DECRETO 1993 DE 2009
(junio 1º)
por el cual se designa un Notario en propiedad.
El Ministro del Interior y de Justicia de la República de Colombia, Delegatario de Funciones Presidenciales mediante Decreto número 1927 del 28 de mayo de 2009, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el artículo 161 del Decreto 960 de 1970, el artículo 5º del Decreto 2163 de 1970, los artículos 61 y 66 del Decreto Reglamentario 2148 de 1983, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 131 de la Constitución Política dispone que el cargo de Notario en Propiedad deba proveerse por concurso.
Que en virtud del Acuerdo 1 de 2006, el Consejo Superior convocó a Concurso Público y Abierto para el nombramiento de Notarios en Propiedad y el ingreso a la Carrera Notarial para proveer en propiedad el cargo de Notario en diferentes Círculos Notariales del territorio nacional.
Que mediante Acuerdo 167 de 2008, el Consejo Superior conformó la lista de elegibles para proveer en propiedad el cargo de Notario en los departamentos de Caldas, Cauca, Huila, Nariño, Quindío, Risaralda y Valle, la cual fue conformada por Círculo Notarial con los nombres y documentos de identidad de quienes en estricto orden descendente obtuvieron los mayores puntajes, como resultado de la suma de las calificaciones correspondientes a las distintas fases del concurso, de acuerdo con el mínimo fijado para la integración de las listas de elegibles de sesenta (60) puntos. (Decreto 926 de 2007 y artículo 19 del Acuerdo 01 de 2006).
Que la designación de los Notarios de Primera Categoría es competencia del Gobierno Nacional.
Que la doctora Ana Dolores García Andrade, identificada con la cédula de ciudadanía número 31296641, aspirante a Notaria Primera del Círculo de Buenaventura (Valle), obtuvo un puntaje total de 79.2333333 puntos, resultando elegible en ese Círculo Notarial.
Por lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º. Nómbrese en propiedad a la doctora Ana Dolores García Andrade, identificada con la cédula de ciudadanía número 31296641, como Notaria Primera del Círculo de Buenaventura (Valle).
Artículo 2º. Para tomar posesión de este cargo, la designada deberá acreditar ante la Superintendencia de Notariado y Registro la documentación de ley.
Artículo 3º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 1º de junio de 2009.
FABIO VALENCIA COSSIO
El Ministro del Interior y de Justicia,
Fabio Valencia Cossio.