DECRETO 135 DE 2007

Decretos 2007

DECRETO 135  DE 2007    

(enero 23)    

por medio del cual se modifica el artículo 8° del Decreto  2877 del 24 de diciembre de 2001.    

El  Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades  constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 189, numeral 2 de la Constitución  Política,    

DECRETA:    

Artículo  1°. Modifícase el artículo 8° del Decreto  2877 del 24 de diciembre de 2001, el cual quedará así:    

“Artículo  8°. Tendrán derecho a la expedición de pasaporte oficial, los colombianos que  tengan las siguientes calidades:    

Ex  Ministros de Estado titulares.    

Ex  Directores de Departamento Administrativo titulares.    

Ex  Generales de la República.    

Ex  Presidentes del Congreso de la República titulares    

Artículo  2°. Este decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado  en Bogotá, D. C., a 23 de enero de 2007.    

 ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

La  Ministra de Relaciones Exteriores,    

María Consuelo  Araújo Castro.    

               

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