DECRETO 1481 DE 2008

Decretos 2008

DECRETO  1481 DE 2008    

(mayo 6)    

por medio del cual se promulga el “Convenio  entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la Federación de  Rusia sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre sus Autoridades Aduaneras”,  firmado en Moscú el 28 de abril de 2004.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que  le otorga el artículo 189 numeral 2 de la Constitución  Política de Colombia y en cumplimiento de la Ley 7ª de 1944, y    

CONSIDERANDO:    

Que la Ley 7ª  del 30 de noviembre de 1944, en su artículo 1° dispone que los Tratados,  Convenios, Convenciones, Acuerdos, Arreglos u otros actos internacionales  aprobados por el Congreso, no se considerarán vigentes como leyes internas,  mientras no hayan sido perfeccionados por el Gobierno en su carácter de tales,  mediante el canje de ratificaciones o el depósito de los instrumentos de  ratificación, u otra formalidad equivalente;    

Que la misma ley en su artículo segundo ordena la promulgación de los  tratados y convenios internacionales una vez sea perfeccionado el vínculo  internacional que ligue a Colombia;    

Que el Congreso Nacional, mediante la Ley  1120 del 28 de diciembre de 2006, publicada en el Diario Oficial número 46.496 del 29 de diciembre de 2006, aprobó el “Convenio entre el Gobierno de la República de  Colombia y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre Cooperación y Asistencia  Mutua entre sus Autoridades Aduaneras”, firmado en Moscú el 28 de abril de 2004;    

Que la Corte Constitucional, en Sentencia C-718  del 11 de septiembre de 2007, declaró exequible la Ley  1120 del 28 de diciembre de 2006 y el “Convenio  entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la Federación de  Rusia sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre sus Autoridades Aduaneras”, firmado en Moscú el 28 de abril de  2004;    

Que mediante Nota OAJ.CAT N° 57971 del 19 de noviembre de 2007 el Gobierno  Nacional informó el cumplimiento de los requisitos constitucionales para la  entrada en vigor del citado Convenio, y en el mismo sentido lo hizo la  Federación Rusa mediante la Nota Verbal N° 37 del 28 de marzo de 2008. En  consecuencia, el citado instrumento internacional entrará en vigor a partir del  28 de abril de 2008 de acuerdo a lo previsto en su artículo 21,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Promúlgase el “Convenio  entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la Federación de  Rusia sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre sus Autoridades Aduaneras”, firmado en Moscú el 28 de abril de  2004;    

(Para ser transcrito en este lugar, se adjunta fotocopia del texto del “Convenio entre el Gobierno de la República de  Colombia y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre Cooperación y Asistencia  Mutua entre sus Autoridades Aduaneras”, firmado en Moscú el 28 de abril de 2004);    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 6 de mayo de 2008.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Relaciones Exteriores,    

Fernando Araújo Perdomo.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *