DECRETO 4517 DE 2005

Decretos 2005

DECRETO 4517 DE 2005    

(diciembre  6)    

por el cual se concede la Orden del Mérito Industrial en  la categoría de Gran Oficial.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las  facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los  Decretos 2898 de 1954, 1190 de 1984 y 572 de 1998,    

CONSIDERANDO:    

Que corresponde al Gobierno Nacional conceder la «Orden  del Mérito Industrial» con el fin de exaltar y reconocer actos notables en el  crecimiento de la industria nacional y los servicios eminentes prestados para  su desarrollo;    

Que la “Compañía Hotelera de Cartagena de Indias S. A.  Hotel Hilton Cartagena”, fue fundada en el año de 1971, durante estos 25 años  de creación ha sido una herramienta fundamental en el desarrollo de la  industria turística de la región Atlántica;    

Que la “Compañía Hotelera de Cartagena de Indias S. A.  Hotel Hilton Cartagena” tuvo la visión de construir en la ciudad de Cartagena  un hotel capaz de atraer las corrientes de turismo, convenciones y reuniones de  alto nivel internacional;    

Que la “Compañía Hotelera de Cartagena de Indias S. A.  Hotel Hilton Cartagena” mediante el empeño de sus accionistas, hizo realidad la  construcción del establecimiento hotelero, cuya inauguración se realizó el 15  de octubre de 1980, bajo el nombre “Hotel Hilton Cartagena”, permitiendo a la  ciudad erigirse como un atractivo y promisorio destino en el Caribe;    

Que la “Compañía Hotelera de Cartagena de Indias S. A.  Hotel Hilton Cartagena” durante sus 25 años de funcionamiento se ha consolidado  como emblema del desarrollo turístico de Cartagena brindando a sus huéspedes  servicios de alta calidad;    

Que la “Compañía Hotelera de Cartagena de Indias S. A.  Hotel Hilton Cartagena” es generadora de trabajo y cuenta actualmente con 260  empleos directos y 130 indirectos;    

Que la “Compañía Hotelera de Cartagena de Indias S. A.  Hotel Hilton Cartagena” fue pionera en traer una cadena Hotelera Internacional  Hilton a la ciudad de Cartagena, lo cual contribuyó de manera decisiva en el  desarrollo turístico de la misma, ayudando a fomentar el turismo internacional  hacia Cartagena y, por ende, a Colombia;    

Que la “Compañía Hotelera de Cartagena de Indias S. A.  Hotel Hilton Cartagena” ha recibido importantes inversiones, lo que ha  permitido la realización de destacables obras de infraestructura en las áreas  de recreación, alojamiento, reuniones y convenciones complementadas con la  continua renovación tecnológica e informática;    

Que la “Compañía Hotelera de Cartagena de Indias S. A.  Hotel Hilton Cartagena” a lo largo de sus 25 años ha sido merecedor de  importantes premios a la excelencia dentro de los cuales se destacan los  siguientes:    

•  En 1988, recibió  la medalla de honor al calificar en el primer lugar entre los hoteles de la  cadena Hilton en Latinoamérica y el Caribe, por la operación de restaurantes y  bares.    

• En 1989, por segunda vez consecutiva, recibe el premio  Maurice Raymond Award of Excellence, el máximo galardón de la compañía en este  campo.    

• En 1991, recibe la distinción como el mejor hotel de la  cadena Hilton Internacional.    

• En 1998, recibe el premio a la infraestructura  ambiental otorgado por la Asociación Hotelera del Caribe, en unión con la  Caribbean Action for Sustanaible Tourism y American Express;    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Concédase la “Orden del Mérito Industrial”,  en la categoría de “Gran Oficial”, a la “Compañía Hotelera de Cartagena de  Indias S. A. Hotel Hilton Cartagena”, como homenaje de reconocimiento a su  notable contribución a la industria hotelera nacional.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la  fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 6 de diciembre de 2005.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Viceministro de Desarrollo Empresarial encargado de  las funciones del despacho del Ministro de Comercio, Industria y Turismo,    

Carlos Alberto Zarruk Gómez.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *