DECRETO 1326 DE 2009

Decretos 2009

            DECRETO 1326 DE 2009    

(abril 17)    

por el cual se efectúa el nombramiento de  un notario en cumplimiento de una orden judicial.    

El Ministro del  Interior y de Justicia de la República de Colombia, Delegatario de Funciones  Presidenciales en virtud del Decreto  1225 del 13 de abril de 2009, en ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales que le confiere el artículo 5° del Decreto 2163 de 1970,  y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante fallo de  tutela proferido el 25 de marzo de 2009 por el Consejo Seccional de la  Judicatura de Cundinamarca –Sala Jurisdiccional Disciplinaria– Proceso número 200900923 00, se ordenó:    

“Primero. Conceder la tutela presentada por el doctor Oscar Alarcón  Núñez contra el Consejo Superior encargado de administrar la Carrera Notarial,  el Ministerio del Interior y de Justicia y la Superintendencia de Notariado y Registro,  con las motivaciones expresadas en este fallo.    

Segundo. Ordenar al  Consejo Superior encargado de administrar la Carrera Notarial que en el término  máximo de 48 horas, contadas a partir de la notificación de esta decisión,  reubique al accionante en el lugar que le corresponda  en la lista de elegibles para Notarios en la ciudad de Bogotá, sin tener en  cuenta en ningún caso los cinco puntos que se encuentran en juicio en la acción  popular que se tramita ante el Juzgado Cuarto Administrativo de Ibagué,  modificada por el Tribunal Administrativo de la misma ciudad, que dice:  ‘Suspéndase en forma provisional la aplicación de la parte final el artículo  11, numeral 11 del Acuerdo número 001 de 2006, en lo concerniente a: ‘o la  certificación de la publicación expedida por la imprenta o editorial respectiva  junto con un ejemplar del libro publicada’, por cuanto la decisión de fondo  tomada por el primero aún no está ejecutoriada.    

b). Cumplida la  orden anterior y si al accionante le correspondiere  Notaría atendiendo el puntaje en el que quede, el Consejo Superior encargado de  administrar la Carrera Notarial remitirá en las 48 horas, contadas a partir del  recibido del listado a hacer el nombramiento y a posesionar al señor Oscar  Alarcón Núñez como Notario del Círculo de Bogotá, en la Notaría que de  conformidad al nuevo listado le corresponda”.    

Que el Consejo Superior de la Carrera Notarial  con ocasión de las sentencias de tutela proferidas los días 16 y 26 de enero de  2009 por el Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca  –Sala Jurisdiccional Disciplinaria– en los Procesos  números 2008-07160-00, 200900007-00 y 2008-07123-00 iniciados por los accionantes Willy Valek Mora, Gerardo Ermilson Amórtegui y Martha Lucía Villamil contra el Consejo  Superior, reconformó los listados de elegibles de los Círculos Notariales de  Bogotá y Chía mediante Acuerdo número 178 de 2009, aplicando a términos de  dichas decisiones judiciales las consecuencias de la suspensión provisional  ordenada por el Juez Cuarto Administrativo de Ibagué.    

Que en ese Acuerdo el doctor Oscar Alarcón  Núñez, identificado con la cédula de ciudadanía número 17188760 de Bogotá,  ocupa el puesto 75 con un puntaje de 79,633333 puntos.    

Que por lo expuesto, se    

DECRETA:    

Artículo 1º. En cumplimiento a lo dispuesto en  sentencia de tutela proferida el 25 de marzo de 2009 por el Consejo Seccional  de la Judicatura de Cundinamarca en el Proceso número  200900923 00, nómbrase al doctor Oscar Alarcón Núñez,  identificado con la cédula de ciudadanía número 17188760 como Notario Sesenta y  Cinco (65) de Bogotá.    

Artículo 2º. Como consecuencia de lo anterior,  desvincúlese del servicio como Notaria Sesenta y Cinco (65) de Bogotá a la  doctora Gloria Stella Morato Melo, identificada con  cédula de ciudadanía número 41751828.    

Artículo 3º. El presente Decreto rige a partir  de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 17 de abril de 2009.    

FABIO VALENCIA COSSIO    

El Ministro del Interior y de Justicia,    

Fabio Valencia Cossio.    

               

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