DECRETO 813 DE 2006

Decretos 2006

DECRETO 813 DE 2006    

(marzo 17)    

por el cual se revoca el Decreto  número 058 del 13 de enero de 2006, por medio del cual se suspendió en el  ejercicio del cargo al Alcalde del Distrito Portuario e Industrial de  Barranquilla.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de  las facultades Constitucionales y legales que le confieren los artículos 304 de la Constitución Política de  Colombia y 10 de la Ley 768 de 2002, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Oficio 201 de enero 12 de 2006, el Fisc al  delegado ante la Corte Suprema de Justicia solicitó al Presidente de la  República de Colombia, la suspensión en el ejercicio del cargo del Alcalde del  Distrito Portuario e Industrial de Barraquilla, señor Guillermo Enrique  Hoenigsberg, en razón de la medida de aseguramiento de detención preventiva  impuesta dentro del Proceso de segunda instancia 9714-2;    

Que el Gobierno Nacional procedió a cumplir la solicitud  de la Fiscalía General de la Nación, para lo cual expidió el Decreto  número 058 del 13 de enero de 2006;    

Que en el proceso de Tutela número 24.825, la Sala de  Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia profirió sentencia de fecha 14  de marzo de 2006, en la cual resolvió tutelar a Bernardo Hoyos Montoya y de  modo extensivo, entre otros, a Guillermo Enrique Hoenigsberg Bornacelly, su  derecho fundamental al debido proceso, disponiendo de inmediato la libertad de  los afectados con la medida, al dejar sin efecto la resolución dictada por la  Unidad Nacional de Fiscalías Delegada ante la Corte Suprema de Justicia en  cuanto declaró que concurrían los fines que justifican la medida de  aseguramiento, dispuso la consecuente captura y solicitó la suspensión de  Guillermo Enrique Hoenigsberg Bornacelly en su condición de servidor público;    

Que el Magistrado Alfredo Gómez Quintero ordenó que se  informara al señor Presidente de la República el fallo adoptado para los fines  que estime pertinentes;    

Que al quedar sin efecto la decisión adoptada por la  Unidad Nacional de Fiscalías Delegadas ante la Corte Suprema de Justicia el 6  de enero del año en curso desaparece el fundamento que sirvió como base para la  expedición del Decreto  número 058 del 13 de enero de 2006;    

Que mediante Comunicación número 1295 del 17 de marzo de  2006 suscrita por el doctor José Antonio Marín Ramírez, Fiscal Delegado ante la  Corte Suprema de Justicia, quien había solicitado la suspensión, se informó al  Presidente de la República la decisión adoptada por la Sala de Casación Penal  de la Corte Suprema de Justicia en el proceso de Tutela número 24.825;    

Que en razón de lo anterior se hace necesario revocar la  medida de suspensión adoptada por solicitud del Fiscal Delegado ante la Corte  Suprema de Justicia en el Decreto  058 del 13 de enero de 2006,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Revócase, por las razones expuestas en la  parte motiva, el Decreto  número 058 del 13 de enero de 2006.    

Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha  de su expedición.    

Comuníquese, publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 17 de marzo de 2006.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro del Interior y de Justicia,    

Sabas Pretelt de la Vega.    

               

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