DECRETO 4726 DE 2005

Decretos 2005

DECRETO 4726 DE 2005    

(diciembre 26)    

por el cual se  establece el auxilio de transporte.    

Nota:  Derogado por el Decreto 4581 de 2006,  artículo 2º.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial de las conferidas en las Leyes 15 de 1959 y 41 de 1992,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Fijar, a partir  del primero (1°) de enero del año dos mil seis (2006), el auxilio de transporte  a que tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares  que devenguen hasta dos (2) veces el Salario Mínimo Legal Mensual Vigente, en  la suma de cuarenta y siete mil setecientos pesos ($47.700.00) moneda  corriente, mensuales, el cual se pagará por los empleadores en todos los  lugares del país donde se preste el servicio público de transporte.    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir del primero (1°) de enero del año dos mil seis (2006) y deroga el  Decreto 4361 de 2004.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 26 de  diciembre de 2005.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

 El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

El Ministro de la Protección  Social,    

Diego Palacio Betancourt.    

El Ministro de Transporte,    

Andrés Uriel Gallego.    

               

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