DECRETO 1665 DE 2007

Decretos 2007

DECRETO 1665 DE 2007    

(mayo 14)    

por  el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal  de 2007.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en  especial la que le confiere el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto,  y    

CONSIDERANDO:    

Que el Congreso de la República en  virtud del artículo 349 de la Constitución Política expidió  la Ley 1110 de 2006, en  la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal  de 2007, el cual se liquidó por medio del Decreto 4579 de 2006;    

Que el artículo 352 de la Constitución Política le  otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente  a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General  de la Nación;    

Que el Gobierno de la República de  Colombia a través de la Fiscalía General de la Nación, recibió del Gobierno de  los Estados Unidos de América la suma de $1.191.582.500.00 de carácter no  reembolsable, correspondientes al Programa de Reforma al Sector Justicia, para  apoyar los desplazamientos y gastos de manutención y alojamiento de los  servidores de las Unidades Nacionales de Derechos Humanos y de sus quince (15)  Unidades de Apoyo, de Justicia y Paz y sus Unidades Regionales, y para  contratar abogados externos que faciliten el programa de clasificación y  procesamiento de casos en investigación por parte de la Unidad Nacional de  Justicia y Paz y dos de sus Unidades Regionales, así como de personal operativo  para el Centro de Llamadas de la Unidad Nacional, y descongestionar la  Seccional de Fiscalías de Bogotá;    

Que de conformidad con el artículo  33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos de  asistencia y cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen  parte del Presupuesto de rentas del Presupuesto General de la Nación y se  incorporan al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno,  previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor. Su  ejecución se realizará de conformidad con lo estipulado en los convenios o  acuerdos internacionales que los originen y estarán sometidos a la vigilancia  de la Contraloría General de la República;    

Que el Tesorero de la Fiscalía  General de la Nación, mediante oficio del 18 de abril de 2007, certifica que  recibió de la Embajada de los Estados Unidos de América el valor de  $1.191.582.500,00;    

Que por lo anterior, es necesario  adicionar el Presupuesto General de la Nación del año 2007,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Presupuesto de rentas y  recursos de capital. Efectúase la siguiente adición en el Presupuesto General de la Nación  para la vigencia fiscal de 2007, en la suma de mil ciento noventa y un millones  quinientos ochenta y dos mil quinientos pesos ($1.191.582.500,00), según el  siguiente detalle:    

RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA  NACION    

1. INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL                        1.191.582.500,00    

2. RECURSOS DE CAPITAL DE LA NACION                          1.191.582.500,00    

Artículo 2°. Presupuesto de gastos. Efectúase la siguiente adición al  Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31  de diciembre de 2007, en la suma de mil ciento noventa y un millones quinientos  ochenta y dos mil quinientos pesos ($1.191.582.500,00) según el siguiente  detalle:    

ADICIONES- PRESUPUESTO GENERAL DE LA  NACION       

Concepto                    

Aporte Nacional                    

Recursos Propios                    

Total   

SECCION 290101    

FISCALIA GENERAL DE LA NACION   

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO                    

1.191.582.500,00                    

                     

1.191.582.500.00   

TOTAL PRESUPUESTO SECCION                    

1.191.582.500,00                    

                     

1.191.582.500.00      

Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de  la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 14 de mayo  de 2007.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito  Público,    

Oscar Iván Zuluaga Escobar.    

               

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