DECRETO 2024 DE 2008

Decretos 2008

DECRETO  2024 DE 2008    

(junio 6)    

por medio del  cual se promulga el “Convenio de Seguridad Social entre la República de  Colombia y el Reino de España”, hecho en Bogotá el 6 de septiembre de 2005.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que  le otorga el artículo 189 numeral 2 de la Constitución  Política de Colombia y en cumplimiento de la Ley 7ª de 1944, y    

CONSIDERANDO:    

Que la Ley 7ª  del 30 de noviembre de 1944, en su artículo 1° dispone que los Tratados,  Convenios, Convenciones, Acuerdos, Arreglos u otros actos internacionales  aprobados por el Congreso, no se considerarán vigentes como leyes internas,  mientras no hayan sido perfeccionados por el Gobierno en su carácter de tales,  mediante el canje de ratificaciones o el depósito de los instrumentos de  ratificación, u otra formalidad equivalente;    

Que la misma ley en su artículo segundo ordena la promulgación de los  tratados y convenios internacionales una vez sea perfeccionado el vínculo  internacional que ligue a Colombia;    

Que el Congreso Nacional, mediante la Ley  1112 del 27 de diciembre de 2006, publicada en el Diario Oficial número 46.494 del 27 de diciembre de 2006, aprobó el  “Convenio de Seguridad Social entre la República de Colombia y el Reino de  España”, hecho en Bogotá el 6 de septiembre de 2005;    

Que la Corte Constitucional, en Sentencia C–858 del 17 de octubre de  2007, declaró exequible la Ley  1112 del 27 de diciembre de 2006 y el “Convenio de Seguridad Social entre  la República de Colombia y el Reino de España”, hecho en Bogotá el 6 de  septiembre de 2005;    

Que mediante Nota OAJ.CAT número 1381 del 14 de enero de 2008 el  Gobierno Nacional remitió a la Embajada de España en Bogotá el Instrumento de  Ratificación, en el cual consta el cumplimiento de los requisitos constitucionales  y legales internos por parte de Colombia para la entrada en vigor del  mencionado Convenio. El Gobierno del Reino de España mediante Nota Verbal  número 8/15 del 17 de enero de 2008 comunicó el cumplimiento de los requisitos  internos constitucionales y remitió el Instrumento de Ratificación de  conformidad con el artículo 33. En consecuencia, el citado instrumento  internacional entró en vigor el 1° de marzo de 2008 de acuerdo con lo previsto  en su artículo 33.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Promúlgase  el “Convenio de  Seguridad Social entre la República de Colombia y el Reino de España”, hecho en  Bogotá el 6 de septiembre de 2005;    

(Para ser transcrito en este lugar, se adjunta fotocopia del texto del “Convenio de Seguridad Social entre la República de  Colombia y el Reino de España”, hecho en Bogotá el 6 de septiembre de 2005.    

Artículo 2°. El presente decreto rige partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 6 de junio de 2008.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Relaciones Exteriores,    

Fernando Araújo Perdomo.    

               

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