros, expidió el Decreto 0004 de 2009  mediante el cual se aplazaron algunas apropiaciones del Presupuesto General de  la Nación por la suma de $3.024,7 mil millones;    

Que el Consejo de Ministros el 2 de enero de  2009, facultó al Consejo Superior de Política Fiscal –CONFIS, para emitir el  concepto previo de que trata el artículo 76 del Estatuto Orgánico del  Presupuesto, en el evento en que nuevas circunstancias permitan modificar o  levantar el aplazamiento total o parcialmente;    

Que el artículo 4° del Decreto  0004 del 2 de enero de 2009, estableció que el Gobierno Nacional, previo  concepto del Consejo Superior de Política Fiscal –CONFIS, podrá sustituir una  apropiación aplazada por otra, siempre que se mantenga el monto aplazado y el  impacto fiscal del mismo;    

Que el Ministerio de  Agricultura y Desarrollo Rural, mediante comunicación 20092200001441 del 7 de  enero de 2009, solicitó modificar algunas partidas del sector agropecuario  incluidas en el citado decreto;    

Que la Agencia  Nacional de Hidrocarburos – ANH, mediante comunicación ANH-1-000152-2009-S del  8 de enero de 2009, solicitó modificar algunas partidas de la entidad incluidas  en el citado decreto;    

Que el Ministerio de  Minas y Energía, mediante comunicación 2009002285 del 21 de enero de 2009,  solicitó modificar algunas partidas de la entidad incluidas en el citado decreto;    

Que el Departamento  Nacional de Planeación –DNP mediante oficios DIFP-13-20092620000126 y  DIFP-25-20092620000136 del 9 de enero de 2009 y DIFP-25-20092620000266 del 21  de enero de 2009, emitió conceptos favorables a las modificaciones solicitadas  por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, la Agencia Nacional de  Hidrocarburos – ANH y el Ministerio de Minas y Energía;    

Que el Consejo  Superior de Política Fiscal –CONFIS, en sus sesiones del 15 de enero y 22 de  enero de 2009 una vez verificado que se mantiene el monto aplazado y el impacto  fiscal del mismo, emitió conceptos favorables para modificar algunas partidas  incluidas en el aplazamiento del sector agropecuario y de la Agencia Nacional  de Hidrocarburos – ANH por la suma de veinticinco mil ochocientos millones de  pesos moneda legal ($25.800.000.000) y del Ministerio de Minas y Energía por la  suma de mil quinientos millones de pesos moneda legal ($1.500.000.000),  respectivamente;    

DECRETA:    

Artículo 1º. Desaplazar el  Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 2009, en la suma de  veintisiete mil tres cientos millones de pesos moneda legal ($27.300.000.000);  según el siguiente detalle:    

DESAPLAZAMIENTO – PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION    

Nota: Ver Diario Oficial 47.248    

Artículo 2º. Aplazar el Presupuesto de Gastos  para la vigencia fiscal de 2009, en la suma de veintisiete mil trescientos  millones de pesos moneda legal ($27.300.000.000); según el siguiente detalle:    

APLAZAMIENTO – PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION    

Nota: Ver Diario Oficial 47.248    

Artículo 3º. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 30 de enero de 2009.    

FABIO VALENCIA COSSIO    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Oscar Iván Zuluaga Escobar.    

               

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