DECRETO 1559 DE 2008

Decretos 2008

DECRETO 1559 DE 2008    

(mayo 12)    

por  el cual se designa Superintendente Financiero ad hoc.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial las que le confiere el artículo 189 numeral 13 de la Constitución Política  de Colombia y el artículo 30 del Código Contencioso Administrativo, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante oficio radicado bajo el  número 2008013447-000-000 del 29 de febrero de 2008 el Superintendente  Financiero, doctor César Prado Villegas, manifestó al señor Ministro de  Hacienda y Crédito Público que, de conformidad con lo previsto en el numeral 1  del artículo 150 del Código de Procedimiento Civil, se considera impedido para  resolver el recurso de apelación interpuesto por los señores Juan Carlos Constaín  Paz, Eduardo Iragorri Holguín, Andrés Holguín Ramos, Fernando Holguín Acosta y  Juan Manuel Romero Sanclemente, contra las Resoluciones números 1486, 1512,  1514, 1515 y 1536 de 2007, y por las Sociedades Asvalores S. A. e Inversiones  Holguín Hurtado S. A. contra las Resoluciones números 1492 y 1535 de 2.007,  respectivamente;    

Que el señor Ministro de Hacienda y  Crédito Público estudió la manifestación de impedimento formulada por el  Superintendente Financiero, doctor Cesar Prado Villegas y, con fundamento en el  artículo 30 del Código Contencioso Administrativo, expidió la Resolución número  1226 de 29 de abril de 2008, por la cual se declara fundado el impedimento;    

Que en la mencionada resolución se  decidió: “Declarar fundado el impedimento presentado el pasado 29 de febrero  por el Superintendente Financiero, doctor César Prado Villegas para resolver el  recurso de apelación interpuesto por los señores Juan Carlos Constaín Paz, Eduardo  Iragorri Holguín, Andrés Holguín Ramos, Fernando Holguín Acosta y Juan Manuel Romero  Sanclemente, contra las Resoluciones números 1486, 1512, 1514, 1515 y 1536 de 2007,  así como el interpuesto por las Sociedades AS Valores S. A. e Inversiones Holguín  Hurtado S. A. contra las Resoluciones números 1492 y 1535 de 2007,  respectivamente”;    

Que se hace necesario designar un  Superintendente Financiero ad hoc, con el propósito de que resuelva el recurso  de apelación a que se refiere el considerando anterior,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Desígnase como  Superintendente Financiero ad hoc, al doctor Juan Pablo Zárate Perdomo, identificado con cédula de ciudadanía número  74281150 expedida en Guateque, actual Viceministro Técnico del Ministerio de  Hacienda y Crédito Público, para resolver el recurso de apelación interpuesto  por los señores Juan Carlos Constaín Paz, Eduardo Iragorri Holguín, Andrés  Holguín Ramos, Fernando Holguín Acosta y Juan Manuel Romero Sanclemente, contra  las Resoluciones números 1486, 1512, 1514, 1515 y 1536 de 2007, así como el  recurso de apelación interpuesto por las Sociedades Asvalores S. A. e  Inversiones Holguín Hurtado S. A. contra las Resoluciones números 1492 y 1535 de  2007, respectivamente.    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 12 de mayo  de 2008.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Oscar Iván Zuluaga Escobar.    

               

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