DECRETO 187 DE 2009
(enero 23)
por el cual se retira un Notario del servicio.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren, el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 50 del Decreto 2163 de 1970, el artículo 74 del Decreto Reglamentario 2148 de 1983, y
CONSIDERANDO:
Que el doctor Jaime Jordán Mejía, Notario Segundo del Círculo de Cali (Valle), cumplió 65 años de edad el 19 de junio de 2008, según se infiere de la copia del registro civil de nacimiento que reposa en el archivo de la Superintendencia de Notariado y Registro.
Que el Decreto 3047 de 1989, establece como edad de retiro forzoso para los notarios, la de 65 años.
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 182 del Decreto 960 de 1970 el retiro se producirá a solicitud del interesado, del Ministerio Público, o de la Vigilancia Notarial, o de oficio, dentro del mes siguiente a la ocurrencia de la causal.
Que por los motivos mencionados se hace necesario retirar del servicio al doctor Jaime Jordán Mejía.
Que por lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Retirar del servicio al doctor Jaime Jordán Mejía, identificado con la cédula de ciudadanía número 6094586, del cargo de Notario Segundo del Círculo de Cali (Valle), por cumplimiento de edad de retiro.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 23 de enero de 2009.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Fabio Valencia Cossio.