DECRETO 2309 DE 2009
(junio 19)
por el cual se concede una prórroga.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales que le confiere el artículo 64 del Decreto 2148 de 1983, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional, mediante Decreto número 1466 del 28 de abril de 2009, designó a la doctora MABEL MARTÍNEZ VARGAS, identificada con la cédula de ciudadanía número 27479250 expedida en Taminango, como Notaria Primera (1°) del Círculo de Pasto (Nariño), en propiedad.
Que la doctora Mabel Martínez Vargas, aceptó dentro del término legal, el nombramiento que le efectuó el Gobierno Nacional.
Que por escrito del 12 de junio de 2009, la doctora Martínez Vargas, solicita se le conceda prórroga para tomar posesión como Notaria Primera (1°) del Círculo de Pasto (Nariño), teniendo en cuenta que se encuentra ejerciendo el cargo de representante legal de la empresa Cedenar S. A. E.S.P., empresa que tiene una participación estatal del 99.9%, siendo necesario que la sustitución de la representación legal se eleve a escritura pública debidamente inscrita ante la Cámara de Comercio.
Que el artículo 64 del Decreto Reglamentario 2148 de 1983, señala “El notario tomará posesión del cargo dentro de los diez (10) días siguientes a aquel en que reciba la confirmación del nombramiento si ya se inició el período legal, salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado o prórroga hasta treinta (30) días concedida justificadamente por quien hizo la designación”.
Que el Decreto 2235 de 1994, reglamenta el numeral 3 del artículo 138 del Decreto ley 960 de 1970 y adiciona el artículo 64 del Decreto 2148 de 1983, señalando las causales de fuerza mayor, aplicables al servicio público.
Que la petición de la doctora Mabel Martínez Vargas, se encuentra ajustada a las disposiciones señaladas anteriormente, razón por la cual es procedente conceder la prórroga solicitada.
Que por lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Prorrogar el término para tomar posesión del cargo de Notaria Primera (1°) del Círculo de Pasto (Nariño), a la doctora Mabel Martínez Vargas, identificada con cédula de ciudadanía número 27479250 expedida en Taminango, hasta el primero (1°) de julio de dos mil nueve (2009), por lo expuesto en la parte motiva del presente decreto.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 19 de junio de 2009.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Fabio Valencia Cossio.