DECRETO 1735 DE 2009
(mayo 15)
por el cual se prorroga el plazo de liquidación de la Empresa Social del Estado Rita Arango Alvarez del Pino, en Liquidación.
Nota: Prorrogado por el Decreto 2859 de 2009.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política, el parágrafo 1° del artículo 2° de la Ley 1105 de 2006 y el artículo 1° del Decreto 452 de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto 452 de 2008 se dispuso la supresión y liquidación de la Empresa Social del Estado Rita Arango Alvarez del Pino, creada mediante Decreto ley 1750 de 2003 como una entidad pública descentralizada del nivel nacional, de categoría especial adscrita al Ministerio de la Protección Social.
Que el parágrafo 1° del artículo 2° de la Ley 1105 de 2006, por medio de la cual se modifica el Decreto ley 254 de 2000 sobre el procedimiento de liquidación de en tidades públicas de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional, señala que en el acto que ordene la supresión y liquidación de la respectiva entidad, se señalará el plazo para realizar la liquidación de la respectiva entidad, el cual será fijado teniendo en cuenta las características de la misma. Si la liquidación no concluye en dicho plazo, el Gobierno podrá prorrogar el plazo fijado por acto administrativo debidamente motivado.
Que el inciso 2° del artículo 1° del Decreto 452 de 2008 señaló que la liquidación de la Empresa Social del Estado Rita Arango Alvarez del Pino, en Liquidación, debería culminar a más tardar en un plazo de un (1) año, contado a partir de su entrada en vigencia, pudiendo ser prorrogado por el Gobierno Nacional mediante acto administrativo debidamente motivado.
Que mediante el artículo 1° del Decreto 431 de 2009 se prorrogó el plazo para la culminación del proceso liquidatorio de la Empresa Social del Estado Rita Arango Alvarez del Pino, en Liquidación, hasta el 15 de mayo de 2009.
Que mediante Comunicación número 006601 del 8 mayo de 2009, la Sociedad Fiduagraria S. A., en su condición de liquidadora de la Empresa Social del Estado Rita Arango Alvarez del Pino, en Liquidación, solicitó prorrogar el término para concluir la liquidación hasta el treinta y uno (31) de julio de 2009, con el fin de:
1. Culminar el trámite de normalización pensional conforme a lo previsto en los artículos 17 y 18 del Decreto 452 de 2008.
2. Definir la asunción de la deuda por parte de la Nación del pasivo laboral y pensional, toda vez que la Empresa Social del Estado en Liquidación no dispone de los recursos para tal fin, así como expedir el decreto respectivo, y
3. Obtener la aprobación por parte del Ministerio de la Protección Social del Informe Final de la Liquidación y de la suscripción del acta final, conforme a los artículos 36 y 38 del Decreto ley 254 de 2000.
Que de acuerdo con lo anterior, no es posible culminar el proceso de liquidación de la Empresa Social del Estado Rita Arango Alvarez del Pino, en Liquidación, el quince (15) de mayo de 2009, razón por la cual se justifica su prórroga,
DECRETA:
Artículo 1º. Plazo prorrogado por el Decreto 2859 de 2009, artículo 1º. Prorrogar el plazo dispuesto para la liquidación de la Empresa Social del Estado Rita Arango Alvarez del Pino, en Liquidación, establecido en el artículo 1° del Decreto 431 de 2009, hasta el treinta y uno (31) de julio de 2009.
Parágrafo. En el evento que los procesos que sustentan la prórroga establecida en el artículo 1º de este decreto puedan concluirse antes del término señalado, la Liquidadora procederá al cierre inmediato de la liquidación.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 15 de mayo de 2009.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.
El Ministro de la Protección Social,
Diego Palacio Betancourt.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor.