DECRETO 645 DE 2005
(marzo 9)
por el cual se delegan unas funciones constitucionales.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la República se trasladará el día 13 de marzo del presente año a Ciudad de Panamá, República de Panamá, con el fin de cumplir con una visita oficial y asistir a una Reunión de Medio Año con la Sociedad Interamericana de Prensa;
Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en las leyes, el Ministro del Interior y de Justicia está habilitad o para ejercer las funciones constitucionales como Ministro Delegatario,
DECRETA:
Artículo 1°. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente decreto, deléganse en el Ministro del Interior y de Justicia, doctor Sabas Pretelt de la Vega, las funciones correspondientes a los siguientes asuntos:
Artículos 129; 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1° y 2°, 303, 304 y 314.
2. Artículo 150, numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República.
3. Artículos 163, 165 y 166.
4. Artículos 200 y 201.
5. Artículos 213, 214 y 215.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición, y deroga los Decretos 210 y 211 de 2005.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 9 de marzo de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ