DECRETO 4573 DE 2005

Decretos 2005

DECRETO 4573 DE 2005    

(diciembre 12)    

por el cual se delegan unas funciones constitucionales.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio  de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Presidente de la República se trasladará los días  15 de diciembre a partir de las 7:30 horas, y 16 de diciembre del presente año,  a la ciudad de New York (Estados Unidos de Norteamérica), con el fin de asistir  a la Reunión del Consejo Editorial del Periódico New York Times, Reunión con  los Representantes de la Banca y el Sector Financiero en el Consejo de las  Américas y al Pánel de Clausura Nuevas Políticas de las Américas en la  Universidad de New York;    

Que de conformidad con las disposiciones constitucionales  y con la precedencia establecida en las leyes, el Ministro del Interior y de  Justicia, está habilitado para ejercer las funciones constitucionales como  Ministro Delegatario,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Por el tiempo que dure la ausencia del  Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los  considerandos del presente Decreto, deléganse en el Ministro del Interior y de  Justicia, doctor Sabes Pretelt de la Vega, las funciones legales y las  correspondientes a las siguientes atribuciones constitucionales:    

1. Artículos 129; 189, con excepción de lo previsto en  los numerales 1° y 2°; 303, 304 y 314.    

2. Artículo 150, numeral 10, en cuanto se refiere al  ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la  República.    

3. Artículos 163, 165 y 166.    

4. Artículos 200 y 201.    

5. Artículos 213, 214 y 215.    

6. Asistir a los Actos Conmemorativos del Vigésimo  Aniversario de los hechos luctuosos del Palacio de Justicia.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la  fecha de su expedición.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 12 de diciembre de 2005.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

               

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