DECRETO 167 DE 2009

Decretos 2009

            DECRETO 167 DE 2009    

(enero 22)    

por el cual se  aprueba la modificación de la planta de personal de la Empresa Social del  Estado Luis Carlos Galán Sarmiento, en Liquidación.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto  3202 de 24 de agosto de 2007, en virtud del cual se suprime y ordena la  liquidación de la Empresa Social del Estado Luis Carlos Galán Sarmiento.    

Que mediante el Decreto  4992 del 31 de diciembre de 2007 y el 1522 del 9 de mayo de 2008, se  suprimieron entre otros, tres cargos de odontólogo Código 2087 Grado 18 de 4  horas, un Cargo de odontólogo Código 2087 Grado 18 de 8 horas y tres cargos de  Médico Código 2085 Grado 18 de 8 horas.    

Que los funcionarios que desempeñaban dichos  cargos deben ser reintegrados de conformidad con las siguientes sentencias de  tutela así:    

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de  Bogotá, D. C., en el expediente número 200800374-01T del 18 de junio de 2008,  ordenó el reintegro de la funcionaria Mercedes Valderrama Banoy en el Cargo:  Odontólogo Código 2087 Grado 18 jornada 4 horas.    

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de  Bogotá, D. C., en el Expediente número 110013104019200800281-01 del 3 de julio  de 2008, ordenó el reintegro de la funcionaria Amparo Lucía Olaya Segura en el  Cargo: Odontólogo Código 2087 Grado 18 jornada 4 horas.    

Tutela número 2008-0311 del 9 de julio de  2008, expedida por el Juez Once (11) Penal del Circuito de Bogotá, D.C., ordenó  el reintegro del funcionario John Dennis Beltrán Góngora en el Cargo:  Odontólogo Código 2087 Grado 18 jornada 8 horas.    

Tutela número 0301 del 1° de agosto de 2008,  expedida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, ordenó el  reintegro de la funcionaria Yaneth Bautista Villate en el Cargo: Médico código  2085 Grado 18 jornada 8 horas.    

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de  Bogotá, D. C., en el Expediente número 0332 del 11 de agosto de 2008, ordenó el  reintegro de la funcionaria Rita Esther Flórez Castillo en el Cargo: Médico  Código 2085 Grado 18 jornada 8 horas.    

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de  Bogotá, D. C., en el expediente número 28200800162 – 01T del 15 de septiembre  de 2008, ordenó el reintegro del funcionario Jesús Antonio Cristancho Olier en  el Cargo: Médico Código 2085 Grado 18 jornada 8 horas.    

Tutela número 2008-516 del 31 de julio de  2008, expedida por el Juez treinta y nueve (39) penal del circuito de Bogotá  D.C., ordenó el reintegro de la funcionaria Esperanza Galvis Rubio en el Cargo:  Odontólogo Código 2087 Grado 18 jornada 4 horas.    

Que para dar cumplimiento a las sentencias de  tutela se hace necesario crear en la planta de personal de la Empresa Social  del Estado los citados cargos.    

Que para dar cumplimiento a lo ordenado por el  Decreto  3202 de 24 de agosto de 2007, el liquidador de la Empresa Social del Estado  Luis Carlos Galán Sarmiento en Liquidación, presentó al Departamento  Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que trata el  artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para  efectos de modificar la planta de personal, la cual obtuvo concepto técnico  favorable de este Departamento Administrativo.    

Que la Dirección General del Presupuesto  Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó  viabilidad presupuestal para la modificación de la planta de cargos de la  Empresa Social del Estado Luis Carlos Galán Sarmiento en liquidación.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Apruébase la modificación de la  Planta de Personal de la Empresa Social del Estado Luis Carlos Galán Sarmiento  en Liquidación creándose los siguientes cargos de empleados públicos de manera  transitoria:    

PLANTA TRANSITORIA    

PLANTA GLOBAL   

N° CARGOS                    

DENOMINACION                    

Código                    

Grado                    

Jornada   

3 (tres)                    

ODONTOLOGO                    

2087                    

18                    

4   

1 (uno)                    

ODONTOLOGO                    

2087                    

18                    

8   

3 (tres)                    

MEDICO                    

2085                    

18                    

8    

Parágrafo. Los empleos creados en el presente  artículo quedarán automáticamente suprimidos en el evento en que los fallos  citados en los considerandos sean revocados en segunda instancia, de lo  contrario se mantendrán hasta el cierre de la liquidación.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto  3792 del 17 de noviembre de 2004.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 22 de enero de 2009.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Oscar Iván Zuluaga Escobar.    

El Ministro de la Protección Social,    

Diego Palacio Betancourt.    

La Directora del Departamento Administrativo  de la Función Pública,    

Elizabeth Rodríguez Taylor.    

               

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