DECRETO 222 DE 2007

Decretos 2007

DECRETO 222  DE 2007    

(enero 29)    

por el cual se suprimen  unos cargos vacantes de la planta de personal del Instituto Colombiano de la  Reforma Agraria, Incora, en Liquidación.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en  especial las que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Gobierno Nacional expidió  el Decreto  1292 del 21 de mayo de 2003, por el cual se suprime el Instituto Colombiano  de la Reforma Agraria, Incora, y se ordena su liquidación;    

Que el artículo 18 de la Ley 790 de 2002 y el Decreto 190 de 2003  disponen que los cargos que quedaren vacantes como consecuencia de la  jubilación o pensión de vejez de los servidores públicos que los desempeñaren  deberán ser suprimidos;    

Que el Instituto Colombiano de  la Reforma Agraria, Incora, en Liquidación, presentó al Departamento  Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que trata el  artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para  efectos de suprimir unos cargos de la planta de personal de la entidad, el cual  obtuvo concepto técnico favorable de ese Departamento Administrativo;    

Que se cuenta con el concepto de  la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda  y Crédito Público, para efecto de modificar su planta de personal;    

Que la Junta Liquidadora del  Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, en Liquidación, sometió a  aprobación del Gobierno Nacional la modificación de la planta de personal del  Instituto, de acuerdo con las Actas número 9 del 6 de diciembre de 2005, número  3 del 6 de abril de 2006 y número 8 del 1° de noviembre de 2006,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Apruébase la  modificación de la planta de personal del Instituto Colombiano de la Reforma  Agraria, Incora, en Liquidación, suprimiendo los siguientes cargos:    

CONSULTAR  TABLA EN EL ORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO PDF    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto  2459 del 3 de octubre de 1997.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 29 de  enero de 2007.    

 ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

Ministro de Hacienda y Crédito  Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

El Ministro de Agricultura y Desarrollo  Rural,    

Andrés Felipe Arias Leiva.    

El Director del Departamento  Administrativo de la Función Pública,    

Fernando Grillo Rubiano.    

               

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