DECRETO 2607 DE 2008

Decretos 2008

DECRETO  2607 DE 2008    

(julio 16)    

por el cual se hace efectiva una sanción disciplinaria impuesta al  Notario Unico del Círculo de Copacabana-Antioquia.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales que le confiere  el artículo 172 de la Ley 734 de 2002, y,    

CONSIDERANDO:    

Que la  Superintendencia Delegada para el Notariado, mediante fallo de Primera  instancia del 27 de noviembre de 2007, proferido dentro de la Investigación  Disciplinaria número 083 de 2005, impuso al señor Luis Carlos Sánchez Vasco,  identificado con la cédula de ciudadanía número 8265356, la sanción de  Suspensión en el ejercicio del cargo por el término de seis meses en su  condición de Notario Unico del Círculo de Copacabana;    

Que mediante  providencia del 14 de abril de 2008, la Superintendente de Notariado y  Registro, resolvió el recurso de apelación, modificando la sanción impuesta en  primera instancia, por la de Sanción de Suspensión por el lapso de tres (3)  meses;    

Que según obra en el  expediente el fallo se encuentra debidamente ejecutoriado desde el día 7 de  mayo de 2008;    

Que conforme al  artículo 172 numeral 3 de la Ley 734 de 2002,  corresponde al nominador hacer efectivas las sanciones disciplinarias que se  impongan a los servidores públicos de libre nombramiento y remoción o de  carrera;    

Que la Sala de  Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en pronunciamiento del 28 de  julio de 1994, Radicación 624, conceptuó que los actos mediante los cuales el  Presidente de la República da cumplimiento a una sanción a instancias de  autoridad competente, son de ejecución y contra los mismos no cabe recurso  alguno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 del Código  Contencioso Administrativo,    

DECRETA:    

Artículo 1°. En  cumplimiento de lo dispuesto por el Superintendente de Notariado y Registro,  mediante Resoluciones número 8189 del 27 de noviembre de 2007 y número 2443 del  14 de abril de 2008, impóngase al señor Luis Carlos Sánchez Vasco, identificado  con la cédula de ciudadanía número 8265356, la sanción de Suspensión en el  ejercicio del cargo por el término de tres (3) meses, en su condición de  Notario Unico del Círculo de Copacabana.    

Artículo 2°. Por la  Secretaría General de la Superintendencia de Notariado y Registro, cúmplase lo  dispuesto por el artículo 174 de la Ley 734 de 2002.    

Artículo 3°. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y contra él no  procede recurso alguno, de conformidad con el artículo 49 del Código  Contencioso Administrativo.    

Comuníquese,  publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C.,  a 16 de julio de 2008.    

ÁLVARO URIBE  VÉLEZ    

El Ministro del  Interior y de Justicia,    

Fabio Valencia  Cossio.    

               

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