DECRETO 1023 DE 2009

Decretos 2009

            DECRETO 1023 DE 2009    

(marzo 25)    

por el cual se  modifica el detalle del aplazamiento contenido en el Decreto  0004 del 2 de enero de 2009.    

Nota: Ver Decreto 1348 de 2009.    

El Presidente de la República de Colombia, en  uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confirieren  los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y    

CONSIDERANDO:    

Que de conformidad con los artículos 76 y 77  del Estatuto Orgánico del Presupuesto, en cualquier mes del año fiscal, el  Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo de Ministros, podrá reducir o  aplazar total o parcialmente, las apropiaciones presupuestales, entre otros  cuando la coherencia macroeconómica así lo exija o cuando el Ministerio de  Hacienda y Crédito Público estimare que los recaudos del año puedan ser inferiores  al total de gastos y obligaciones contraídas que deban pagarse con cargo a  tales recursos. En tales casos el Gobierno podrá prohibir o someter a  condiciones especiales la asunción de nuevos compromisos y obligaciones;    

Que el Gobierno Nacional, previo concepto del  Consejo de Ministros, expidió el Decreto 0004 de 2009  mediante el cual se aplazaron algunas apropiaciones del Presupuesto General de  la Nación por la suma de $3.024,7 mil millones;    

Que el Consejo de Ministros, el 2 de enero de  2009, facultó al Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, para emitir el concepto  previo de que trata el artículo 76 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, en el  evento en que nuevas circunstancias permitan modificar o levantar el  aplazamiento total o parcialmente;    

Que el artículo 4 del Decreto  0004 del 2 de enero de 2009 estableció que el Gobierno Nacional, previo  concepto del Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, podrá sustituir una  apropiación aplazada por otra, siempre que se mantenga el monto aplazado y el  impacto fiscal del mismo;    

Que el Departamento Administrativo de  Seguridad, mediante comunicación número OPLA-14590 del 26 de febrero de 2009,  solicitó modificar algunas partidas del Fondo Rotatorio del Departamento  Administrativo de Seguridad incluidas en el citado decreto;    

Que el Ministerio de Hacienda y Crédito  Público, mediante comunicación número 2.2-004748 del 6 de marzo de 2009,  solicitó modificar algunas partidas incluidas en el citado decreto;    

Que la Defensa Civil Colombiana, mediante  comunicación número 0002 DCC-DIGER-100.12 del 6 de enero de 2009, solicitó  modificar algunas partidas de la entidad incluidas en el citado decreto;    

Que el Fondo de Comunicaciones, mediante  comunicación sin número del 4 de marzo de 2009, solicitó modificar algunas  partidas del presupuesto de gastos de inversión incluidas en el citado decreto;    

Que el Instituto Nacional de Vías, mediante  comunicación OAP-2713 del 29 de enero de 2009, solicitó modificar algunas  partidas del presupuesto de gastos de inversión incluidas en el citado decreto;    

Que el Ministerio del Interior y de Justicia,  mediante comunicación OFI09-5346-OAP-0110 del 27 de febrero de 2009, solicitó  modificar algunas partidas de la entidad incluidas en el citado decreto;    

Que el Departamento Nacional de Planeación,  DNP, mediante oficios DIFP-13-20092620000506 del 5 de febrero de 2009,  DIFP-12-20092620000706 del 23 de febrero de 2009, DIFP-2520092620000936 del 6  de marzo de 2009 y DIFP-16-20092610289051 del 9 de marzo de 2009, emitió  conceptos favorables a las modificaciones solicitadas por el Departamento  Administrativo de Seguridad, el Instituto Nacional de Vías, el Fondo de  Comunicaciones y el Ministerio del Interior y de Justicia, respectivamente;    

Que el Consejo Superior de Política Fiscal,  Confis, en sus sesiones del 2 y 9 de marzo de 2009 una vez verificado que se  mantiene el monto aplazado y el impacto fiscal del mismo, emitió concepto  favorable para modificar algunas partidas incluidas en el aplazamiento del  sector de Defensa y Seguridad, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el  Fondo de Comunicaciones, el Instituto Nacional de Vías, y el Ministerio del  Interior y de Justicia por la suma de Noventa y Dos Mil Seiscientos Cuarenta y  Ocho Millones Ochocientos Setenta y Un Mil Cuatrocientos Cuarenta y Dos Pesos  Moneda Legal ($92.648.871.442);    

DECRETA:    

Artículo 1°. Desaplazar el Presupuesto de Gastos para la vigencia  fiscal de 2009, en la suma de Noventa y Dos Mil Seiscientos Cuarenta y Ocho  Millones Ochocientos Setenta y Un Mil Cuatrocientos Cuarenta y Dos Pesos Moneda  Legal ($92.648.871.442), según el siguiente detalle:    

Nota: Ver Diario  Oficial 47.303    

Artículo  2º. Aplazar el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 2009, en la  suma de NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS  SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS MONEDA LEGAL  ($92.648.871.442), según el siguiente detalle:    

Nota: Ver Diario  Oficial 47.303    

Artículo 3°. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a los 25 días del mes  de marzo de 2009.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Oscar Iván Zuluaga Escobar    

                                           

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *