DECRETO 1570 DE 2007
(mayo 9)
por el cual se concede la Orden del Mérito Comercial en la Categoría de Gran Oficial.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por los Decretos 1953 de 1979 y 2664 de 1984, y
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Gobierno Nacional conceder la “Orden del Mérito Comercial” a las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que realicen actividades o presten servicios meritorios en el campo del comercio nacional y su desarrollo;
Que la “Federación Nacional de Cafeteros de Colombia” es una organización de carácter gremial, privada y sin ánimo de lucro que tiene por objeto, fomentar la caficultora colombiana procurando el bienestar del caficultor mediante mecanismos de colaboración, participación e innovación;
Que la “Federación Nacional de Cafeteros de Colombia” fue fundada el 27 de junio de 1927, por los productores de café, con apoyo del Gobierno de la época, para el fortalecimiento de la industria cafetera colombiana, y para ofrecer mejores oportunidades económicas y beneficios sociales a las familias productoras;
Que la “Federación Nacional de Cafeteros de Colombia” es un importante actor institucional en Colombia, integrado por los cultivadores de café de las distintas regiones del país que acrediten dicha condición con la cédula cafetera y sus áreas de acción incluyen actividades y programas de carácter económico, social, científico, tecnológico, industrial y comercial;
Que la “Federación Nacional de Cafeteros de Colombia” tiene, entre otras funciones, defender los derechos de los caficultores, trabajar para que estos alcancen niveles de competitividad que les permita mantener un adecuado nivel de vida y celebrar pactos o convenios con organizaciones similares de otros países productores, con organizaciones no gubernamentales y con empresas privadas para la defensa de los ingresos de los caficultores y el fomento del consumo, del cultivo y comercio cafetero;
Que la “Federación Nacional de Cafeteros de Colombia” tiene como visión lograr una caficultura sostenible, fortalecer el tejido social en las zonas cafeteras y mantener el café colombiano como el mejor del mundo;
Que la “Federación Nacional de Cafeteros de Colombia”, en el marco del IX Congreso Cafetero celebrado en el año 1938, creó el Centro Nacional de Investigaciones de Café, Cenicafé, con sede en el municipio de Chinchiná (Caldas), institución que, con el apoyo de los caficultores colombianos, ha desarrollado más de mil de proyectos de experimentación en todas las áreas del conocimiento relacionadas con el café, desde los estudios genéticos para obtener nuevas variedades hasta la investigación sobre la cosecha, el beneficio y la calidad;
Que la “Federación Nacional de Cafeteros de Colombia” creó la Fábrica de Café Liofilizado, ubicada en el municipio de Chinchiná, una de las plantas más grandes y modernas del mundo y única existente en Colombia, en la cual se fabrican, entre otros productos, el extracto concentrado de café, el café tostado y molido y el café liofilizado, descafeinado, aromatizado y saborizado, cuyos principales mercados son: Japón, Reino Unido, República Checa, Rusia, Alemania, Estados Unidos, Canadá, Corea del Sur, Dinamarca, Francia, Holanda, Italia, Polonia, Singapur, Suecia, Suiza, Australia, Israel, México, Ecuador, España y Colombia;
Que la “Federación Nacional de Cafeteros de Colombia” creó, en marzo de 1981, el logotipo tradicional de Juan Valdez, como un símbolo gráfico de fácil identificación para los consumidores del mundo y como sinónimo de la calidad del café colombiano;
Que la “Federación Nacional de Cafeteros de Colombia”, con el apoyo del Gobierno Nacional, ha venido liderando la apertura de las Tiendas Juan Valdés, un complejo de establecimientos especializados en la venta de café al público, destinados a promocionar la calidad de dicho producto y abrir nuevos mercados de exportación;
Que la “Federación Nacional de Cafeteros de Colombia” obtuvo a su favor, en el año 2005, la protección de la Denominación de Origen Café de Colombia, concedida por la Superintendencia de Industria y Comercio, siendo este el primer reconocimiento de Denominación de Origen a un producto colombiano en la historia;
Que el Consejo de la Orden del Mérito Comercial evaluó la gestión de la “Federación Nacional de Cafeteros de Colombia”, y decidió otorgarle la Orden del Mérito Comercial en la categoría de Gran Oficial por cumplir los requisitos para su concesión;
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Concédase la “Orden del Mérito Comercial”, en la categoría de “Gran Oficial” a la “Federación Nacional de Cafeteros de Colombia”, como homenaje de reconocimiento a su notable contribución y aportes al comercio nacional.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 9 de mayo de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Luis Guillermo Plata Páez.