DECRETO 826 DE 2005

Decretos 2005

DECRETO 826 DE 2005    

(marzo 22)    

por el cual se  delegan unas funciones constitucionales    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Presidente de la República se trasladará  el día 29 de marzo del presente año al Complejo Hidroeléctrico  “Macagua” de la ciudad de Puerto Ordaz, Estado de Bolívar de la  República Bolivariana de Venezuela, con el fin de asistir a un encuentro con  los señores Presidentes de la República Bolivariana de Venezuela, Brasil y  España;    

Que de conformidad con las disposiciones  constitucionales y con la precedencia establecida en las leyes, el Ministro del  Interior y de Justicia, está habilitado para ejercer las funciones  constitucionales como Ministro Delegatario,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Por el tiempo que dure la ausencia  del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los  considerandos del presente decreto, deléganse en el Ministro del Interior y de  Justicia, doctor Sabas Pretelt de la Vega, las funciones correspondientes a los  siguientes asuntos:    

1. Artículos 129; 189, con excepción de lo  previsto en los numerales 1 y 2, 303, 304 y 314.    

2.  Artículo 150, numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades  extraordinarias concedidas al Presidente de la República.        

3. Artículos 163, 165 y 166.    

4. Artículos 200 y 201.    

5. Artículos 213, 214 y 215.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de  la fecha de su expedición.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 22 de marzo de 2005.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

               

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