DECRETO 1451 DE 2009
(abril 28)
por el cual se designa un Notario en propiedad.
El Ministro del Interior y de Justicia de la República de Colombia, Delegatario de Funciones Presidenciales Mediante Decreto 1378 del 22 de abril de 2009, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el artículo 161 del Decreto 960 de 1970, el artículo 5º del Decreto 2163 de 1970, los artículos 61 y 66 del Decreto Reglamentario 2148 de 1983, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 131 de la Constitución Política dispone que el cargo de Notario en Propiedad deba proveerse por concurso.
Que en virtud del Acuerdo 1 de 2006, el Consejo Superior convocó a Concurso Público y Abierto para el nombramiento de Notarios en Propiedad y el ingreso a la Carrera Notarial para proveer en propiedad el cargo de Notario en diferentes Círculos Notariales del territorio nacional.
Que mediante Acuerdo 167 de 2008, el Consejo Superior conformó la Lista de Elegibles para proveer en propiedad el cargo de Notario en los departamentos de Caldas, Cauca, Huila, Nariño, Quindío, Risaralda y Valle, la cual fue conformada por Círculo Notarial con los nombres y documentos de identidad de quienes en estricto orden descendente obtuvieron los mayores puntajes, como resultado de la suma de las calificaciones correspondientes a las distintas fases del concurso, de acuerdo con el mínimo fijado para la integración de las listas de elegibles de sesenta (60) puntos. (Decreto 926 de 2007 y artículo 19 del Acuerdo 01 de 2006).
Que la designación de los Notarios de Primera Categoría es competencia del Gobierno Nacional.
Que el doctor Héctor Mario Garcés Padilla, identificado con la cédula de ciudadanía número 77007901, aspirante a Notario Cuarto del Círculo de Cali (Valle), obtuvo un puntaje total de 81.9166667 puntos, resultando elegible en ese Círculo Notarial.
Que el aspirante Héctor Mario Garcés Padilla acreditó la autoría de la obra jurídica mediante certificación de la imprenta acompañada de un ejemplar del libro, pero cualquiera sea la decisión de fondo que en segunda instancia se adopte en el Proceso número 00413 de 2007 por parte del Tribunal Administrativo del Tolima, sigue dentro de los aspirantes con derecho a ser nombrados en el cargo de Notario en el Círculo de Cali (Valle).
Que la decisión final que debe adoptar el juez en la acción popular en comento sí es factor determinante para establecer la Notaría que ha de corresponder a cada uno de los aspirantes.
Por lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º. Nómbrese en propiedad al doctor Héctor Mario Garcés Padilla, identificado con la cédula de ciudadanía número 77007901, como Notario Cuarto de Cali (Valle).
Artículo 2º. Para tomar posesión de este cargo, el designado deberá acreditar ante la Superintendencia de Notariado y Registro la documentación de ley.
Artículo 3º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 28 de abril de 2009.
FABIO VALENCIA COSSIO
El Ministro del Interior y de Justicia,
Fabio Valencia Cossio.