DECRETO 4518 DE 2006

Decretos 2006

DECRETO  4518 DE 2006    

(diciembre 20)    

por el cual se  modifica la planta de personal del Instituto Colombiano de Geología y Minería,  Ingeominas.    

Nota 1: Derogado por el Decreto 2704 de 2013,  artículo 6º.    

Nota 2: Modificado por el Decreto 924 de 2012.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Decreto ley 770 de  2005 suprimió de los niveles jerárquicos el Ejecutivo, eliminando por  consiguiente las denominaciones existentes; redefinió las funciones del nivel  profesional y ordenó a las entidades ajustar los empleos a la nueva  nomenclatura y clasificación;    

Que para  dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto ley 770 de  2005, el Instituto Colombiano de Geología y Minería requiere hacer los  ajustes a la planta de personal para adecuar los empleos a la nueva  nomenclatura y clasificación de empleos establecida en el Decreto 2489 de 2006;    

Que el  Instituto Colombiano de Geología y Minería presentó al Departamento  Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el  artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para  efectos de modificar su planta de personal, encontrándola ajustada  técnicamente, emitiendo en consecuencia, concepto técnico favorable;    

Que para  los mismos efectos, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del  Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó el certificado de viabilidad  presupuestal;    

Que el  Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Geología y Minería, Ingeominas,  en sesión del 15 de marzo de 2006, según Acta número 3 decidió someter a la  aprobación del Gobierno Nacional la modificación de la planta de personal;    

DECRETA:    

Artículo  1°. Apruébase la supresión de los siguientes empleos de la planta de personal  del Instituto Colombiano de Geología y Minería, Ingeominas, así:    

CONSULTAR TABLA EN EL ORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO  PDF    

Artículo  2°. Apruébase la creación en la planta de personal del Instituto Colombiano de  Geología y Minería, Ingeominas, los siguientes empleos:    

CONSULTAR TABLA EN EL ORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO  PDF    

Artículo 3°. Los empleados públicos del Instituto Colombiano de  Geología y Minería, Ingeominas, serán incorporados directamente a los empleos  equivalentes establecidos en el presente decreto y continuarán percibiendo la  remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente,  hasta tanto se produzca la incorporación a la planta de personal.    

Artículo  4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica  en lo pertinente el Decreto  253 del 28 de enero de 2004.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. C., a 20 de diciembre de 2006.    

ÁLVARO  URIBE VÉLEZ    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

El  Ministro de Minas y Energía,    

Hernán Martínez Torres.    

El  Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Fernando Grillo Rubiano.    

               

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