DECRETO 1009 DE 2007

Decretos 2007

DECRETO 1009 DE 2007    

(marzo 30)    

por  el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal  de 2007.    

El Presidente de la República, en  ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le  confiere el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Congreso de la República en  virtud del artículo 349 de la Constitución Política expidió  la Ley 1110 de 2006, por  la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal  de 2007 el cual se liquidó por medio del Decreto 4579 de 2006;    

Que el artículo 352 de la Constitución Política le  otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente  a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General  de la Nación;    

Que el Gobierno de la República de  Colombia a través de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la  Cooperación Internacional – Acción Social, recibió de la Comunidad Europea, la  suma de $14.600.000.000, para el programa “Laboratorios de Paz III” y  $5.031.000.000, para el programa “Fortalecimiento de la capacidad Institucional  para garantizar la asistencia a la población desarraigada en Colombia”;    

Que de conformidad con el artículo  33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos de  asistencia o cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen  parte del presupuesto de rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporarán  al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación  de su recaudo expedido por el órgano receptor;    

Que el Departamento Nacional de  Planeación, mediante Oficio DIFP-14-20072610000726 del 1° de marzo de 2007,  suscrito por el Director de Inversiones y Finanzas Públicas, emitió concepto  favorable sobre la adición de los recursos, al presupuesto de la Agencia  Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional – Acción  Social;    

Que por lo anterior es necesario  adicionar el Presupuesto General de la Nación del año 2007,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Presupuesto de Rentas y  Recursos de Capital. Efectúese la siguiente adición en el Presupuesto General de la Nación  para la vigencia fiscal de 2007, en la suma de diecinueve mil seiscientos  treinta y un millones de pesos moneda legal ($19.631.000.000), según el  siguiente detalle:    

RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL  DE LA NACION    

II. INGRESOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS  PUBLICOS 19.631.000.000    

021000 AGENCIA PRESIDENCIAL PARA LA  ACCION SOCIAL    

Y LA COOPERACION INTERNACIONAL –  ACCION SOCIAL    

B. RECURSOS DE CAPITAL  19.631.000.000    

Artículo 2°. Presupuesto de Gastos. Efectúese la siguiente adición al  Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31  de diciembre de 2007, en la suma de diecinueve mil seiscientos treinta y un  millones de pesos moneda legal ($19.631.000.000), según el siguiente detalle:    

ADICIONES – PRESUPUESTO GENERAL  DE LA NACION    

CTA. SUBC. CONCEPTO APORTE  RECURSOS TOTAL    

PROG. SUBP. NACIONAL PROPIOS    

SECCION 021000    

AGENCIA PRESIDENCIAL PARA LA ACCION  SOCIAL    

Y LA COOPERACION INTERNACIONAL –  ACCION SOCIAL    

C. PRESUPUESTO DE INVERSION  19.631.000.000 19.631.000.000    

540 COORDINACION, ADMINISTRACION,  PROMOCION    

Y/O SEGUIMIENTO DE COOPERACION  TECNICA    

Y/O FINANCIERA PARA APOYO A LA  ADMINISTRACION    

DEL ESTADO 19.631.000.000  19.631.000.000    

1000 INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO  19.631.000.000 19.631.000.000    

TOTAL PRESUPUESTO SECCION  19.631.000.000 19.631.000.000    

Artículo 3°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 30 de marzo  de 2007.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Oscar Iván Zuluaga Escobar.    

               

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