DECRETO 1713 DE 2009

Decretos 2009

            DECRETO 1713  DE 2009     

(mayo 14)    

por el cual se dictan disposiciones  relacionadas con las operaciones realizadas por las entidades sometidas a  inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia con  títulos valores con espacios en blanco.    

Nota:  Derogado por el Decreto 2555 de 2010,  artículo 12.2.1.1.4.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las  conferidas en los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política,  en concordancia con el literal f) del artículo 48 del Estatuto Orgánico del  Sistema Financiero,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Los títulos con espacios en  blanco de que trata el artículo 622 del Código de Comercio, suscritos con  ocasión de la celebración de operaciones activas por parte de las entidades  sometidas a inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de  Colombia en desarrollo de su objeto principal autorizado por la ley, se consideran  títulos valores para todos los efectos, siempre que cumplan con los requisitos  previstos en el Código de Comercio.    

Cuando estas entidades dispongan de tales  títulos, su importe se establecerá teniendo en cuenta el saldo de la obligación  al momento de la transferencia, según los libros y registros contables y de  conformidad con las instrucciones establecidas por la Superintendencia  Financiera de Colombia. Dicho valor debe ser certificado por el revisor fiscal  de la respectiva entidad financiera.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir  de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 14 de mayo de 2009.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

EL Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Oscar Iván Zuluaga Escobar.    

               

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