DECRETO 153 DE 2007

Decretos 2007

DECRETO 153  DE 2007    

(enero 24)    

por el cual se  modifica la fecha de entrega del Informe Ejecutivo Anual de Evaluación del  Sistema de Control Interno.    

Nota: Derogado por el Decreto 1027 de 2007,  artículo 3º.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le  confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y  la Ley 87 de 1993,    

CONSIDERANDO:    

Que  el literal c) del artículo 5° del Decreto 2145 de 1999,  modificado por el artículo 2° del Decreto 2539 de 2000,  establece que el representante legal y los jefes de organismos de las entidades  del Estado, en sus diferentes órdenes y niveles, así como los particulares que  administren recursos estatales, deben enviar al Consejo Asesor en materia de  Control Interno de las entidades del orden nacional y territorial, antes del 16  de febrero de cada año, copia del informe ejecutivo que contenga el resultado  final de la evaluación del sistema de Control Interno;    

Que  el Presidente del Consejo Asesor en materia de Control Interno de las entidades  del orden nacional y territorial mediante Circular 05 de diciembre 22 de 2006,  estableció el procedimiento técnico para la preparación y rendición del  informe;    

Que  el aplicativo diseñado para el efecto genera un cambio en la metodología de  evaluación del Sistema que conlleva a que las entidades requieran de un plazo  mayor del previsto para la presentación del citado informe,    

DECRETA:    

Artículo  1°. Ampliar hasta el 30 de marzo de 2007 la fecha de entrega al Consejo Asesor  en materia de Control Interno de las entidades del orden Nacional y  Territorial, de la copia del Informe Ejecutivo Anual de Evaluación del Sistema  de Control Interno, correspondiente a la vigencia 2006.    

Artículo  2°. A partir del año 2008, la copia del Informe Ejecutivo Anual de Evaluación  del Sistema de Control Interno, deberá presentarse antes del 28 de febrero.    

Artículo  3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y modifica  en lo pertinente el literal c) del artículo 5° del Decreto 2145 de 1999,  modificado por el artículo 2° del Decreto 2539 de 2000.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado  en Bogotá, D. C., a 24 de enero de 2007.    

ÁLVA RO URIBE VÉLEZ    

El  Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Fernando Grillo  Rubiano.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *