DECRETO 4603 DE 2005

Decretos 2005

DECRETO 4603  DE 2005    

(diciembre 19)    

por el cual se  modifica el Decreto 2676 de 2005    

Nota:  Derogado por el Decreto 1521 de 2006,  artículo 3º.    

El Presidente de la República  de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial  las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y  en desarrollo de los artículos 1° de la Ley 16 de 1990 y 1° de  la Ley 101 de 1993,    

DECRETA:    

Artículo 1°. El artículo 1° del  Decreto 2676 de 2005  quedará así:    

“En desarrollo del Programa  Nacional de Reactivación Agropecuaria-PRAN, destínanse los recursos no  utilizados en la compra de cartera, a la implementación de una línea especial  de crédito que se otorgará, a través del Fondo para el Financiamiento del  Sector Agropecuario-Finagro, a los productores agropecuarios que exporten su producción,  directa o indirectamente, cuando respecto del proyecto objeto de financiación  no se hubieran beneficiado de otro programa, y a los productores agropecuarios  que hubiesen sido afectados por la existencia de una situación de desastre de  conformidad con el Decreto  4106 del 15 de noviembre de 2005”;    

Artículo 2°. El artículo 2 del Decreto 2676 de 2005  quedará así:    

“Las condiciones financieras de  los créditos que se concedan con cargo a lo establecido en el artículo  anterior, serán las establecidas en el artículo 4 de la Resolución número 12  del 20 de septiembre de 2005 proferida por la Comisión Nacional de Crédito  Agropecuario”.    

Artículo 3°. El presente  decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica los artículos 1°  y 2° del Decreto 2676 de 2005.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 19 de  diciembre de 2005.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ.    

El Ministro de Hacienda y  Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

El Ministro de Agricultura y  Desarrollo Rural,    

 Andrés Felipe Arias Leiva.    

               

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