DECRETO 2353 DE 2008

Decretos 2008

DECRETO  2353 DE 2008    

(junio 27)    

por el cual se modifica el Decreto 574 de 2007  que define las condiciones financieras y de solvencia del Sistema Unico de Habilitación de Entidades Promotoras de Salud del  Régimen Contributivo y Entidades Adaptadas.    

Nota: Derogado parcialmente por el Decreto 4789 de 2009.    

El Ministro del  Interior y de Justicia de la República de Colombia, Delegatario de las  funciones presidenciales mediante Decreto 2340 de 2008,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las  contenidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y  el artículo 42 numeral 10 de la Ley 715 de 001  y en desarrollo del artículo 180 de la Ley 100 de 1993,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Derogado por el Decreto 4789 de 2009,  artículo 5º. Se modifica el parágrafo 3° del artículo 8° del Decreto 574 de 2007,  modificado por el artículo 4° del Decreto 1698 de 2007,  el cual quedará así:    

“Parágrafo 3°. La constitución de las reservas  de que trata el presente artículo tendrá un plazo de ajuste de treinta y seis  (36) meses contados a partir de la entrada en vigencia de este decreto de forma  lineal mensual”.    

Artículo 2°. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las  disposiciones que le sean contrarias, en especial el artículo 4° del Decreto 1698 de 2007.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C.,  a 27 de junio de 2008.    

FABIO VALENCIA COSSIO    

El Ministro de la  Protección Social,    

Diego Palacio  Betancourt    

               

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