DECRETO 1426 DE 2007

Decretos 2007

DECRETO 1426 DE 2007    

(abril 26)    

por  el cual se nombran unos miembros en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio  del Cauca y se deroga el Decreto número  1371 de 2007.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en  especial de las conferidas por el artículo 80 del Decreto ley 410 de  1971 y el Decreto 898 de 2002,    

CONSIDERANDO:    

Que de acuerdo con lo dispuesto en  el artículo 80 del Código de Comercio, el Gobierno Nacional estará representado  en las Juntas Directivas de las Cámaras de Comercio hasta en una tercera parte  de cada Junta;    

Que el artículo 12 del Decreto 898  del 2002, establece que las Juntas Directivas de las Cámaras de Comercio se  integrarán teniendo en cuenta el número de comerciantes con matrícula vigente  al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al que se realice la elección,  de la siguiente manera:    

1. Las Cámaras de Comercio que  tengan hasta 15.000 comerciantes, seis (6) miembros principales y seis (6)  suplentes personales.    

2. Las Cámaras de Comercio con más  de 15.000 y hasta 30.000 comerciantes, nueve (9) miembros principales y nueve  (9) miembros suplentes personales.    

3. Las Cámaras de Comercio con más  de 30.000 comerciantes, doce (12) miembros principales y doce (12) miembros  suplentes personales.    

Que de conformidad con las normas  citadas y según cuadro suministrado por la Superintendencia de Industria y  Comercio, la Representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la  Cámara de Comercio del Cauca, corresponde a un total de dos (2) miembros principales  y dos (2) miembros suplentes,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Nómbrese al doctor Juan  Cristóbal Velasco Cajiao, como Miembro Principal en representación del Gobierno  Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio del Cauca.    

Artículo 2°. Nómbrese a la doctora  Ana María Londoño Riani identificada con cédula de ciudadanía 34544117, como  Miembro Principal en representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva  de la Cámara de Comercio del Cauca, en reemplazo de la doctora Andrea María  Orozco Caicedo.    

Artículo 3°. Nómbrese al doctor Luis  Alberto Peña Castillo identificado con cédula de ciudadanía 4608870, como  Miembro Suplente del doctor Juan Cristóbal Velasco Cajiao, en la Junta  Directiva de la Cámara de Comercio del Cauca.    

Artículo 4°. Nómbrese al doctor  Diógenes Francisco Sarria Velasco identificado con cédula de ciudadanía  10516322, como Miembro Suplente de la doctora Ana María Londoño Riani, en la  Junta Directiva de la Cámara de Comercio del Cauca.    

Artículo 5°. Los nuevos Directivos  nombrados, deberán posesionarse ante la Junta Directiva de la respectiva Cámara  de Comercio.    

Artículo 6°. El presente decreto  deroga el Decreto  1371 del 24 de abril de 2007 y rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 26 de abril  de 2007.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Comercio, Industria y  Turismo,    

Luis Guillermo Plata Páez.    

               

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