DECRETO 4484 DE 2005
(diciembre 2)
por el cual se otorga el Premio Colombiano a la Innovación Tecnológica Empresarial para las Mipymes en el año 2005.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 29 de 1990, el Decreto 1780 de 2003 y 734 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el artículo 2° de la Ley 29 de 1990, es deber del Estado estimular la capacidad innovadora del sector productivo, por cuanto ello contribuye a mejorar la productividad, competitividad y la cultura innovadora de la sociedad colombiana;
Que el Comité Técnico del Premio Colombiano a la Innovación Tecnológica Empresarial para las Mipymes, en reunión realizada el día 23 de noviembre de 2005, previo análisis del informe del Jurado del Premio, sobre las empresas que merecen ser reconocidas y exaltadas por su cultura de la innovación, en cada una de las categorías establecidas, y teniendo en cuenta lo señalado en las Resoluciones 1021 de 2004 y 2672 de 2005, seleccionó a las mejores empresas innovadoras en el año 2005;
Que de conformidad con el considerando anterior fueron seleccionadas como finalistas en la categoría de Microempresa: Miguel Angel Ovalle, Uninet, Grupo Cóndor S. A., Teleinte Ltda., Amazonas Technologies S. A., Lácteos La Aldeana, Empresa al Servicio del Consumo Esco Limitada, ESCO Ltda., y Fundación Arte y Cultura del Pacífico;
Que en la categoría de la pequeña empresa fueron seleccionadas como finalistas las siguientes: Plastiaromas S. A., Enzipan de Colombia Ltda., Servigás Oxigenar, Ingeniería y Filtración Ltda., Oga Sistemvac Limitada, Dermocell Colombia Ltda., GPS de Colombia Ltda., Gimnasio Virtual San Francisco, Servicios Directos de Mercadeo Limitada S.D.M. Ltda., Asinal Ltda. y Sinterizados S. A.;
Que en la categoría de mediana empresa fueron seleccionadas como finalistas las siguientes: Factoría del Vidrio S. A., Open Card S. A., La Huerta de Oriente Ltda., Parque Nacional de la Cultura Agropecuaria S. A., Panaca S. A., y Super Brix S. A.;
Que las empresas finalistas en el año 2005, en las diferentes categorías establecidas en el Premio Colombiano a la Innovación Tecnológica Empresarial para las Mipymes, se han destacado por su nivel de excelencia en el campo de la innovación tecnológica empresarial y en especial por su cultura innovadora, con lo cual han contribuido al cierre de brechas tecnológicas y a mejorar la productividad y competitividad en sus empresas y sectores;
Que con base en los considerandos anteriores, y previo el análisis pertinente, el Comité Técnico del Premio aceptó la recomendación del Jurado del Premio Colombiano a la Innovación Tecnológica Empresarial para las Mipymes, referente a la selección de las mejores empresas del año 2005 en cada una de las categorías así:
Categoría Microempresa: Primer Puesto a: Amazonas Technologies S. A., Segundo Puesto: Empresa al Servicio del Consumo Esco Limitada, ESCO Ltda. – y Tercer Puesto: Grupo Cóndor S. A. Otorgar una Mención de Honor a la empresa: Fundación Arte y Cultura del Pacífico.
Categoría Pequeña empresa: Primer Puesto: Sinterizados S. A., Segundo Puesto: Asinal Ltda. y Tercer Puesto a: Enzipan de Colombia Ltda. Otorgar Mención de Honor a la Empresa Servicios Directos de Mercadeo Limitada S.D.M. Ltda.
Categoría Mediana empresa: Primer Puesto: Empate entre las empresas: Super Brix S. A. y Parque Nacional de la Cultura Agropecuaria S. A., Panaca S. A. – Segundo Puesto: La Huerta de Oriente Ltda. y Tercer Puesto: Desierto,
DECRETA:
Artículo 1°. Reconocer y exaltar a las micro, pequeñas y medianas empresas, en cabeza de su representante legal, que se han destacado como las mejores innovadoras del país en el año 2005 así:
Categoría Microempresa: Primer Puesto a: Amazonas Technologies S. A. Segundo Puesto: Empresa al Servicio del Consumo Esco Limitada, ESCO Ltda. – y Tercer Puesto: Grupo Cóndor S. A. Otorgar una Mención de Honor a la Empresa Fundación Arte y Cultura del Pacífico.
Categoría Pequeña empresa: Primer Puesto: Sinterizados S. A., Segundo Puesto: Asinal Ltda. y Tercer Puesto a: Enzipan de Colombia Ltda. Otorgar Mención de Honor a la Empresa Servicios Directos de Mercadeo Limitada S.D.M. Ltda.
Categoría Mediana empresa: Primer Puesto: Empate entre las empresas: Super Brix S. A. y Parque Nacional de la Cultura Agropecuaria S. A., Panaca S. A. – Segundo Puesto: La Huerta de Oriente Ltda. y Tercer Puesto: Desierto.
Artículo 2°. Otorgar estímulos por su cultura innovadora a las Mipymes así: Condecoración y reconocimiento público a todas las empresas mencionadas en el artículo 1°. Así mismo, para las empresas que ocuparon:
Primer Puesto en cada una de las categorías: Amazonas Technologies S. A., Sinterizados S. A., Super Brix S. A. y Parque Nacional de la Cultura Agropecuaria S. A., Panaca S. A., algunos de los beneficios que se mencionan a continuación: Apoyo para que representen al país en eventos y ferias nacionales y/o internacionales sobre innovación y/o desarrollo tecnológico, apoyo para asistencia técnica, y/o apoyo para capacitación especializada, y/o apoyo para patentamiento internacional y/o para la gestión estratégica comercial, con el fin de promover y contribuir al adelanto tecnológico y la cultura innovadora de estas empresas.
Segundo Puesto en cada una de las categorías a: Empresa al Servicio del Consumo Esco Limitada, ESCO Ltda., Asinal Ltda. y La Huerta de Oriente Ltda., uno o varios de los siguientes beneficios: apoyo para que representen al país en eventos y ferias nacionales y/o internacionales sobre innovación y/o desarrollo tecnológico, apoyo para asistencia técnica, y/o apoyo para capacitación especializada, y/o apoyo para patentamiento internacional y/o para la gestión estratégica comercial, con el fin de promover y contribuir al adelanto tecnológico y la cultura innovadora de estas empresas.
Tercer Puesto de cada categoría: Grupo Cóndor S. A. y Enzipan de Colombia Ltda., uno o varios de los siguientes beneficios: Apoyo para que representen al país en eventos y ferias nacionales y/o internacionales sobre innovación y/o desarrollo tecnológico, apoyo para asistencia técnica, y/o apoyo para capacitación especializada, y/o apoyo para patentamiento internacional y/o para la gestión estratégica comercial, con el fin de promover y contribuir al adelanto tecnológico y la cultura innovadora de estas empresas.
Artículo 3°. Otorgar Mención de Honor, por sus aportes a la cultura empresarial, innovadora y social, a las siguientes empresas: Fundación Arte y Cultura del Pacífico y Servicios Directos de Mercadeo Limitada S.D.M. Ltda.
Artículo 4°. Los incentivos a que se hacen referencia en el presente decreto, serán otorgados a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 2 de diciembre de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Jorge H. Botero.