DECRETO 1426 DE 2007
(abril 26)
por el cual se nombran unos miembros en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio del Cauca y se deroga el Decreto número 1371 de 2007.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 80 del Decreto ley 410 de 1971 y el Decreto 898 de 2002,
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 80 del Código de Comercio, el Gobierno Nacional estará representado en las Juntas Directivas de las Cámaras de Comercio hasta en una tercera parte de cada Junta;
Que el artículo 12 del Decreto 898 del 2002, establece que las Juntas Directivas de las Cámaras de Comercio se integrarán teniendo en cuenta el número de comerciantes con matrícula vigente al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al que se realice la elección, de la siguiente manera:
1. Las Cámaras de Comercio que tengan hasta 15.000 comerciantes, seis (6) miembros principales y seis (6) suplentes personales.
2. Las Cámaras de Comercio con más de 15.000 y hasta 30.000 comerciantes, nueve (9) miembros principales y nueve (9) miembros suplentes personales.
3. Las Cámaras de Comercio con más de 30.000 comerciantes, doce (12) miembros principales y doce (12) miembros suplentes personales.
Que de conformidad con las normas citadas y según cuadro suministrado por la Superintendencia de Industria y Comercio, la Representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio del Cauca, corresponde a un total de dos (2) miembros principales y dos (2) miembros suplentes,
DECRETA:
Artículo 1°. Nómbrese al doctor Juan Cristóbal Velasco Cajiao, como Miembro Principal en representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio del Cauca.
Artículo 2°. Nómbrese a la doctora Ana María Londoño Riani identificada con cédula de ciudadanía 34544117, como Miembro Principal en representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio del Cauca, en reemplazo de la doctora Andrea María Orozco Caicedo.
Artículo 3°. Nómbrese al doctor Luis Alberto Peña Castillo identificado con cédula de ciudadanía 4608870, como Miembro Suplente del doctor Juan Cristóbal Velasco Cajiao, en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio del Cauca.
Artículo 4°. Nómbrese al doctor Diógenes Francisco Sarria Velasco identificado con cédula de ciudadanía 10516322, como Miembro Suplente de la doctora Ana María Londoño Riani, en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio del Cauca.
Artículo 5°. Los nuevos Directivos nombrados, deberán posesionarse ante la Junta Directiva de la respectiva Cámara de Comercio.
Artículo 6°. El presente decreto deroga el Decreto 1371 del 24 de abril de 2007 y rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 26 de abril de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Luis Guillermo Plata Páez.