DECRETO 1563 DE 2007

Decretos 2007

DECRETO 1563 DE  2007    

(mayo 8)    

por el cual se designa Secretario Jurídico ad hoc de la Presidencia de  la República.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y  legales, en especial las conferidas en el numeral 13, del artículo 189 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Instituto  Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, inició y adjudicó el proyecto construcción  de la obra del sistema de conducción principal frente 1, del Distrito de Riego  del Triángulo del Tolima y obras anexas, en el municipio de Coyaima. Proceso  que fue adelantado por Fonade, a través de una oferta pública de contrato, en  cumplimiento del convenio interadministrativo celebrado entre el Incoder y  Fonade;    

Que dentro de las  funciones de la Secretaría Jurídica del Departamento Administrativo de la  Presidencia de la República, tiene la de decidir por comisión del Presidente de  la República o a solicitud de un Ministro o Director de Departamento  Administrativo, las diferencias, que en materia de interpretación legal,  pudieren presentarse entre algún o algunos ministerios o departamentos  administrativos;    

Que la doctora Marcela  Monroy Torres, cónyuge del doctor Mauricio González Cuervo, Secretario Jurídico  de la Presidencia de la República, fue contratada, después de la adjudicación, para  asesorar el Consorcio Triángulo Coyaima 2006;    

Que en caso de ser  consultada la Secretaría Jurídica del Departamento Administrativo de la Presidencia  de la República, en relación con el asunto objeto de dicho contrato de  asesoría, se generaría un impedimento;    

Que el doctor Mauricio  González Cuervo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40 de la Ley 734 de 2002,  manifestó el impedimento, el cual le fue aceptado;    

Que por las anteriores  consideraciones,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Nómbrase al  doctor Armando López Cortés, identificado con la cédula de ciudadanía número  19440982 de Bogotá como Secretario Jurídico ad hoc de la Presidencia de la República,  para los temas relacionados con las gestiones que se llegaren a adelantar con  el contrato de asesoría mencionado en la parte considerativa del presente decreto,  en caso de ser consultada la Secretaría Jurídica del Departamento  Administrativo de la Presidencia de la República.    

Artículo 2°. El presente  decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Comuníquese, publíquese  y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a  8 de mayo de 2007.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Director del  Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,    

Bernardo Moreno  Villegas.    

               

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