DECRETO 1571 DE 2007
(mayo 9)
por el cual se concede la Orden del Mérito Comercial en la Categoría de Gran Oficial.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por los Decretos 1953 de 1979 y 2664 de 1984, y
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Gobierno Nacional conceder la “Orden del Mérito Comercial” a las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que realicen actividades o presten servicios meritorios en el campo del comercio nacional y su desarrollo;
Que la “Cámara Colombo-Francesa de Comercio e Industria” es una asociación de derecho privado colombiano, sin ánimo de lucro, creada el 14 de mayo de 1917 como Cámara de Comercio Francesa de Bogotá, asumiendo como actividad inicial informar a los empresarios franceses sobre las posibilidades que ofrecía el mercado colombiano.
Que la “Cámara Colombo-Francesa de Comercio e Industria”, a finales de los años cincuenta, cambió de nombre a Cámara Colombo-Francesa de Comercio e Industria y en las décadas posteriores efectuó los ajustes estatutarios necesarios para el cumplimiento sus objetivos;
Que la “Cámara Colombo-Francesa de Comercio e Industria” presta, entre otros servicios destinados a apoyar la búsqueda y concreción de negociaciones: conectar a los potenciales exportadores o importadores con redes de información computarizada y ofrecerles indicaciones sobre productos, compradores o vendedores; organizar exposiciones comerciales de productos franceses; promover ferias francesas; y divulgar toda norma de interés para el comercio nacional e internacional garantizando la confiabilidad de los interlocutores de negocios;
Que la “Cámara Colombo-Francesa de Comercio e Industria”, a nivel internacional, es miembro de la Unión de Cámaras Francesas en el Extranjero, UCCIFE, organismo que agrupa a 85 cámaras binacionales afiliadas en 75 países, lo que le permite establecer contactos en diversas naciones del mundo. Igualmente, mantiene relaciones con la Asamblea Permanente de Cámaras de Comercio e Industria de Francia, la Cámara de Comercio de París y con el Consejo Nacional del Patronato Francés;
Que la “Cámara Colombo-Francesa de Comercio e Industria” tiene dos misiones esenciales conforme a su objeto, que ha venido cumpliendo: acompañar a los afiliados en el desarrollo de sus actividades comerciales y de inversión, y brindar a las empresas colombianas y francesas las herramientas necesarias para la realización de negocios y relaciones comerciales bilaterales;
Que el Consejo de la Orden del Mérito Comercial evaluó la gestión de la “Cámara Colombo- Francesa de Comercio e Industria” y decidió otorgarle la Orden del Mérito Comercial en la categoría de Gran Oficial, por cumplir los requisitos para su concesión;
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Concédase la “Orden del Mérito Comercial”, en la categoría de “Gran Oficial”, a la “Cámara Colombo-Francesa de Comercio e Industria”, como homenaje de reconocimiento a su notable contribución al comercio nacional.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 9 de mayo de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Luis Guillermo Plata Páez.