DECRETO 2626 DE 2007
(julio 10)
por el cual se acepta la renuncia del gobernador del Departamento del Magdalena.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los artículos 303 de la Constitución Nacional, y 66 de la Ley 4 de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que mediante comunicación del 27 de junio de 2007, el señor Trino Luna Correa, identificado con la cédula de ciudadanía número 71635695 de Medellín, presentó renuncia irrevocable del cargo de gobernador del Departamento del Magdalena que venía ejerciendo desde el 1° de enero de 2004 por voluntad popular.
Que compete al Presidente de la República, como máxima autoridad administrativa y en ejercicio de la competencia atribuida en el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, aceptar la renuncia del señor Trino Luna Correa, gobernador del Departamento del Magdalena.
Que la renuncia del cargo de gobernador origina una falta absoluta, situación regulada en el artículo 1° del Acto Legislativo número 2 de 2002, en cuyo inciso tercero dispone que cuando se presente falta absoluta a menos de dieciocho (18) meses de la terminación del período, el Presidente de la República designará un Gobernador para lo que reste del período, respetando el partido, grupo político o coalición por el cual fue inscrito el gobernador elegido.
Que mientras se surten las gestiones para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1° del Acto Legislativo número 2 de 2002, se hace necesario realizar un encargo con carácter provisional en el cargo de gobernador del Magdalena para evitar vacíos de poder o autoridad.
Que por solicitud de autoridad judicial competente el señor Trino Luna Correa se encontraba suspendido en el ejercicio de su cargo y mediante Decreto 2354 del 25 de junio de 2007, el Gobierno Nacional nombró como gobernador encargado durante el término de suspensión del titular al señor Francisco José Infante Vergara,
DECRETA:
Artículo 1°. Aceptar la renuncia presentada por el señor Trino Luna Correa, identificado con la cédula de ciudadanía 71635695 de Medellín, al cargo de Gobernador del Departamento del Magdalena, para el cual fue elegido popularmente por el periodo institucional comprendido entre el 1° de enero de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2007.
Artículo 2°. Prorrogar el encargo como Gobernador del Departamento del Magdalena del señor Francisco José Infante Vergara, identificado con la cédula de ciudadanía número 12539940 de Santa Marta, mientras se surten las gestiones para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo primero del Acto Legislativo número 2 de 2002.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 10 de julio de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Carlos Holguín Sardi.