DECRETO 4644 DE 2005

Decretos 2005

DECRETO 4644 DE 2005    

(diciembre 19)    

por el cual se modifica el artículo 27 del Decreto 2200 de 2005    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de  sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el  numeral 11 de artículo 189 de la Constitución Política,  la Ley 23 de 1962 y demás  normas que la desarrollan o modifican, el numeral 42.3 del artículo 42 de la Ley 715 de 2001 y el  literal c) del artículo 154 de la Ley 100 de 1993.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Modificase el artículo 27 del Decreto 2200 de 2005,  el cual quedará así:    

“Artículo 27. Transitorio. Las entidades,  establecimientos farmacéuticos y personas a las cuales se les aplica el  presente decreto contarán con doce (12) meses, a partir de la entrada en  vigencia del presente decreto para adecuarse a las disposiciones contenidas en  esta norma”.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha  de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 19 de diciembre de 2005.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ.    

El Ministro de la Protección Social,    

Diego Palacio Betancourt.    

               

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