DECRETO 2163 DE 2008

Decretos 2008

DECRETO  2163 DE 2008    

(junio 18)    

por el cual se modifica la estructura del Servicio Aéreo a Territorios  Nacionales, Satena, y se dictan otras disposiciones.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales,  en especial de las que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que en la sesión del  12 de diciembre de 2007, según Acta número 081, la Junta Directiva decidió someter  a aprobación del Gobierno Nacional la modificación de la estructura del  Servicio Aéreo a Territorios Nacionales, Satena,    

DECRETA:    

CAPITULO I    

Estructura    

Artículo 1°. Estructura.  La estructura del Servicio Aéreo a Territorios Nacionales, Satena, será la  siguiente:    

1. JUNTA DIRECTIVA    

2. PRESIDENCIA    

2.1. Oficina de  Control Interno.    

2.2. Oficina Asesora  Jurídica.    

2.3 Oficina Asesora de  Planeación.    

2.4. Departamento de  Seguridad.    

3. VICEPRESIDENCIA    

3.1. Dirección  Operaciones Aéreas.    

3.2. Dirección  Técnica.    

3.3. Dirección  Comercial.    

3.4. Dirección  Administrativa y Financiera.    

3.5. Departamento  Administración de Calidad Técnica.    

4. ORGANOS DE ASESORIA  Y COORDINACION    

4.1. Comité de  Coordinación del Sistema de Control Interno.    

4.2. Comisión de  personal.    

4.3. Comité de  Seguridad y Prevención de Accidentes.    

CAPITULO II    

De  las funciones    

Artículo 2°. La Junta  Directiva y el Presidente cumplirán las funciones señaladas en la ley, los  estatutos de la empresa y en las demás disposiciones legales vigentes.    

Artículo 3°. Oficina  de Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control Interno, las  siguientes:    

a) Planear, dirigir y  organizar la verificación y evaluación del Sistema de Control Interno;    

b) Asesorar y apoyar a  la Presidencia, en el diseño, implantación y desarrollo de procesos  relacionados con el sistema de Control Interno en la empresa;    

c) Verificar que el  Sistema de Control Interno, esté formalmente establecido dentro de la  organización, y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones  de todos los cargos y en particular, de aquellos que tengan responsabilidad de  mando;    

d) Verificar que los  controles definidos para los procesos y actividades de la organización, se  cumplan por los responsables de su ejecución y en especial, que las áreas o  empleados encargados de la aplicación del régimen disciplinario ejerzan  adecuadamente esta función;    

e) Verificar que los  controles asociados con todas y cada una de las actividades de la organización,  estén adecuadamente definidos, sean apropiados y se mejoren permanentemente, de  acuerdo con la evolución de la entidad;    

f) Velar por el  cumplimiento de las leyes, normas, políticas, procedimientos, planes,  programas, proyectos y metas de la organización y recomendar los ajustes  necesarios;    

g) Servir de apoyo a  los directivos en el proceso de toma de decisiones a fin de que se obtengan los  resultados esperados;    

h) Verificar los  procesos, relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de  información de la entidad y recomendar los correctivos que sean necesarios;    

i) Mantener  permanentemente informados a los directivos acerca del estado del Control  Interno de la empresa, y agencias comerciales dando cuenta de las debilidades  detectadas y de las fallas en su cumplimiento;    

j) Diseñar, fomentar y  propiciar una cultura de autocontrol y de mejoramiento continuo en todos los  niveles de la empresa y agencias comerciales estableciendo planes estratégicos,  tácticos y operativos;    

k) Verificar que se  implanten, las medidas respectivas recomendadas;    

l) Fomentar en toda la  organización, la formación de una cultura de autocontrol que contribuya al  mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional;    

m) Evaluar y verificar  la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana, que en desarrollo  del mandato constitucional y legal, diseñe Satena;    

n) Vigilar que las  quejas y reclamos que se presenten en relación con los servicios que presta la  entidad, sean atendidas oportunamente, de acuerdo con las normas legales  vigentes y rendir al Presidente de Satena un informe semestral;    

o) Las demás que le  sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 4°. Oficina  Asesora Jurídica. Son funciones de la Oficina Asesora Jurídica, las  siguientes:    

a) Asesorar a la  Presidencia en los asuntos relacionados con la parte jurídica de la empresa y  de sus actuaciones, así como también emitir conceptos que sean requeridos por  las demás dependencias;    

b) Conceptuar,  elaborar y/o revisar los proyectos de acuerdos, resoluciones, actos administrativos  y minutas de contratos que deban suscribir la Junta Directiva y la Presidencia;    

c) Preparar y recomendar a la Presidencia,  anteproyectos de ley o de decretos referentes a los objetivos de la empresa o  relacionados con su operación, para su trámite ante los organismos competentes;    

d) Representar  judicial y extrajudicialmente a la entidad ya sea directamente o a través de  abogados externos en los asuntos de carácter jurídico cuando así lo determine  la Presidencia e informar el curso de los mismos;    

e) Mantener  actualizadas las normas y disposiciones legales relacionadas con la empresa,  velar por su divulgación así como llevar el registro de los contratos y  resoluciones;    

f) Velar por el  cumplimiento de los términos y demás disposiciones referentes a las investigaciones  disciplinarias que se adelanten en la Oficina de Control Interno Disciplinario;    

g) Revisar las pólizas  constituidas a favor de la entidad de los contratos que se elaboren y se  revisen en la oficina;    

h) Las demás que le  sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 5°. Oficina  Asesora de Planeación. Son funciones de la Oficina Asesora de Planeación,  las siguientes:    

a) Asesorar a la  Presidencia, en la formulación de políticas y en la definición de planes y  programas que deba realizar la empresa en el cumplimiento de sus objetivos;    

b) Planear el  desarrollo económico, competitivo de la empresa a mediano y largo plazo  atendiendo normas y procedimientos vigentes, y a las tendencias que muestran el  desarrollo social, económico y político, garantizando un fortalecimiento  organizacional acorde al entorno competitivo;    

c) Preparar de  conformidad con el plan general de acción y en coordinación con la Dirección  Administrativa y Financiera el proyecto anual de presupuesto, el programa anual  de caja, sus modificaciones y someterlos a consideración de la Junta Directiva;    

d) Dirigir, coordinar  y desarrollar el sistema integrado de planeamiento, programación y  presupuestación como modelo de administración de recursos para la empresa;    

e) Coordinar, formular  y evaluar los proyectos de inversión de la empresa, atendiendo a las políticas  y normatividad que gobierne la aplicación y desarrollo de dichos proyectos;    

f) Diseñar, aplicar y  analizar herramientas de medición y comparación, de gestión productiva, para  las dependencias de la organización a fin de detectar comportamientos y  tendencias que afecten el desarrollo económico de la empresa, para establecer y  corregir las desviaciones y recomendar directrices de ajuste a la gestión;    

g) Atender y fomentar  la metodología que tenga que ver con las tendencias de mejoramiento y  competitividad organizacional, en el ámbito de mediana y alta Gerencia a fin de  que se implementen herramientas estratégicas que beneficien el desarrollo de la  organización,    

h) Diseñar formas y  métodos adecuados para el normal funcionamiento de los procesos que tienen que  ver con la misión de cada dependencia;    

i) Coordinar el diseño  y adopción de medios de información gerencial que faciliten el proceso de toma  de decisiones;    

j) Las demás que le  sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 6°. Departamento  de Seguridad. Son funciones del Departamento de Seguridad, las siguientes:    

a) Asesorar a la  Presidencia en la formulación de planes relacionados con la seguridad de la  empresa;    

b) Elaborar y  desarrollar los programas de prevención de accidentes aéreos con el fin de  detectar riesgos y deficiencias en los aspectos de seguridad aérea;    

c) Determinar y  tramitar la adquisición de los elementos necesarios para los equipos de  supervivencia, emergencia de los aviones y elementos de protección personal de  los trabajadores y controlar su asignación y uso adecuado;    

d) Determinar las  causas de los accidentes o incidentes aéreos, con base en las investigaciones y  rendir el correspondiente informe a la Presidencia;    

e) Supervisar los  programas de entrenamiento de tripulantes de vuelo y del personal técnico desde  el punto de vista de seguridad área e industrial;    

f) Las demás funciones  que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 7°. Vicepresidencia.  Son funciones de la Vicepresidencia, las siguientes:    

a) Asistir a la  Presidencia en la coordinación de las actividades de las diferentes dependencias;    

b) Representar a la  Presidencia en las actividades que esta le encomiende;    

c) Velar por el  cumplimiento de las normas y procedimientos de la empresa y conceptuar sobre  los asuntos que se sometan a su consideración;    

d) Dirigir y controlar  la organización de los archivos, general, histórico y de normas permanentes de  la empresa;    

e) Comunicar  decisiones pertinentes a las dependencias respectivas y ejercer el control  sobre el cumplimiento de las órdenes de la Presidencia y plazos de cumplimiento  estipulados;    

f) Dirigir y orientar  la definición de planes y programas que garanticen el desarrollo de los  sistemas de información, bases de datos, sistematización, aumatización con la  seguridad y protección que requieren los recursos informáticos y con la  adecuada infraestructura tecnológica en comunicaciones;    

g) Las demás que le  sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 8°. Dirección  Operaciones Aéreas. Son funciones de la Dirección Operaciones Aéreas, las  siguientes:    

a) Asistir a la  Presidencia en la formulación de los planes y programas relacionados con las  operaciones aéreas de la empresa;    

b) Supervisar la  operación de vuelo y los aspectos relativos a la seguridad de esta operación;    

c) Coordinar con la  Dirección Comercial el establecimiento o supresión de rutas y frecuencias de  acuerdo con las necesidades y condiciones del mercado;    

d) Coordinar con la  Dirección Técnica el mantenimiento y la disponibilidad del material  aeronáutico;    

e) Organizar y  supervisar las actividades relacionadas con la instrucción y entrenamiento de  los tripulantes en los diferentes equipos que operan en la empresa;    

f) Controlar y evaluar  la programación de vuelo y su cumplimiento;    

g) Mantener datos  estadísticos de la operación de vuelo confiables que faciliten las actividades  de la dependencia;    

h) Dirigir y controlar  la ejecución de los programas que en materia de calidad adopte la empresa;    

i) Coordinar el  seguimiento minucioso de las operaciones diarias de vuelo de la empresa;    

j) Supervisar que las  operaciones de vuelo, se lleven a cabo bajo los estándares de las regulaciones  nacionales e internacionales;    

k) Hacer cumplir las  regulaciones impuestas por la FAC, Aeronáutica Civil, y la Presidencia en lo  relacionado con las operaciones aéreas;    

l) Supervisar los  chequeos de vuelo y control anual para mantenimiento de autonomías;    

m) Planear y programar  la adquisición de los equipos necesarios para el eficiente funcionamiento de  las comunicaciones de la empresa;    

n) Coordinar y  controlar las actividades inherentes a la atención y despacho de las aeronaves,  en cumplimiento a los itinerarios programados;    

o) Controlar y  supervisar el cargue y descargue de los aviones y entrega de equipajes y carga  a los usuarios;    

p) Las demás que le  sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 9°. Dirección  Técnica. Son funciones de la Dirección Técnica, las siguientes:    

a) Dirigir y evaluar  la elaboración y ejecución de los planes y programas necesarios, para el  mantenimiento preventivo y correctivo de las aeronaves y equipos de la empresa;    

b) Coordinar los estudios de factibilidad  técnica y recomendar la renovación o sustitución del equipo aéreo, equipo de  apoyo terrestre (ETA), partes aeronáuticas y presentar las necesidades de  inversión que de allí se deriven;    

c) Ejecutar y  controlar los programas que en materia de calidad adopte la empresa;    

d) Mantener  actualizada la documentación técnica inherente al equipo aéreo que posee la  empresa;    

e) Orientar, coordinar  y evaluar los programas de adiestramiento para el personal técnico;    

f) Programar en  coordinación con el área de entrenamiento, los cursos de tierra y repaso para  el personal de técnicos tripulantes en los diferentes equipos de la empresa;    

g) Dirigir y controlar  la elaboración de los programas de mantenimiento de las aeronaves, ajustada a  los patrones establecidos por la empresa y de acuerdo con lo dispuesto en los  manuales de los fabricantes;    

h) Determinar las  necesidades y prever la disponibilidad de partes aeronáuticas, maquinaria y  equipo requerido para el mantenimiento de las aeronaves y reparación de  aeropartes;    

i) Dirigir y controlar  las actividades inherentes a la compra de elementos, aeropartes y demás insumos  necesarios para el mantenimiento de las aeronaves, cumpliendo las normas y  procedimientos administrativos de la empresa;    

j) Dirigir y coordinar  las importaciones que requiera la empresa;    

k) Las demás funciones  que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 10. Dirección  Comercial. Son funciones de la Dirección Comercial, las siguientes:    

a) Proponer y  desarrollar políticas y estrategias de mercado que fomenten y aseguren el  incremento progresivo de las ventas;    

b) Planear, organizar,  dirigir y controlar las actividades inherentes a la comercialización de productos  y servicios y presentar informes periódicos sobre los resultados obtenidos;    

c) Coordinar la  ejecución de los planes de ventas a nivel nacional de acuerdo con las políticas  de la Presidencia de Satena;    

d) Dirigir estudios  para determinar la demanda actual y potencial de los servicios existentes y  nuevos de acuerdo con las exigencias del mercado;    

e) Promover los  servicios a través de la participación en exposiciones y certámenes de índole  nacional conforme a las normas y directrices fijadas por la empresa;    

f) Preparar en  coordinación con todas las dependencias el proyecto de presupuesto de ingresos;    

g) Proponer a la  Presidencia para su aprobación, la política de tarifas de los servicios que  presta la empresa que garanticen competitividad a nivel nacional;    

h) Optimizar la red  comercial de puntos de venta propios y otros e identificar y utilizar nuevos  canales de distribución a nivel nacional;    

i) Proponer las  campañas publicitarias de acuerdo con las políticas, normas y disposiciones del  Gobierno Nacional;    

j) Establecer  programas de estímulos por ventas de acuerdo con las políticas y directrices  fijadas por la entidad;    

k) Ejecutar los  programas que adopte la empresa para el aseguramiento de la calidad en su área;    

l) Dirigir las  actividades de las Agencias Comerciales, Oficina de Pasajes, Reservas y  Atención al Cliente;    

m) Proponer a la  Presidencia los candidatos para contratar como agentes comerciales, de turismo  y demás puntos de venta;    

n) Las demás funciones  que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 11. Direccion  Administrativa y Financiera. Son funciones de la Dirección Administrativa y  Financiera, las siguientes:    

a) Planear, organizar,  dirigir y controlar las actividades inherentes a la gestión Financiera y  Administrativa de la empresa en concordancia con los objetivos de la misma;    

b) Dirigir, coordinar  y supervisar las actividades relacionadas con las operaciones contables,  presupuestales y financieras de la empresa;    

c) Fijar las  directrices, que se requieran para la elaboración, ejecución y control presupuestal  como una herramienta eficaz para la proyección de la empresa;    

d) Preparar en  coordinación con la oficina asesora de Planeación el proyecto anual de  presupuesto;    

e) Adelantar gestiones  orientadas a la búsqueda de recursos financieros y procurar administración  conforme a los objetivos y programas de Satena;    

f) Fijar y controlar  la aplicación de los sistemas contables, presupuestales y de costos de la  empresa,    

g) Determinar, de  acuerdo con las disposiciones vigentes los sistemas de recaudo de ingresos y de  pago de las obligaciones de la empresa;    

h) Proponer políticas  de crédito, así como dirigir las actividades tendientes al manejo y  recuperación de la cartera,    

i) Coordinar el manejo  y control de los aspectos financieros y administrativos de las agencias  comerciales y de turismo;    

j) Proponer a la  Presidencia, inversiones financieras que por rentabilidad y conveniencia sean  favorables a la empresa;    

k) Dirigir y controlar  la ejecución de los programas que en materia de calidad adopte la empresa;    

l) Planear, organizar,  dirigir y controlar las actividades inherentes a la administración del recurso  humano de la Empresa;    

m) Elaborar y  desarrollar los programas de Seguridad Industrial, Salud Ocupacional y Medio  Ambiente, que requiera la entidad;    

n) Organizar y  coordinar las actividades relacionadas con las compras, el almacenamiento y el  suministro oportuno de los elementos misceláneos necesarios para el  funcionamiento de la empresa;    

o) Organizar,  controlar y coordinar las actividades inherentes a los servicios generales de  aseo, cafetería construcciones, conservación y mantenimiento de los bienes  muebles e inmuebles, prestación de los servicios de transporte, seguridad  física de la empresa;    

p) Elaborar y  desarrollar los programas de prevención, de defensa y protección física de la  empresa.    

q) Las demás funciones  que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 12. Departamento  Administración de Calidad Técnica. Son funciones del Departamento  Administración de Calidad Técnica, las siguientes:    

a) Promover la  actualización y capacitación sobre los conceptos de calidad total y la  motivación del personal para la prestación de servicios con calidad en toda la  organización y sus diferentes áreas;    

b) Establecer  metodología de trabajo en cuanto a procedimientos técnicos para legislación,  ejecución y control de programas de mantenimiento preventivo, correctivo e  imprevisto para mejorar y optimizar las calidades y cualidades técnicas en el  alistamiento de aeronaves y prestación de servicios;    

c) Desarrollar el plan  para el control de los talleres aeronáuticos de la empresa así como los  talleres externos que sirven de apoyo así como efectuar el control de los  materiales aeronáuticos, pruebas no destructivas y formatos técnicos de  inspección, verificando que cumplan los requerimientos de la Aeronáutica Civil;    

d) Vigilar el  cumplimiento de las normas aeronáuticas durante la ejecución de los trabajos de  mantenimiento, así como en el cumplimiento de los programas de mantenimiento de  los aviones de acuerdo con las especificaciones de los fabricantes;    

e) Responder por el  aseguramiento de la calidad mediante la verificación de las condiciones de  ejecución de los trabajos de mantenimiento y en la prestación de servicios;    

f) Llevar a la  práctica los procedimientos de RII (Item de inspección requeridas) y verificar  que se cumplan;    

g) Elaborar el plan de  entrenamiento de inspectores y asignación del personal a los cursos programados;    

h) Intervenir en las  investigaciones de accidentes dando los informes pertinentes;    

i) Servir de enlace  con la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil;    

j) Velar para que la  información técnica aplicable a los equipos de la empresa se cumplan;    

k) Elaborar manuales  de Control Calidad del Servicio y verificar su cumplimiento y mantenerlos  actualizados;    

l) Elaborar los programas detallados para  el aseguramiento de la calidad;    

m) Las demás que le  sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

CAPITULO III    

Organos  de asesoría y coordinación    

Artículo 13. Comité  de Coordinación del Sistema de Control Interno. El Comité de Coordinación  del Sistema de Control Interno, actuará como órgano asesor de la Presidencia y  se regirá por las disposiciones señaladas en la Ley 87 de 1993, el Decreto 1826 de 1994,  Decreto 2145 de 1999,  Decreto 2539 de 2000  y demás normas que las modifiquen o sustituyan.    

Artículo 14. Comision  de Personal. La composición y funciones de la Comisión de Personal serán  las señaladas en las disposiciones legales vigentes.    

Artículo 15. Comité  de Seguridad y Prevención de Accidentes. El Comité de Seguridad y  Prevención de Accidentes estará integrado por el Presidente de Satena, quien lo  presidirá, el Director de Operaciones Aéreas, el Director de la Dirección  Técnica, el Jefe del Departamento de Seguridad quien actuará como secretario  del comité, un piloto experimentado en cada uno de los equipos de vuelo, según  sean convocados por el Presidente o el secretario del comité, y cumplirá las  siguientes funciones:    

a) Recomendar  políticas sobre seguridad aérea, industrial y física;    

b) Analizar y prevenir  riesgos de operación en los diferentes equipos.    

Artículo 16. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las  disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto  2758 del 20 de diciembre de 2001.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C.,  a 18 de junio de 2008.    

ÁLVARO URIBE  VÉLEZ    

El Ministro de  Hacienda y Crédito Público,    

Oscar Iván  Zuluaga Escobar.    

El Ministro de Defensa  Nacional,    

Juan Manuel  Santos C.    

El Director del  Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Fernando Grillo Rubiano.    

               

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