DECRETO 1665 DE 2007
(mayo 14)
por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2007.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República en virtud del artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 1110 de 2006, en la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2007, el cual se liquidó por medio del Decreto 4579 de 2006;
Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación;
Que el Gobierno de la República de Colombia a través de la Fiscalía General de la Nación, recibió del Gobierno de los Estados Unidos de América la suma de $1.191.582.500.00 de carácter no reembolsable, correspondientes al Programa de Reforma al Sector Justicia, para apoyar los desplazamientos y gastos de manutención y alojamiento de los servidores de las Unidades Nacionales de Derechos Humanos y de sus quince (15) Unidades de Apoyo, de Justicia y Paz y sus Unidades Regionales, y para contratar abogados externos que faciliten el programa de clasificación y procesamiento de casos en investigación por parte de la Unidad Nacional de Justicia y Paz y dos de sus Unidades Regionales, así como de personal operativo para el Centro de Llamadas de la Unidad Nacional, y descongestionar la Seccional de Fiscalías de Bogotá;
Que de conformidad con el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos de asistencia y cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen parte del Presupuesto de rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporan al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor. Su ejecución se realizará de conformidad con lo estipulado en los convenios o acuerdos internacionales que los originen y estarán sometidos a la vigilancia de la Contraloría General de la República;
Que el Tesorero de la Fiscalía General de la Nación, mediante oficio del 18 de abril de 2007, certifica que recibió de la Embajada de los Estados Unidos de América el valor de $1.191.582.500,00;
Que por lo anterior, es necesario adicionar el Presupuesto General de la Nación del año 2007,
DECRETA:
Artículo 1°. Presupuesto de rentas y recursos de capital. Efectúase la siguiente adición en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2007, en la suma de mil ciento noventa y un millones quinientos ochenta y dos mil quinientos pesos ($1.191.582.500,00), según el siguiente detalle:
RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
1. INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL 1.191.582.500,00
2. RECURSOS DE CAPITAL DE LA NACION 1.191.582.500,00
Artículo 2°. Presupuesto de gastos. Efectúase la siguiente adición al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2007, en la suma de mil ciento noventa y un millones quinientos ochenta y dos mil quinientos pesos ($1.191.582.500,00) según el siguiente detalle:
ADICIONES- PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
Concepto
Aporte Nacional
Recursos Propios
Total
SECCION 290101
FISCALIA GENERAL DE LA NACION
A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
1.191.582.500,00
1.191.582.500.00
TOTAL PRESUPUESTO SECCION
1.191.582.500,00
1.191.582.500.00
Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 14 de mayo de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.