DECRETO 1770 DE 2009
(mayo 18)
por medio del cual se exonera de requisitos al señor Carlo Binetti para obtener la nacionalidad colombiana por adopción.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por la Ley 962 de 2005, la Ley 43 de 1993 y su Decreto Reglamentario 1869 de 1994,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 40 de la Ley 962 del 2005, modificatorio del artículo 6° de la Ley 43 de 1993, faculta al Presidente de la República para exonerar en caso de conveniencia para Colombia, del requisito establecido en el artículo 5° de la Ley 43 de 1993 y de la presentación de los documentos señalados en los numerales 2, 3, 4, 6 y 7 del artículo 9° de la Ley 43 de 1993, modificado por el artículo 41 de la Ley 962 de 2005.
Que el señor Carlo Binetti de origen argentino y de nacionalidad italiana solicitó la nacionalidad colombiana por adopción.
Que el señor Carlo Binetti ha desarrollado actividades de interés para el país.
DECRETA:
Artículo 1°. Exonerar al señor Carlo Binetti de origen argentino y de nacionalidad italiana, identificado con cédula de extranjería número 352048 y con el pasaporte italiano número P ITA B 503545 del requisito establecido en el artículo 5° de la Ley 43 de 1993 y de la presentación de los documentos señalados en los numerales 2, 3, 4, 6 y 7 del artículo 9° de la Ley 43 de 1993, modificado por la Ley 962 de 2005.
Artículo 2°. Este decreto rige a partir de la fecha de su notificación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 18 de mayo de 2009.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Jaime Bermúdez Merizalde.