DECRETO 2120 DE 2007
(junio 12)
por el cual se concede la Orden del Mérito Industrial en la Categoría de “Gran Oficial”.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los Decretos 2898 de 1954 y 1190 de 1984 y 572 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Gobierno Nacional conceder la “Orden del Mérito Industrial” con el fin de exaltar y reconocer actos notables en el crecimiento de la industria nacional y los servicios eminentes prestados para su desarrollo;
Que la “Asociación Nacional de Transportadores” “Asotrans”, es una organización de carácter gremial y de servicios constituida en el año 1977, que propende por el mejoramiento continuo del sector del transporte, mediante la gestión gremial, la investigación en el sector y la divulgación;
Que la “Asociación Nacional de Transportadores” “Asotrans”, cuya sede principal es la ciudad de Bogotá, tiene como objetivo principal la defensa, desarrollo y fomento de los intereses de la industria del transporte público en las modalidades de pasajeros por carretera, colectivo municipal, taxis, mixtos de servicios especiales y turismo, multimodal y mensajería especializada;
Que la “Asociación Nacional de Transportadores” “Asotrans” representa 276 empresas repartidas en la geografía nacional y tiene 8 seccionales territoriales, que examinan la actividad transportadora en cada una de las diferentes regiones;
Que la “Asociación Nacional de Transportadores” “Asotrans” ha contribuido al desarrollo del país y al intercambio de las comunicaciones y de las comunidades proponiendo los tipos de vehículos que responden a la topografía colombiana y las normas para que el desarrollo empresarial acceda a la prestación del servicio público de transporte;
Que la “Asociación Nacional de Transportadores” “Asotrans” durante su trayectoria ha realizado intercambios tecnológicos y empresariales con sus homólogos de México, Chile, Brasil, Venezuela y Ecuador, en diferentes eventos que han servido para medir el grado de Avance del sector trasnporte;
Que la “Asociación Nacional de Transportadores” “Asotrans” se ha impuesto como misión trabajar por el desarrollo sostenible del sector transporte, construyendo políticas que definan y orienten su actividad, defiendan sus principios y derechos y fomenten su autoestima y sentido de pertenencia;
Que la “Asociación Nacional de Transportadores” “Asotrans” tiene como visión proyectarse como principal artífice del desarrollo y crecimiento armónico del transporte en Colombia, llevando a los empresarios a lograr altos niveles de calidad en el servicio para que sus empresas sean competitivas a nivel nacional e internacional;
Que la “Asociación Nacional de Transportadores” “Asotrans” ha recibido los siguientes reconocimientos:
• “Al Desarrollo Gremial”, Velotax, 1992.
• “Profesionalización y Desarrollo de la Industria del Transporte”, Instituto Nacional de Transporte y Tránsito, INTRA, 1993.
• Mérito Gremial, Transportes Tonchalá, Cúcuta, 1997.
• “La Rueda de Cristal”, Asociación Nacional de Transportadores, Analtrap, 1999.
• “Bodas de Plata”, Asociación Colombiana del Transporte Terrestre Automotor Especial, Acoltes, 2002.
• “Reconocimiento 25 años Asotrans” Policía Nacional, 2002.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Concédase la “Orden del Mérito Industrial”, en la categoría de “Gran Oficial” a la “Asociación Nacional de Transportadores” “Asotrans”, como homenaje de reconocimiento a su notable contribución en beneficio de la industria nacional del transporte y los servicios prestados para su desarrollo.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 12 de junio de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Luis Guillermo Plata Páez.