DECRETO 167 DE 2009
(enero 22)
por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal de la Empresa Social del Estado Luis Carlos Galán Sarmiento, en Liquidación.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 3202 de 24 de agosto de 2007, en virtud del cual se suprime y ordena la liquidación de la Empresa Social del Estado Luis Carlos Galán Sarmiento.
Que mediante el Decreto 4992 del 31 de diciembre de 2007 y el 1522 del 9 de mayo de 2008, se suprimieron entre otros, tres cargos de odontólogo Código 2087 Grado 18 de 4 horas, un Cargo de odontólogo Código 2087 Grado 18 de 8 horas y tres cargos de Médico Código 2085 Grado 18 de 8 horas.
Que los funcionarios que desempeñaban dichos cargos deben ser reintegrados de conformidad con las siguientes sentencias de tutela así:
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, D. C., en el expediente número 200800374-01T del 18 de junio de 2008, ordenó el reintegro de la funcionaria Mercedes Valderrama Banoy en el Cargo: Odontólogo Código 2087 Grado 18 jornada 4 horas.
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, D. C., en el Expediente número 110013104019200800281-01 del 3 de julio de 2008, ordenó el reintegro de la funcionaria Amparo Lucía Olaya Segura en el Cargo: Odontólogo Código 2087 Grado 18 jornada 4 horas.
Tutela número 2008-0311 del 9 de julio de 2008, expedida por el Juez Once (11) Penal del Circuito de Bogotá, D.C., ordenó el reintegro del funcionario John Dennis Beltrán Góngora en el Cargo: Odontólogo Código 2087 Grado 18 jornada 8 horas.
Tutela número 0301 del 1° de agosto de 2008, expedida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, ordenó el reintegro de la funcionaria Yaneth Bautista Villate en el Cargo: Médico código 2085 Grado 18 jornada 8 horas.
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, D. C., en el Expediente número 0332 del 11 de agosto de 2008, ordenó el reintegro de la funcionaria Rita Esther Flórez Castillo en el Cargo: Médico Código 2085 Grado 18 jornada 8 horas.
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, D. C., en el expediente número 28200800162 – 01T del 15 de septiembre de 2008, ordenó el reintegro del funcionario Jesús Antonio Cristancho Olier en el Cargo: Médico Código 2085 Grado 18 jornada 8 horas.
Tutela número 2008-516 del 31 de julio de 2008, expedida por el Juez treinta y nueve (39) penal del circuito de Bogotá D.C., ordenó el reintegro de la funcionaria Esperanza Galvis Rubio en el Cargo: Odontólogo Código 2087 Grado 18 jornada 4 horas.
Que para dar cumplimiento a las sentencias de tutela se hace necesario crear en la planta de personal de la Empresa Social del Estado los citados cargos.
Que para dar cumplimiento a lo ordenado por el Decreto 3202 de 24 de agosto de 2007, el liquidador de la Empresa Social del Estado Luis Carlos Galán Sarmiento en Liquidación, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar la planta de personal, la cual obtuvo concepto técnico favorable de este Departamento Administrativo.
Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó viabilidad presupuestal para la modificación de la planta de cargos de la Empresa Social del Estado Luis Carlos Galán Sarmiento en liquidación.
DECRETA:
Artículo 1°. Apruébase la modificación de la Planta de Personal de la Empresa Social del Estado Luis Carlos Galán Sarmiento en Liquidación creándose los siguientes cargos de empleados públicos de manera transitoria:
PLANTA TRANSITORIA
PLANTA GLOBAL
N° CARGOS
DENOMINACION
Código
Grado
Jornada
3 (tres)
ODONTOLOGO
2087
18
4
1 (uno)
ODONTOLOGO
2087
18
8
3 (tres)
MEDICO
2085
18
8
Parágrafo. Los empleos creados en el presente artículo quedarán automáticamente suprimidos en el evento en que los fallos citados en los considerandos sean revocados en segunda instancia, de lo contrario se mantendrán hasta el cierre de la liquidación.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 3792 del 17 de noviembre de 2004.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 22 de enero de 2009.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.
El Ministro de la Protección Social,
Diego Palacio Betancourt.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor.